Jubilación y viudedad – Es muy habitual que muchos jubilados españoles reciban una doble prestación, la correspondiente a su jubilación y la cotización de sus años de trabajo y aquella que tiene que ver con un estado de viudedad, A la hora de realizar la declaración de la renta, muchos jubilados tienen dudas sobre si tienen obligación de presentarla por superar los dos pagadores. ¿Qué ocurre entonces cuando una persona cobra una prestación por jubilación y otra de viudedad? Aunque la suma de ambas no supere los 22.000 euros anuales, será obligatorio realizar la declaración de la renta. Esto se debe a que para Hacienda, el jubilado cuenta con dos pagadores y por lo tanto, deberá realizarla.
Contents
- 1 ¿Qué pasa si tengo 2 pensiones?
- 2 ¿Qué pensiones están exentas del impuesto sobre la renta?
- 3 ¿Quién puede cobrar dos pensiones a la vez?
- 4 ¿Cuántas pensiones puede cobrar una misma persona?
- 5 ¿Cómo saber si mi pensión está exenta?
- 6 ¿Cómo saber si una pensión está exenta de IRPF?
- 7 ¿Cuando un hijo puede cobrar la pensión de su madre fallecida?
- 8 ¿Qué pasa con la pension de viudedad cuando te jubilas?
- 9 ¿Cuántas semanas se necesitan para una pensión por viudez?
- 10 ¿Cuánto cobraría de pensión si tengo 15 años cotizados?
- 11 ¿Cuánto cobraría de pensión con 21 años cotizados?
- 12 ¿Cuántas pensiones puede cobrar una mujer?
¿Qué pasa si tengo 2 pensiones?
Normativa – En muchas ocasiones, la cuantía de la pensión de jubilación suele ser insuficiente, haciendo que muchos de ellos no lleguen a cobrar ni siquiera la mínima, Ante este escenario, hay muchas personas que se preguntan si se pueden recibir dos prestaciones de manera simultánea.
¿Qué pensiones están exentas del impuesto sobre la renta?
¿Qué pensiones están exentas del IRPF? – Entre las pensiones que constituyen rentas exentas del IRPF están aquellas reconocidas por la Seguridad Social como consecuencia de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, Aquellas personas que se beneficien de “pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas” -en los casos en que esta inhabilite para ejercer cualquier profesión- tampoco tienen obligación de tributar por el IRPF en la declaración de la renta.
- De la misma forma, no están dentro del IRPF las prestaciones públicas vinculadas al servicio, para cuidados en el entorno familiar y de asistencia personalizada, y aquellas otorgadas con motivo del acogimiento de personas con discapacidad.
- También están exentas las ayudas públicas otorgadas para financiar la estancia en residencias o centros de día de personas con discapacidad superior al 65% o mayores de 65 años, si el resto de sus rentas no supera el doble del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM).
Asimismo, las prestaciones obtenidas en forma de renta por personas con discapacidad, hasta un importe anual de tres veces el IPREM, están exentas de este impuesto. Los pensionistas titulares del ingreso mínimo vital (IMV) y todas las personas integrantes de la unidad de convivencia tienen la obligación de presentar la declaración de la renta a pesar de que el IMV sea renta exenta.
- Sobre las pensiones de orfandad tampoco recae el IRPF, ni sobre las de maternidad o paternidad, nacimiento, parto, adopción o hijos a cargo.
- De igual manera, las becas públicas para cursar estudios en todos los niveles, las anualidades por alimentos percibidas de los padres por decisión judicial y las prestaciones percibidas por entierro o sepelio están exentas de tributación en IRPF.
También están exentas las pensiones extraordinarias por actos de terrorismo o por lesiones de la Guerra Civil, así como las ayudas a los afectados por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) y las víctimas de delitos violentos o de violencia de género,
¿Qué pensionados deben declarar ante el SAT?
¿Los jubilados pagan Impuesto Sobre la Renta? – Sí. Los jubilados que perciban ingresos de más de 15 veces el salario mínimo, es decir, 43,300 pesos mensuales, tienen la obligación de pagar ISR, así como de presentar su declaración anual. Dicho ingreso puede ser por pensión (o pensiones), actividad empresarial, arrendamiento, o la suma de varios ingresos.
¿Quién puede cobrar dos pensiones a la vez?
