El subsidio por Incapacidad Laboral (SIL) es el monto de dinero que reemplaza la remuneración o renta del trabajador mientras éste se encuentra con licencia médica autorizada.
Contents
- 0.1 ¿Qué significa subsidio incapacidad?
- 0.2 ¿Cómo se paga el subsidio por incapacidad?
- 0.3 ¿Quién paga el subsidio de incapacidad?
- 1 ¿Cuánto es el subsidio por incapacidad permanente?
- 2 ¿Quién determina el grado de incapacidad laboral?
- 3 ¿Cuándo se cobra el subsidio por incapacidad temporal?
- 4 ¿Que viene después de la incapacidad temporal?
- 5 ¿Cuánto se cobra por incapacidad temporal por enfermedad común?
¿Qué significa subsidio incapacidad?
Es una suma de dinero que se paga por el período en que un trabajador haya estado con licencia médica, y cuya finalidad es reemplazar la remuneración o renta que deja de percibir mientras está enfermo.
¿Cómo se paga el subsidio por incapacidad?
Si cumples con los requisitos señalados, el pago del subsidio se realizará al tercer día hábil posterior a la expedición del documento en la ventanilla del banco autorizado para el pago de subsidios en tu entidad, presentando en original y copia fotostática: La ‘copia – asegurado’ del certificado único de incapacidad.
¿Quién paga el subsidio de incapacidad?
#Experto en Leyes en materia #Laboral, #Inmobiliarias y #Electorales – Fecha de publicación: 3 de mar de 2023 El pago del salario a los trabajadores durante una licencia por incapacidad depende de varios factores, tales como el tipo de incapacidad y la duración de la licencia.
Si se cumplen los requisitos que establece la Ley del Seguro Social, la incapacidad genera el derecho al pago de un subsidio. Los tipos de subsidios y sus características generales son los siguientes: Incapacidad por enfermedad general Semanas Cotizadas requeridas Para gozar del subsidio, se requiere contar con, al menos, 4 semanas de cotización inmediatas anteriores al inicio de la enfermedad.
En el caso de trabajadores eventuales, 6 semanas en los 4 meses anteriores al inicio de la enfermedad Monto del subsidio El subsidio será equivalente al 60% del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad y se puede gozar de la misma a partir del cuarto día hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los servicios médicos del IMSS, se podrá prorrogar hasta por 26 semanas más.
- Pago de los 3 primeros días Durante los primeros tres días de incapacidad, ni el patrón está obligado a pagar el salario al trabajador ni el seguro el subsidio.
- Incapacidad por accidente de trabajo o enfermedad laboral Semanas Cotizadas requeridas Para gozar del subsidio, no se requiere un mínimo de semanas cotizadas, y el mismo equivaldrá al 100% del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad.
Monto del subsidio Se puede gozar de la misma desde un día y hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los Servicios Médicos del IMSS. Pago del salario por parte del patrón Sólo en el caso de que el trabajador no se encuentre inscrito en el seguro social, si el trabajador sufre un accidente laboral o una enfermedad profesional, el patrón está obligado a pagar el salario íntegro desde el primer día de incapacidad.
Maternidad Las trabajadoras tienen derecho a una licencia de 12 semanas por maternidad, con goce de sueldo. Durante este periodo, el patrón está obligado a pagar el salario íntegro. Semanas Cotizadas requeridas Para gozar del subsidio se requieren 30 semanas de cotización en los 12 meses anteriores a la fecha en que inicia la semana 34 de gestación.
Monto del subsidio Para el certificado único de incapacidad por maternidad, será el 100% del salario registrado en el IMSS, al inicio de la semana 34 de gestación, por el total de días que ampare el documento. Los enlaces se pagarán al 60% del salario indicado y por los días autorizados en cada documento.
- En el certificado único de incapacidad por maternidad, hasta por 84 días.
- En las incapacidades por enlace, hasta por 21 días.
