Artículo 264 Deducción de aparatos para rehabilitación, medicina, honorarios a enfermeras, análisis, estudios clínicos, prótesis y lentes ópticos. – Para efectos del artículo 151, fracción I de la Ley, se consideran incluidos en las deducciones a que se refiere dicha fracción, los gastos estrictamente indispensables efectuados por concepto de compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, medicinas que se incluyan en los documentos que expidan las instituciones hospitalarias, honorarios a enfermeras y por análisis, estudios clínicos o prótesis.

Asimismo, se consideran incluidos en las deducciones a que se refiere el párrafo anterior, los gastos efectuados por concepto de compra de lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, hasta por un monto de $2,500.00, en el ejercicio, por cada una de las personas a las que se refiere la fracción citada, siempre que se describan las características de dichos lentes en el comprobante fiscal o, en su defecto, se cuente con el diagnóstico de oftalmólogo u optometrista.

Para efectos del presente párrafo, el monto que exceda de la cantidad antes mencionada no será deducible.

¿Cómo se facturan los lentes para que sean deducibles?

Los lentes oftálmicos son un gasto deducible en la Declaración Anual. Cuando vayas a la óptica, págalos con tarjeta, cheque o transferencia y #PideFactura. 📌 Recuerda revisar que el concepto facturado corresponda a lentes.

¿Qué tipo de gasto es la compra de lentes?

Términos para efectuar la deducción de los gastos por la adquisición de lentes ópticos en la declaración anual de este tipo de contribuyentes Lunes, 11 de mayo de 2020 Los contribuyentes personas físicas que aun no han presentado su declaración anual por el ejercicio de 2019, es importante que conozcan que si efectuaron compraron lentes ópticos para ellos o de sus familiares directos, pueden considerar dicho gasto como una deducción personal.

dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, y el pago se efectué mediante cheque nominativo del contribuyente o transferencias electrónicas de fondos de cuentas abiertas a su nombre

Asimismo, este artículo indica que son deducibles los pagos efectuados por honorarios médicos, dentales o de enfermería, por análisis, estudios clínicos o prótesis, gastos hospitalarios, compra o alquiler de aparatos para el establecimiento o rehabilitación del paciente, derivados de las incapacidades a que se refiere el artículo 477 de la LFT.

Por su parte, el numeral 264 del Reglamento de la LISR prevé que son deducciones los gastos estrictamente indispensables para el contribuyente, dentro de los que se encuentran las erogaciones efectuados por concepto de compra de lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, hasta por un monto de $2,500.00, en el ejercicio, por cada una de las personas mencionadas, siempre que se describan las características de dichos lentes en el comprobante fiscal o, en su defecto, se cuente con el diagnóstico oftalmológico u optometrista.

Es importante que al presentar la declaración el contribuyente, tenga el conocimiento de que si la erogación por los lentes ópticos excede del monto referido el remanente no podrá aplicarlo como deducción.

¿Que uso se pone en factura de lentes?

Declaración anual: Cómo pedir el uso de factura o CFDI correcto para deducciones

Las personas físicas como los asalariados pueden hacer deducciones personales por: Gastos médicos, dentales y hospitalarios Gastos funerarios Donativos Aportaciones complementarias Primas por seguros de gastos médicos Transportación escolar Depósitos en cuentas especiales para el ahorro Colegiaturas Créditos hipotecarios

Para que esto surta efecto, los contribuyentes deben realizar el pago a través de transferencia electrónica, cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito o de servicios. De lo contrario, el SAT no podrá confirmar el pago debidamente como deducible. Pero, además, deben solicitar un correcto uso de factura o CFDI, es decir, pedir el comprobante fiscal por el concepto correcto.

  1. El uso del CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) se refiere a la opción, dentro del catálogo de conceptos fiscales del SAT, que mejor describirá la utilidad que se le dará a la factura para las deducciones personales.
  2. Es, en resumen, la razón de pago que se adiciona a la factura.
  3. Así, cuando vas al dentista y pides una factura, no puedes solicitar el mismo “uso de cfdi” o “uso de la factura” que cuando contratas servicios educativos para tus hijos.
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Para ello existen claves específicas. Para honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios se usa la clave D01, pero este excluye medicamentos. Lo que sí incluye es la deducción por compra de lentes ópticos graduados, con un precio de hasta 2,500 pesos.

Clave D10 Pagos por Servicios Educativos (colegiaturas). De uso exclusivo para pagar colegiaturas de preescolar a bachillerato. D08 Gastos de transportación escolar obligatoria. D02 Gastos médicos por incapacidad o discapacidad: Se pide cuando se compran o rentan aparatos para la rehabilitación de un paciente.

