¿Qué régimen fiscal soy si soy ama de casa? – Las amas de casa deben pagar impuestos De manera general, todas las personas que trabajan y reciben una remuneración económica deben de pagar impuestos ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria), sin importar las actividades que realicen.
Contents
- 1 ¿Qué régimen fiscal soy si soy ama de casa?
- 2 ¿Qué pasa si estoy dado de alta en el SAT y no trabajo?
- 3 ¿Cuando abres una cuenta bancaria te dan de alta en el SAT?
- 4 ¿Qué pasa si estoy en el regimen sin obligaciones fiscales?
- 5 ¿Qué pasa si no hago mis obligaciones fiscales?
- 6 ¿Cómo saber en qué tipo de regimen estoy?
- 7 ¿Qué régimen fiscal soy si soy persona física?
- 8 ¿Cómo saber en qué tipo de regimen estoy?
¿Qué régimen fiscal soy si soy ama de casa?
Las amas de casa deben pagar impuestos – De manera general, todas las personas que trabajan y reciben una remuneración económica deben de pagar impuestos ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria), sin importar las actividades que realicen. No obstante, en México las labores del hogar no suelen recibir un pago directo y sólo un monto fijo para los gastos de la casa. Existen depósitos exentos de ISR | Fuente: Especial Esto quiere decir que a pesar de recibir dinero para la administración del hogar, el monto extra para gastos personales no se debería considerar como un ingreso y por el contrario se clasifica como aportaciones exentas del ISR (Impuesto Sobre la Renta) según el artículo 93 de LSIR “Los donativos en los siguientes casos: a) Entre cónyuges o los que perciban los descendientes de sus ascendientes en línea recta, cualquiera que sea su monto. Los gastos para el hogar nao se considera ingresos | Fuente: Especial Con esto en mente, se puede decir que el dinero que aporta la pareja no se pagará impuestos, pues previamente ya fue declarado ante el SAT. Toma en cuenta que independientemente de tus actividades, al ser mayor de 18 años debe de inscribirte al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), a partir del 2022. Si quieres más información sobre tus obligaciones fiscales, no dudes en consultar las novedades que tenemos en Oink-Oink.
¿Qué pasa si estoy dado de alta en el SAT y no trabajo?
¿Puedo obtener mi RFC, aún sin tener trabajo? Sí, el trámite es independiente de que tengas un trabajo o actividad por la que debas pagar impuestos.
¿Cuando abres una cuenta bancaria te dan de alta en el SAT?
El especialista precisó que en caso de que una persona no esté dada de alta ante al SAT, pero que tenga una cuenta bancaria, el banco tiene la obligación de darlo de alta y de cruzar la información con la autoridad fiscal. Recordó, además, que es una práctica que ya viene de años previos.
¿Qué régimen fiscal debo de tener?
¿Cómo saber en qué régimen estoy en el SAT? – Para saber a qué régimen fiscal perteneces, debes ingresar a la página del SAT y ubicar la opción “Trámites”. A continuación debes:
Se abrirá una nueva página en donde debes seleccionar “Servicios” y posteriormente darle click en “Reimprime tus acuses y genera tu Constancia de Situación Fiscal con CIF” Nuevamente se abrirá otra pantalla en donde debes iniciar sesión con datos personales como tu RFC y contraseña del portal de contribuyentes. También puedes ingresar de forma directa dando click en el siguiente link https://www.sat.gob.mx/aplicacion/login/43824/reimprime-tus-acuses-del-rfc Al momento de terminar de capturar la información puedes ingresar a tus servicios electrónicos del SAT, por lo que debes seleccionar la opción “Generar Constancia” Se mostrará un documento con tus datos, entre ellos aparecerá el Régimen Fiscal al que perteneces
¿Qué pasa si estoy en el regimen sin obligaciones fiscales?