- Pago del salario por parte del patrón Cuando la asegurada no cumpla con este requisito, quedará a cargo del patrón el pago del salario íntegro, mientras dure el periodo de incapacidad (Artículo 103 de la Ley del Seguro Social).
Conclusión Es importante destacar que existen diferentes reglas y excepciones en cada caso, por lo que es recomendable consultar la legislación laboral y de seguridad social aplicable y, definitivamente, buscar asesoría legal en caso de dudas o situaciones específicas.
¿Cuánto es el subsidio por incapacidad permanente?
¿Cuánto dura este subsidio y cuánto se cobra? – El subsidio se concede durante seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses, Vea cómo renovar el subsidio, Se cobra el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 480 euros/mes (en 2023),
¿Cómo se calcula el subsidio de incapacidad laboral?
El subsidio por incapacidad temporal se calcula teniendo en cuenta el promedio diario de las remuneraciones de los doce (12) últimos meses de aportaciones calendario inmediatamente anteriores al mes en que inicia la contingencia multiplicando por el número de días de goce del descanso médico.
¿Cuánto tiempo puede durar una incapacidad temporal?
¿Cuánto puede durar una baja? – Tal y como el mismo nombre indica, al ser una incapacidad temporal, dura como máximo 365 días, Eso sí, se va a poder prorrogar 180 días siempre y cuando durante ese periodo se prevea la curación o mejora del trabajador.
- De esta forma, si se cumple este último requisito, un trabajador podría estar un total de 545 días de baja, equivalente a un año y medio aproximadamente.
- Ahora bien, puede ocurrir que el trabajador supere ese plazo límite de un año y necesite, por su condición y estado de salud, seguir de baja.
- En ese caso, va a ser obligatorio pasar el tribunal médico para iniciar un expediente de incapacidad permanente.
De ser así, va a suponer que el trabajador no se va a poder recuperar y por tanto no va a poder volver a desempeñar su trabajo habitual.
¿Por qué dice que mi incapacidad no tiene derecho a subsidio?
Si has solicitado el pago de alguna incapacidad ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, pero te ha sido negado y no sabes que hacer, esta información es para ti. A lo largo de este blog daremos las soluciones a aquellos derechohabientes que se identifican con lo siguiente: «El IMSS no me quiere pagar mi incapacidad».
La principal razón por la que se niega un pago de incapacidad es por no cumplir con los requisitos solicitados por el Instituto, por ello es de vital importancia estar bien informado sobre toda la documentación y condiciones necesarias para que tu solicitud no sea rechazada. También hablaremos de otros casos, en donde el pago es negado injustificadamente y que puedes hacer legalmente para defender tus derechos ante el IMSS.
La incapacidad es un certificado que emite el Instituto Mexicano del Seguro Social ( IMSS ) a sus derechohabientes, cuando estos se encuentran incapacitados para trabajar d e manera temporal debido a algún padecimiento Este documento justifica tu ausencia en el trabajo durante los días necesarios para que así puedas recuperarte y recibir atención médica con goce de sueldo.
Riesgo de trabajo
Es cuando el asegurado sufre un padecimiento, ya sea una enfermedad o un accidente en el ejercicio o por motivo de su trabajo.
Enfermedad
Es cuando el asegurado padece una enfermedad o sufre un accidente por causas ajenas a su empleo.
Maternidad
La incapacidad por maternidad se otorga a las mujeres embarazadas derechohabientes desde la semana 34 de gestación. Si cumpliste con los requisitos de la incapacidad que solicitaste, antes de asegurar que el IMSS no te quiere pagar, toma en cuenta lo siguiente:
Todas las incapacidades se pagan 03 días hábiles después de la expedición del certificado. Para realizar el cobro de una incapacidad, es obligatorio presentar el certificado de incapacidad en original y copia fotostática de una identificación oficial vigente con fotografía. Además, si diste de alta tu cuenta CLABE en el IMSS, puedes recibir el pago de incapacidad vía depósito bancario en tu cuenta.
¿Qué incapacidades se pagan al 100?