¿Quiénes pueden cobrar dos pensiones de jubilación? – Las personas que hayan trabajado en dos regímenes diferentes de la Seguridad Social y hayan generado en cada una de ellas el derecho a cobrar una pensión, podrán acceder a las dos pensiones de jubilación, sin tener que elegir entre una de ellas,
¿Cómo puedo tener dos pensiones?
¿Cómo cobrar dos pensiones del IMSS juntas y recibir doble pago? Las personas que reciben pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social ( IMSS ) pueden ser elegibles para recibir dos pensiones en ciertos casos, te decimos cómo sobrar dos pensiones y recibir doble pago, Para que un jubilado reciba doble pensión debe cumplir con ciertos requisitos estipulados en la Ley del Seguro Social de 1973, específicamente en los artículos 124 y 125, donde se establece que existen pensiones que se pueden cobrar juntas,
Por su parte, en el artículo 125 se establece que una persona puede recibir dos pensiones: una por jubilación y otra por Riesgo de trabajo, siempre y cuando no exceda el 100% de un salario promedio con la suma de ambas.Las pensiones que son compatibles y se pueden cobrar juntas son las siguientes: Pensión por invalidez, vejez, cesantía, son compatibles con la de Riesgo de trabajo.La pensión por viudez es compatible con vejez, incapacidad permanente, cesantía de edad avanzada y la de ascendiente.Pensión por orfandad es compatible con la de aseguramiento otro progenitor.Pensión de ascendientes para padres de un pensionado es compatible con incapacidad permanente, invalidez, viudez y otra ascendiente.
: ¿Cómo cobrar dos pensiones del IMSS juntas y recibir doble pago?
¿Cuántas pensiones puede cobrar una misma persona?
Suponen la excepción a la norma general, pero sí, hay ciertos casos en los que una misma persona puede cobrar dos pensiones de jubilación a la vez. Para lograrlo el beneficiario debe cumplir sin embargo una serie de requisitos bien definidos y que afectan, entre otras cuestiones, a su situación en el momento de jubilarse o el tiempo y la forma en la que ha cotizado a lo largo de su vida laboral.
- Te lo explicamos en detalle.
- ¿Qué dice la norma? La legislación española es muy clara en lo que atañe al cobro de pensiones contributivas,
- En su artículo 163 la Ley General de la Seguridad Social recoge que “las pensiones del Régimen General serán incompatibles entre sí cuando coincidan en un mismo beneficiario”, aunque abre la puerta a excepciones en las que “expresamente se disponga lo contrario, legal o reglamentariamente”.
¿Y la Seguridad Social? A la hora de definir la compatibilidades de las pensiones, el Ministerio de Inclusión, del que depende la Seguridad Social, aclara algunos puntos relevantes. El primero es que en caso de incompatibilidad aquellas personas que tuvieran derecho a dos o más pagos optarán a uno, por defecto el de mayor cuantía,
- Del principio se exceptúan las pensiones de viudedad,
- El segundo punto que matiza el departamento de José Luis Escrivá es también clave: “La incompatibilidad no rige entre pensiones otorgadas por distintos regímenes”.
- ¿Qué significa eso? Por ejemplo, que siempre y cuando cumpla ciertos requisitos una misma persona que haya trabajado —y cotizado— en el Régimen General y el Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) podrá optar al cobro de dos pensiones una vez finalice su vida laboral.
Lo de ajustarse a los requisitos, eso sí, es un matiz importante, como destaca el Instituto BBVA de Pensiones, En el momento de la jubilación, el interesado deberá estar dado de alta —o situación asimilada— en dos regímenes de la Seguridad Social y cumplir los mínimos en cada uno para optar a la prestación, lo que significa haber cotizado al menos 15 años en ambos.
Dos de esos años de cotización en cada régimen deben haberse registrado además durante la década y media previa a la jubilación. ¿Y si no es así? Si en el momento de la jubilación el interesado no figura como dado de alta en los dos regímenes de la Seguridad Social le quedará todavía una vía para optar al cobro de las prestaciones: haber cotizado en ambos 15 años de forma simultánea.