¿Cómo se emite una factura 4.0 para personas sin actividad económica? Las personas físicas mayores de edad tienen la obligación de inscribirse al RFC sin actividad económica A partir del 1 de enero de 2023, los contribuyentes tendrán que facturar de manera obligatoria con la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica.
Las personas físicas mayores de edad tienen la obligación de inscribirse al RFC sin actividad económica A partir del 1 de enero de 2023, los contribuyentes tendrán que facturar de manera obligatoria con la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica. Actualmente, las personas físicas mayores de edad deben solicitar su inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Esto se estableció con la reforma fiscal para 2022, con la adición del último párrafo del apartado A, del artículo 27, del Código Fiscal de la Federación (CFF). El párrafo mencionado indica que tratándose de personas físicas sin actividades económicas, dicha inscripción se realizará bajo el rubro “Inscripción de personas físicas sin actividad económica”, conforme al Reglamento del CFF.
Nombre del contribuyente Domicilio fiscal (código postal) Régimen fiscal Para el caso del régimen fiscal de una persona física registrada en el RFC sin actividades económicas, le corresponde un régimen “616 – Sin obligaciones fiscales”, por lo que únicamente se le podría emitir un CFDI por el total de la operación con alguno de los siguientes usos: – “S01 – Sin efectos fiscales”. – “CP01 – Pagos”.
Para aquellos contribuyentes inscritos en el RFC sin actividades económicas, correspondientes a un régimen “Sin obligaciones fiscales”, únicamente podrán recibir comprobantes fiscales (CFDI) por el monto total de la operación, con uso CFDI “Sin efectos fiscales” o CFDI de “Pagos”,Esperamos que esta información haya sido de ayuda, le proporcionamos nuestro contacto de Whatsapp (612)1529511 donde atendemos cualquier duda relacionada con facturación electrónica y contabilidad en menos de 5 minutos.Realizar una opinión positiva en nuestras redes sociales y recibe folios de regalo 🎁.Puede hacerlo por medio de Facebook y Google, recibe folios gratis en cada una de las opciones. ¡No te equivoques! Recuerda que dentro de tu plataforma los planes y servicios son mas caros 👎🏻
: ¿Cómo se emite una factura 4.0 para personas sin actividad económica?
¿Qué pasa si no hago mis obligaciones fiscales?
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- Qué pasa si no hago mi declaración anual?
Descubre la respuesta a una de las preguntas que más se hacen los contribuyentes: “¿qué pasa si no hago mi declaración anual?” Para muchas personas físicas el 30 de abril es una fecha significativa, pues si tienen hijos pueden celebrar junto con ellos el día del niño, pero también es la fecha límite presentar su declaración anual de impuestos.
- Es decir que una persona física deberá antes de esta fecha haber realizado el trámite necesario ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para hacer su contribución fiscal.
- La importancia de la declaración anual Cuando hablamos de la Declaración Anual, nos referimos al documento oficial en el que los contribuyentes hacen un reporte o informe de sus operaciones realizadas en el año que ha finalizado.
Este tipo de obligación es importante debido a lo que representa para el SAT.
- El SAT exige este reporte para tener mejor control y estar informado sobre las operaciones de sus contribuyentes.
- De esta manera pueden gestionar mejor todos los procesos.
- Al mejorar los procesos, es posible incrementar la recaudación.
Para los contribuyentes es importante pues le ayuda a conocer el desempeño de su empresa o actividad económica, debido al análisis que deben hacer para presentar la declaración anual. ¿Cuándo se hacen las declaraciones anuales? Para las empresas la fecha es distinta que para las personas físicas.
- Hayan obtenido ingresos por prestar servicios profesionales.
- Rentaron bienes inmuebles.
- Realizaron actividades empresariales.
- Obtuvieron beneficios por la enajenación y adquisición de bienes.
- Si percibieron ganancias por intereses.
- Si recibieron ingresos mayores a 400,000 pesos durante el año.