Si se trata de una incapacidad total, la prestación de incapacidad permanente será de un 55% de la base reguladora. En segundo lugar, si se aprueba la incapacidad total cualificada, del 55 se pasará al 75%. Si se alcanza la incapacidad absoluta, a un 100%.
¿Cuánto se cobra con un 75% de discapacidad 2023?
Cuantía de la pensión en 2023 – En el inicio del año 2022, el Gobierno de España aprobó una subida del 3% en la cuantía de la pensión no contributiva por discapacidad, dejando el importe de dicha pensión en 421,40 euros al mes, Sin embargo, durante los primeros meses de 2022 se registró una importante inflación de precios en España, lo que provocó que el Ejecutivo Central tomara una serie de medidas anticrisis.
- Entre estas medidas, se acordó una subida del 15% en las cuantías de las pensiones no contributivas por discapacidad de la Seguridad Social.
- En principio, dicha subida se aprobó desde julio al 31 de diciembre de 2022.
- Así, la cuantía se situó en 484,61 euros al mes, constituyendo un importe anual de 6.784,54 euros.
Así, el Gobierno de España ha decidido mantener durante todo el año 2023 la revalorización del 15% en la cuantía de las pensiones no contributivas de invalidez. Además, las personas que perciben este tipo de pensión de la Seguridad Social y tienen un grado de discapacidad igual o superior al 75% pueden cobrar un incremento del 50%.
¿Qué pasa con mi trabajo si me dan una incapacidad permanente?
Es muy habitual que cuando a un trabajador le conceden una incapacidad permanente, suspendiéndose o extinguiéndose de esta manera la relación contractual, se pregunte: ¿tengo derecho a finiquito? ¿La empresa me debe indemnizar? En este artículo vamos a sacarte de dudas.
¿Quién determina el grado de incapacidad laboral?
¿Quién determina el grado de incapacidad permanente? – El grado de incapacidad laboral permanente es determinado por las Comisiones Médicas que dependen de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), Esta comisión está integrada por médicos especializados en medicina laboral y en evaluación de la capacidad laboral.
¿Cuándo se cobra el subsidio por incapacidad temporal?
En caso de enfermedad común o de accidente no laboral, el subsidio se abonará a partir del cuarto día de baja en el trabajo, si bien desde el día cuarto al decimoquinto de baja, ambos inclusive, el subsidio estará a cargo del empresario.
¿Que viene después de la incapacidad temporal?
Iniciación de un expediente de incapacidad permanente – Si agotamos los 545 días de incapacidad temporal, el INSS deberá iniciar el expediente de incapacidad permanente para decidir si concede una incapacidad permanente o la deniega obligando a la persona trabajadora a reincorporarse a su puesto de trabajo.
El plazo que tiene el INSS para resolver la concesión de una incapacidad permanente es de tres meses. Jurídicamente hablando, con el inicio del expediente de incapacidad permanente se da el alta médica, pero los efectos de la baja se mantienen hasta la notificación de la resolución expresa del INSS ya sea concediendo o denegando la incapacidad permanente.
En virtud del artículo 174.5 de la Ley General de la Seguridad Social, el trabajador seguirá percibiendo la prestación por incapacidad temporal que estaba recibiendo en ese momento hasta que se califique la incapacidad permanente, De hecho, la Sentencia de 1 de diciembre de 2003 del Tribunal Supremo que puedes encontrar aquí determina que se debe seguir cobrando la prestación correspondiente aunque se hubiera superado el tiempo máximo de incapacidad temporal y el tiempo máximo de tres meses que tiene el INSS para resolver el procedimiento de incapacidad permanente.