Y los matices vuelven a ser importantes en este caso. La contribución deberá haberse realizado al mismo tiempo durante 15 años. No vale por lo tanto que sea sucesiva, La Seguridad Social permite ampliar información, incluido el procedimiento de solicitud o el cálculo de prestaciones, en su web oficial, ¿Cuánto se puede cobrar? El importe total no es ilimitado. La suma de las pensiones concurrentes —como puede ser el caso de las abonadas por el Régimen General y el Especial de Trabajadores Autónomos— no deberá exceder un límite máximo. En 2021 se situaba por ejemplo en 2.707,49 euros mensuales,
En 2023, en 3.058,81 euros. En caso de que ambas cuantías juntas excedan ese tope se recortará de forma proporcional la cantidad de cada una hasta adaptarlas. En el caso de que te ajustes al perfil y quieres saber cuánto cobrarías con la suma de ambas prestaciones deberás estimar cada una de forma individual, cálculo que la Seguridad Social realiza teniendo en cuenta aspectos como la base reguladora y los años cotizados.
El primer factor se relaciona con las bases de cotización de los últimos 300 meses (25 años); el segundo determina el porcentaje de cobro. ¿Y si no llego a las dos pensiones? Por supuesto, no todos los trabajadores que han cotizado en más de un régimen —bien de forma simultánea o sucesiva, con el paso de los años— cumplen los requisitos para acceder a las dos pensiones. ¿Cómo se aplica en la práctica? El Instituto del BBVA aporta un ejemplo práctico : un trabajador que en el momento de retirarse haya cotizado nueve años como autónomo, pero previamente lo hiciera 30 en el Régimen General se jubilará por este último con un saldo conjunto de 39 años cotizados.
Otro caso ilustrativo: una persona que antes de jubilarse haya cotizado 12 años en Régimen General tras otros 14 de autónomo se jubilará por el RETA con 26 años cotizados. “Si se ha cotizado a dos regímenes, pero solo causa pensión en uno de ellos, las bases de cotización acreditadas en aquel que no resuelve pensión podrán ser acumuladas a las del régimen en que se cause derecho, a efectos exclusivos de determinar la base reguladora, sin que la suma de las bases pueda exceder del límite máximo de cotización vigente”, detallan desde la institución,
Imagen de portada: Cristina Gottardi (Unsplash) Xataka: Qué son los planes de pensiones de empleo para autónomos y cómo pueden ayudar a completar ingresos tras la jubilación
¿Qué pensiones no sé declaran?
Los pensionistas que están exentos de presentar el IRPF – No obstante, el artículo 7 de la Ley del IRPF señala una serie de pensionistas que no están obligados a presentar su declaración en Hacienda:
Pensiones contributivas de incapacidad permanente en los grados absoluta y de gran invalidez, ya se reconozcan por la Seguridad Social o mutuas de trabajo. El límite exento de tributación es el de la cuantía máxima de las pensiones. Estas pensiones pasarán a convertirse en pensiones de jubilación cuando el beneficiario cumpla 65 años. Las pensiones de inutilidad o incapacidad permanente del régimen de las Clases Pasivas, Las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, así como las de cuidado del lactante, prestaciones familiares no contributivas y pensiones y haberes pasivos de orfandad y a favor de nietos y hermanos, menores de 22 años o incapacitados para todo trabajo. Terrorismo : pensiones derivadas de medallas y condecoraciones concedidas por actos de terrorismo. También quedará exenta la pensión de jubilación si deriva de actos de terrorismo. Guerra Civil : pensiones en favor de personas con lesiones o mutilaciones a consecuencia de la Guerra Civil,
: Los pensionistas que están exentos de hacer la Renta: ¿quiénes no tienen que presentar el IRPF?
¿Cómo saber si mi pensión está exenta?
Te contamos qué pensionistas están exentos de presentar la declaración de la renta Los pensionistas, al igual que el resto de ciudadanos que reciben una renta, están sujetos a tributar por ella y a presentar su declaración anual del IRPF si exceden los mínimos establecidos.
- Es decir, al igual que un salario normal, la pensión pública por jubilación está sujeta al pago de impuestos en consideración de rendimientos del trabajo.
- Sin embargo, existen situaciones en las que el pensionista no está obligado a presentar la declaración del IRPF o cuya pensión está exenta de tributar.
Veamos estas excepciones. Por normal general, todos aquellos ciudadanos que perciban menos de 22.000 euros anuales están exentos de presentar la declaración de la renta. Este límite desciende a 14.000 euros cuando existe más de un pagador y el dinero procedente de este segundo pagador supera los 1.500 euros anuales.
- Por ejemplo, se considera que un pensionista tiene doble pagador si, por un lado recibe su pensión pública por parte del Estado y además, obtiene unas rentas derivadas de su plan de pensiones.