¿Qué pasa si no hago mi declaración anual? No hay vuelta atrás: quienes tengan que cumplir con obligaciones fiscales y no lo hagan, pueden hacerse acreedores a problemas posteriores. El contribuyente que falle puede enfrentar dos tipos de multas:
- Por no presentar su Declaración Anual en caso de tener que hacerla.
- Por cada una de las obligaciones incumplidas.
Las sanciones por obligación no declarada :
- Van desde los 1,400 pesos, hasta los 17,370 pesos.
- Por cada obligación presentada fuera del plazo, o por incumplir requerimientos pueden tener una multa por no presentar la Declaración Anual que va desde los 1,400 pesos a los 34,730 pesos.
- Si el contribuyente está obligado a presentar sus declaraciones por Internet y no lo hace, lo realiza fuera de plazo o no cumple con los requerimientos, puede derivar en una multa que va desde los 14,230 a los 28,490 pesos.
- Las multas deben ser pagadas en tiempo y forma. De lo contrario te puedes hacer acreedor de sanciones adicionales.
Recuerda que no solo con multas de dinero puedes verte afectado en caso de impagos, retrasos o errores en tu declaración anual, sino que también es posible que perjudique tu historial crediticio. Hablando del historial crediticio, ¿qué pasa si no hago mi Declaración Anual? Desde hace algunos años el SAT comparte los datos de los adeudos fiscales con las Sociedades de Información Crediticia (SIC).
- Una mala calificación en el historial crediticio se traduce como una severa dificultad para acceder a créditos (como los créditos hipotecarios).
- En otros casos, los bancos te pueden ofrecer condiciones desfavorables, como tasas de interés más altas, debido a que a tu comportamiento financiero es riesgoso.
Consejos para que nunca dejes de hacer en tu Declaración Anual No hay mejor forma de evitar todos los problemas anteriores que presentando la declaración en tiempo y forma. Para ello te presentamos los siguientes consejos:
- Antes de que acabe el año, calendario organiza tus facturas.
- Si no pediste una factura, tienes 30 días para solicitar los Comprobantes Fiscales (CFDI) del mes.
- Busca los gastos que son deducibles (recuerda que están sujetos a deducción cuando se pagan por transferencia o tarjeta de crédito o débito).
- Si no tienes mucha experiencia, busca el apoyo de un contador.
- Cuando estés por presentar la declaración ten disponible y a la mano la constancia de percepciones y retenciones, los recibos de honorarios, las Declaraciones Anuales sin adeudo y las facturas electrónicas de tus actividades.
- Declara siempre todos tus ingresos.
- Siempre ten en cuenta las fechas de cuándo se hacen las declaraciones anuales y lo que debes revisar en tus declaraciones de impuestos,
¿Qué pasa si me depositan mucho dinero en efectivo?
El presidente de la AMCP explicó que con el cambio mensual en la información de los depósitos superiores a 15,000 pesos en efectivo, el fisco podrá hacer las revisiones más rápidamente y detectar a la gente que, posiblemente, incurra en lavado de dinero y, si fuera el caso, bloquear las cuentas bancarias.
¿Cómo saber en qué tipo de regimen estoy?
En caso de que necesite consultar su responsabilidad tributaria lo puede realizar directamente en el RUT dentro la sección de ‘Responsabilidades, Calidades y Atributos’, el RUT debe tener una vigencia no mayor a 90 días calendario.
¿Cuál es el mejor régimen fiscal para personas físicas?
¿Qué régimen fiscal me conviene? – En conclusión, si eres una persona física probablemente deberías elegir el régimen de incorporación fiscal por las bondades que ofrece respecto al pago de impuestos; siempre y cuando cumplas con los requisitos necesarios para pertenecer a éste régimen.
¿Qué régimen fiscal soy si soy persona física?