Por otro lado, el pago se debe mantener no hasta la fecha de la resolución, sino hasta que el trabajador es recibe en su domicilio la notificación expresa tal y como ha determinado el Tribunal Supremo de manera consolidada, a modo de ejemplo la sentencia del Tribunal Supremo en la Sentencia del 6 de abril de 2022,
En cuanto al pago, la responsabilidad pasara a la mutua o al INSS, normalmente la mutua, mediante el pago directo. Sin embargo, aunque se reciba prestación, durante este periodo no subsistirá la obligación de cotizar por parte de la empresa, tal y cómo indica el artículo 174.2 de la Ley General de la Seguridad Social: «() Durante los períodos previstos en este apartado, de tres meses y de demora de la calificación, no subsistirá la obligación de cotizar» Por lo tanto, la empresa suspenderá la relación laboral, pero no la extingue.
- Si no se concede la incapacidad permanente, el trabajador tiene el derecho y la obligación de reincorporarse a su puesto de trabajo. Si no lo hace, podrá ser considerado como abandono del puesto de trabajo, perdiendo el derecho a una indemnización y desempleo. Como más adelante detallaremos, se podría alcanzar un acuerdo con la empresa para no reincorporarse al puesto de trabajo.
- Si finalmente se reconoce la incapacidad permanente, la relación laboral se extingue salvo que el trabajador tenga derecho a ser recolocado en otro puesto de trabajo compatible con la incapacidad permanente según lo indicado en el convenio colectivo. Además, tendrá derecho al correspondiente finiquito que explicamos en este artículo.
Normalmente, el INSS determina una incapacidad permanente revisable, siempre que reconozca la incapacidad permanente. Si es revisable tendrá que venir así indicado de manera obligatoria en la resolución por la cual nos conceden la incapacidad permanente.
En dicho caso, la empresa está obligada a reservar el puesto de trabajo por un periodo de dos años que empieza a contar desde la fecha de la resolución por la que se declara la incapacidad permanente. Si pasados esos dos años, la incapacidad permanente no se revoca por parte del INSS, la relación laboral se extingue de manera definitiva, aunque como explicamos en este artículo siempre se mantiene una derecho preferente de reincorporación,
Por el contrario, si se deniega, debemos impugnar la resolución presentando en primer lugar una reclamación previa en el plazo de 30 días hábiles y, posteriormente una demanda en otro plazo de 30 días hábiles desde que recibimos la resolución de la reclamación previa.
- Si existe una mejora de la cuantía que se percibe durante la incapacidad temporal por que lo establece el convenio colectivo, se seguirá percibiendo a pesar de que transcurran los 545 días salvo que el convenio establezca lo contrario de manera expresa, tal y cómo ha indicado el Tribunal Supremo en la Sentencia de 10 de noviembre de 2010.
- En relación con lo anterior, si la relación laboral se extingue, la empresa también tiene la obligación de seguir complementando la incapacidad temporal, salvo que el convenio indique otra cosa, reconocido este derecho por el Tribunal Supremo en la sentencia de noviembre de 2010 del punto anterior y en la sentencia del Tribunal Supremo de 22 de noviembre de 2011.
¿Cómo se calcula la prestacion por incapacidad temporal?
Por accidente laboral o enfermedad profesional – La base reguladora en una incapacidad absoluta por contingencia profesional responde a dividir entre 12 la suma de estos conceptos:
Sueldo y antigüedad diarios en la fecha en la que se produjo el accidente o la baja por enfermedad, multiplicados por 365 días, Las pagas extraordinarias, los beneficios o las participaciones, en su importe total del año anterior a aquel en el que se produjo el hecho causante. El resultado de dividir los pluses, retribuciones complementarias y horas extraordinarias percibidas en el año anterior al accidente, entre el número de días efectivamente trabajados en dicho período. Después, este resultado hay que multiplicarlo por 273, En caso de que el número de días laborales efectivos en la actividad de que se trate sea menor, se multiplica por los días exactos.
¿Cuánto se cobra por incapacidad temporal por enfermedad común?
Contenido o cuantía: Enfermedad común y accidente no laboral: 60% de la base reguladora desde el 4º día de la baja hasta el 20º inclusive y el 75% desde el día 21 en adelante. Enfermedad profesional o accidente de trabajo: 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja en el trabajo.