- Cabe señalar que las pensiones extranjeras tributan de manera normal en la mayoría de casos, pues la obligación de tributar existe en el país de residencia.
Para evitar tributar dos veces, España mantiene convenios de doble imposición con numerosos países. Además, las rentas derivadas de estas pensiones extranjeras suponen un segundo pagador en caso de que el pensionista también esté recibiendo una renta del Estado español, por lo que se establece el límite para dos o más pagadores mencionado anteriormente.
¿Cómo saber si una pensión está exenta de IRPF?
¿Deben todos los pensionistas presentar la declaración de la renta? – Una vez conocido el tratamiento general de las pensiones en IRPF, es importante destacar que no todos los pensionistas tendrán obligación de presentar la declaración de la renta. Concretamente, aquellos que perciban rendimientos del trabajo inferiores a 22.000 euros anuales no estarán obligados a presentar la declaración.
En el caso de aquellos que perciban los rendimientos por parte de dos o más pagadores, deberán presentar la declaración si la suma de ellos excede los 14.000 euros anuales, siempre que los ingresos provenientes del segundo pagador hayan sido superiores a 1.500 euros anuales, Los pensionistas que sean beneficiarios de un plan de pensiones deben tener en cuenta que se encuentran en este último caso, pues el importe procedente de un plan de pensiones también tiene la consideración de rendimientos del trabajo y a dicho importe se le considerará derivado de un segundo pagador.
También aquellos pensionistas que además de su pensión por parte de la Seguridad Social perciben una pensión procedente del extranjero deberán remitirse al caso de contribuyentes con más de un pagador.
¿Cuánto te retienen de la pensión de jubilación?
– A efectos fiscales, la pensión de jubilación se considera una renta del trabajo y por tanto se aplican retenciones sobre la misma, De hecho, el IRPF de los pensionistas supone hasta un 25% de la cantidad total recaudada a través de este impuesto. Como ocurre con otro tipo de rentas, el porcentaje de retención que se aplica sobre ellas viene determinado por la cantidad que se cobra.
En pensiones de menos de 12.000 euros al año la retención es inferior al 1%. Entre 12.000 y 18.000 euros se aplica una retención del 2,61%. De 18.001 a 24.000 euros la retención pasa a ser del 8,69%. Entre 24.001 y 30.000 euros se aplica una retención del 11,83%. Las pensiones de más de 30.000 euros anuales experimentan una retención del 15,59%.
Para conocer más sobre la retención practicada en las pensiones de jubilación, lo mejor es hacer uso de la Calculadora de Retenciones que pone a nuestra disposición la Agencia Tributaria.
¿Quién no hace declaración anual?
¿Todas las personas físicas presentan la declaración anual? – Si bien todas las personas físicas pueden presentar su declaración anual, para algunos es una obligación hacerlo, Según información del SAT, están obligados a presentar la declaración anual 2023 las personas que hayan obtenido ingresos por los siguientes conceptos:
- Por prestar servicios profesionales (honorarios).
- Por rentar bienes inmuebles.
- Por realizar actividades empresariales (comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, de pesca, y de autotransporte), excepto los que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal.
- Por enajenar bienes.
- Por adquirir bienes.
- Quienes hayan recibido ingresos por préstamos, premios y donativos, que en lo individual o en su conjunto excedan de 600,000 pesos.
- Si obtuviste ingresos por intereses reales superiores a 100,000 pesos en el año.
- Si percibiste intereses y salarios, y la suma de ambos excede de 400,000 pesos, siempre que el monto de los intereses nominales sea superior a 20,000 pesos.
- Si percibiste intereses y salarios y la suma de ambos es hasta 400,000 pesos, pero el monto de los intereses reales es mayor a 100,000 pesos.
- Trabajadores independientes por honorarios.
- Aquellos asalariados que:
- Obtuvieron ingresos mayores a 400,000 pesos,
- que dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate,
- que obtuvieron ingresos de dos o más patrones de manera simultánea,
- que obtuvieron otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros.), además de salarios.
- que percibieron ingresos de empleadores no obligados a hacer retenciones, como es el caso de Organismos Internacionales.
- Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.
Por otra parte, de acuerdo con información del SAT, aquellas personas físicas que no están obligadas a realizar su declaración anual son las siguientes:
- Aquellos que no hayan obtenido ningún tipo de ingresos en el periodo fiscal.