Emprendedor, conoce los regímenes fiscales de las personas físicas – Identifica el régimen fiscal al que perteneces. Para fines fiscales, es necesario definir si un contribuyente realizará sus actividades económicas como persona física o como persona moral. En cada caso tiene requisitos y un trato fiscal distinto. Empecemos por conocer a qué se refiere cada concepto:
Persona física
Es un individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc.), el cual tiene derechos y obligaciones. Los regímenes para las Personas Físicas se clasifican de acuerdo con sus actividades e ingresos y son:
Régimen Simplificado de Confianza Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales Régimen de Incorporación Fiscal Enajenación de bienes Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas Régimen de Arrendamiento Intereses Obtención de premios Dividendos Demás ingresos
Como emprendedor es importante conocer los detalles sobre la actividad que planeas realizar y contar con una estimación lo más cercana a la realidad, de los ingresos que puedas tener en un mes y en un año, a fin de identificar el régimen fiscal en que debes tributar.
Los regímenes fiscales que puedes elegir de acuerdo con las actividades empresariales que llevarás a cabo son: Régimen Simplificado de Confianza Pueden inscribirse aquellas personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no excedan de la cantidad de tres millones quinientos mil pesos.
Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas. Este esquema facilita y simplifica el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, al contar con la opción de que las plataformas tecnológicas les retengan el ISR e IVA de forma definitiva y los paguen directamente al SAT, de esta forma ya no realizarán las declaraciones mensuales, en virtud de que las retenciones que les efectúe la plataforma tecnológica tienen el carácter de pago definitivo.
Para que puedan optar por considerar la retención de impuestos que realice la plataforma tecnológica como pago definitivo, sus ingresos en el ejercicio no deben exceder de 300 mil pesos (incluyendo salarios e intereses). Régimen de Arrendamiento Las personas físicas que son dueñas de un bien inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial, terreno o bodega y autorizan a otras personas para que lo utilicen por un tiempo y fines establecidos, a cambio de una cantidad periódica de dinero (renta).
Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales Pueden tributar aquellas personas físicas que obtienen ingresos por actividades comerciales (restaurantes, cafeterías, escuelas, farmacias, etc.), industriales (minería, textil y calzado, farmacéutica, construcción), enajenación de bienes, de autotransporte, sin importar el monto de los ingresos que perciban.
Persona moral
Es el conjunto de personas físicas, que se unen para la realización de un fin colectivo, son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal (no se pueden tocar como tal como en el caso de una persona física), sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.
¿Cómo saber en qué tipo de regimen estoy?
En caso de que necesite consultar su responsabilidad tributaria lo puede realizar directamente en el RUT dentro la sección de ‘Responsabilidades, Calidades y Atributos’, el RUT debe tener una vigencia no mayor a 90 días calendario.
¿Qué tipo de regimen soy si soy persona natural?
SIMPLIFICADO –
- ¿Quiénes pertenecen a este régimen?
- Minoristas y sector agropecuario y ganadero.
- En el régimen simplificado solo podrán pertenecer las personas naturales, nunca las jurídicas, que prestan servicios gravados o que como comerciantes y artesanos efectúen ventas, o que como agricultores o ganaderos realicen operaciones gravadas.
- Requisitos para ser régimen simplificado:
- En el año anterior debieron haber obtenido ingresos brutos menores a 3.500 UVT (unidades de valor tributario), para el 2018 equivale a $116´046.000.
- Que tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina o local donde ejerzan su actividad.
- No pueden realizar actividades bajo franquicia o explotación de intangibles.
- No pueden ser usuarios aduaneros.
- Que en el año anterior o en el año en curso no hayan celebrado contratos gravados cuyo valor individual supere las 3.500 UVT, para el 2018 este valor sería $116´046.000.
- Que en el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras del año anterior o del año en curso no sobrepase los $127´256.000 independientemente de donde provengan sus recursos.
Obligaciones
- Inscribirse al RUT.
- Entregar la información pertinente que pida la DIAN.
: ¿Sabes qué régimen eres? ¿Común o simplificado?