- Aquellos que obtuvieron ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón (incluso si dichos ingresos rebasaron los 400,000 pesos), siempre que te haya emitido CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos y no te resulte impuesto a cargo en la declaración anual.
- Quienes obtuvieron ingresos por salarios y también por intereses nominales que no hayan excedido de 20 mil pesos de Instituciones que componen el Sistema Financiero.
En cuanto a las personas morales, es decir, las empresas, todas están obligadas a presentarla.
¿Cuántas pensiones puede cobrar una mujer?
Al ingresar a un empleo y firmar un contrato de trabajo, tambin se ingresa a un grupo concreto de cotizacin de la Seguridad Social, Este detalle es fundamental debido a que influir en el futuro, al momento del retiro. Si bien la regla habitual indica que al pensar en la jubilacin se cobrar un nico monto mensualmente, hay casos en los que, al cumplir determinados requisitos, pueden percibirse dos pensiones.
¿Cuándo se cobra la doble en las pensiones?
¿Cuál es la cantidad de la subida de la paga extra las pensiones en 2023? – La cuantía equivale a la de una mensualidad ordinaria, Es decir, en el mes de junio aquellos que tienen derecho a pensión cobrarán exactamente el doble de lo que ganan en un mes habitual,
La fecha en la que se obtiene el ingreso de la paga extra es la misma que con el abono de la mensualidad ordinaria. Esto quiere decir que los recibirán el cobro habitual de junio y la paga extraordinaria alrededor del día 25 del mes, aunque algunas entidades bancarias lo pueden adelantar al día 24 o incluso antes.
A continuación destacamos las fechas concretas que está previsto el ingreso de verano en los principales bancos:
24 de junio: CaixaBank, Santander y Bankinter. 25 de junio: BBVA, Sabadell, ING, Liberbank y Unicaja. 26 de junio: Abanca, Cajamar y Kutxabank.
¿Cuando un hijo puede cobrar la pensión de su madre fallecida?
En el caso de los hijos, el mínimo es de 72 meses. Si el fallecido no llega a este mínimo, la pensión no será abonada. Certificado de defunción. Documentación acreditativa de la parentela con el fallecido.
¿Qué pasa con la pension de viudedad cuando te jubilas?
La Ley General de la Seguridad Social permite el cobro de la pensión de jubilación y de la pensión de viudedad al mismo tiempo : ‘La pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación a la que tuviera derecho’, explican.
¿Cuántas semanas se necesitan para una pensión por viudez?
El máximo requisito para el otorgamiento de la pensión por viudez, es que al momento de la muerte, el asegurado haya tenido un mínimo de 150 semanas de cotización, encontrándose vigente en sus derechos (seguros de Invalidez, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez).
¿Qué pasa si aporto a dos cajas?
Jubilaciones: ¿Qué pasa cuando se han realizado aportes a distintas cajas previsionales? Suele ocurrir que a lo largo de su carrera laboral haya aportado en distintas cajas previsionales (Nacional o Provincial). La ley 24.241 en su art.168 establece que la caja otorgante de la jubilación es la que mayor cantidad de aportes tiene, y rige para cualquier beneficio.
Por lo que la persona que se encuentra en la situación de tener aportes en ambas cajas, deberá realizar un RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS a la caja menos aportada, para que una vez obtenido el mismo se presente en la caja a la que si va a obtener el beneficio previsional.Pero ¿para qué debo realizar un reconocimiento de servicios? Este es necesario porque sin él los servicios prestados en la otra caja, no se computarán como años aportados en la caja que va a solicitar el beneficio previsional. ¿Es obligatorio hacerlo?
Sí, porque en caso de que Ud. se jubile, en el momento de iniciar el beneficio previsional se verifican si existen aportes en otras cajas y, en caso afirmativo,, : Jubilaciones: ¿Qué pasa cuando se han realizado aportes a distintas cajas previsionales?
¿Cuánto cobraría de pensión si tengo 15 años cotizados?
Con la base reguladora ya calculada el trabajador debe saber a qué porcentaje de la base reguladora tiene derecho, lo cual depende de los años cotizados. Con 15 años cotizados el trabajador tiene derecho a cobrar el 50% de la base reguladora en su pensión de jubilación.
¿Cuánto cobraría de pensión con 33 años cotizados?
Con 33 años cotizados la pensión es del 93,16% de la base reguladora. Con 34 años cotizados la pensión es del 95,44% de la base reguladora. Con 35 años cotizados la pensión es del 97,72% de la base reguladora.
¿Cuánto cobraría de pensión con 21 años cotizados?
Porcentaje
Años de cotización | Porcentaje de la base reguladora |
---|---|
A los 19 años | 62% |
A los 20 años | 65% |
A los 21 años | 68% |
A los 22 años | 71% |
¿Cuándo se cobran las pensiones doble?
¿Cuál es la cantidad de la subida de la paga extra las pensiones en 2023? – La cuantía equivale a la de una mensualidad ordinaria, Es decir, en el mes de junio aquellos que tienen derecho a pensión cobrarán exactamente el doble de lo que ganan en un mes habitual,
- La fecha en la que se obtiene el ingreso de la paga extra es la misma que con el abono de la mensualidad ordinaria.
- Esto quiere decir que los recibirán el cobro habitual de junio y la paga extraordinaria alrededor del día 25 del mes, aunque algunas entidades bancarias lo pueden adelantar al día 24 o incluso antes.
A continuación destacamos las fechas concretas que está previsto el ingreso de verano en los principales bancos:
24 de junio: CaixaBank, Santander y Bankinter. 25 de junio: BBVA, Sabadell, ING, Liberbank y Unicaja. 26 de junio: Abanca, Cajamar y Kutxabank.
¿Cuando me jubile puedo seguir cobrando la pensión de viudedad?
Las pensiones de la Seguridad Social son, salvo excepciones, incompatibles entre sí. Esto quiere decir que, al margen de los casos concretos que la ley permite, no se pueden cobrar dos pensiones contributivas a la vez. Pero alguna de esas excepciones puede llegar a ser relativamente frecuente, como en el caso de las pensiones de jubilación y las de viudedad.
Mientras que la pensión contributiva de jubilación cubre la pérdida de rentas del trabajador que decide jubilarse, la pensión de viudedad se destina a los cónyuges o miembros de parejas de hecho supervivientes y les ayuda en una vida en solitario y sin posibilidad de contar con los ingresos de la persona que ha fallecido.
Tal y como explica la Seguridad Social en su página web, “la pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente a que el mismo tuviera derecho”. Da igual el momento en el que se origine el derecho a cada una de las dos pensiones: podrá percibir la pensión de viudedad una persona que ya cobraba una de jubilación y también podrá jubilarse y percibir pensión de jubilación una persona que ya cobrase la de viudedad.
¿Cuántas pensiones puede cobrar una mujer?
Al ingresar a un empleo y firmar un contrato de trabajo, tambin se ingresa a un grupo concreto de cotizacin de la Seguridad Social, Este detalle es fundamental debido a que influir en el futuro, al momento del retiro. Si bien la regla habitual indica que al pensar en la jubilacin se cobrar un nico monto mensualmente, hay casos en los que, al cumplir determinados requisitos, pueden percibirse dos pensiones.
¿Cuántas pensiones por viudez puede tener una persona?
¿Cuántas personas cobran en España dos pensiones? – No solamente se pueden cobrar dos pensiones, sino que, según el secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, hay 1,1 millones de españoles que se encuentran en esta situación. De esta cifra, el 72 por ciento de las personas son beneficiarios de jubilación y viudedad, mientras que el 21% cobran las pensiones de viudedad e incapacidad. El sistema español hace posible que en algunos casos se puedan cobrar dos pensiones a la vez, Esto se traduce en una gran presión a las arcas públicas. Por esa razón, algunos organismos están plantificando cómo poder cumplir sus responsabilidades con los ciudadanos y al mismo tiempo hacer que los presupuestos sean más eficientes.
- Es preciso indicar que en otros países europeos, las pensiones consideradas de supervivencia no son compatibles cuando se alcanza cierto nivel de renta o de patrimonio.
- Además, el carácter vitalicio que tienen algunas pensiones en España también está regulado en otras naciones del entorno.
- Se pueden cobrar dos pensiones.
Aunque en principio no sea posible disponer de dos prestaciones, la pensión de viudedad cuenta con una serie de particularidades que hace posible que se complemente con la de jubilación o de incapacidad laboral. Si estás pensando cómo disponer de dinero una vez que te jubiles, es aconsejable no dejar todo en mano de los organismos públicos y contratar los Planes de Pensiones MAPFRE,