Aplica para las incapacidades a las que se refiere el artículo 477 de la Ley Federal del Trabajo. D06 Aportaciones voluntarias al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR): Se usa cuando haces aportaciones voluntarias a tu cuenta Afore. D05 Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios: Cuando se tiene un crédito hipotecario, privado o vía Infonavit, se pueden deducir los intereses reales.

D07 Primas por seguros de gastos médicos: Si pagaste primas a algún seguro, incluyendo seguro de gastos médicos mayores, puedes solicitar factura para deducir impuestos con este uso de CFDI. D09 Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones: Si tienes planes de inversión para el retiro distintos a los administrados por las Afores, también puedes hacerlos deducibles. D03 Gastos funerarios: Tanto para so cónyuge, como ascendientes o descendientes en línea recta y la persona con quien viva en concubinato.

: Declaración anual: Cómo pedir el uso de factura o CFDI correcto para deducciones

¿Cuánto se puede deducir por anteojos?

Lentes ópticos graduados ( hasta por un monto de $2,500 ), en el ejercicio, por cada una de las personas a las que se les compren lentes, siempre que se describan las características de dichos lentes en el comprobante o se cuente con el diagnóstico de un oftalmólogo u optometrista.

¿Cuánto IVA tiene unas gafas?

El sector óptico se enfrenta a una delicada situación, ante el anuncio de la AEAT de regularizar el IVA de las monturas de gafas graduadas – No se prevé una actuación de inspección inicial por parte de la Agencia tributaria, si no que los implicados procedan a regularizar voluntariamente dicha situación, al recibir la comunicación emitida por la patronal sectorial FEDAO, tras reuniones con la DGT, así como comunicaciones por parte de la AEAT, del deber de proceder a dicha regularización y la amenaza de sanción si no se realiza.

El criterio de la DGT, tras una resolución vinculante emitida, resuelve que la montura para gafas graduadas hasta el momento de entrega al consumidor final, con las lentes graduadas, no se considera un bien sanitario, por lo que su tributación irá al tipo general del 21%. Por tanto, las importaciones y operaciones de venta de monturas, sin las lentes graduadas ya montadas, tienen que tributar al tipo general de IVA del 21%.

Esta norma establecida desde el 1 de enero 2015 que especifica que la lente mantiene su tributación al 10%, pero la montura tributa al 21%, no se ha aplicado por parte de las empresas del sector implicadas, por considerar que el cambio no se había recogido en la reglamentación correspondiente.

Pese a ello, gestión de Aduanas ha detectado este error y lo ha puesto en conocimiento de la DGT, por lo que la Agencia Tributaria ofrece un período transitorio a las ópticas para que regularicen dicha situación tributaria, por lo que tendrán que abonar ese 11% de diferencia entre el 10% aplicado y el 21% correspondiente, de los ejercicios 2015 y 2016.

Queda pendiente de confirmación, por parte de la Agencia Tributaria, si eliminará los recargos por presentar complementarias para dicha regularización. Esta medida tomada por la AEAT en principio no debe tener impacto directo en el consumidor final, ya que la gafa montada con las lentes graduadas seguirá tributando al 10%, pero será inevitable el traslado de costes con un incremento en precios final.

  1. Lo peor de la aplicación de esta norma es su implicación directa en las empresas del sector, siendo los pequeños comercios de ópticas en recargo de equivalencia, los que verdaderamente van a sufrir ese coste adicional del 11%, que en ningún caso van a poder recuperar.
  2. Si necesita ayuda para regularizar esta situación, póngase en contacto con nosotros,

¿Qué le parece esta medida?

¿Qué porcentaje te devuelve el SAT por gastos médicos?

El 100% de tu factura cuando incluya otros conceptos no deducibles como copago, coaseguro, membresías de descuento, en hospitales: florería y cafetería, etc. Gastos cuando no exista el comprobante fiscal correspondiente emitido en el ejercicio que aplique.

¿Cómo tributa una óptica?

¿Cómo se aplica el IVA en el sector de la óptica? Fedao ha emitido una carta aclarando la situación del IVA en el sector óptico español. A continuación reproducimos la carta para conocimiento de todo el sector, en la que se deja patente que los Únicos que pueden aplicar el IVA reducido a las monturas son aquellos que vendan el producto ya montado con lentes graduadas.

  1. El pasado día 22 de diciembre de 2016, tuvimos la oportunidad de reunirnos, junto con nuestros asesores del bufete Roca Junyent, con el Director General de Tributos, Sr.
  2. José Alberto García Valera, así como con el Subdirector General, Sr.
  3. Ricardo Alvarez Arroyo, para tratar la cuestión relativa a la aplicación del tipo impositivo del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en las operaciones de adquisición (en la mayoría de los casos importaciones) y transmisión de monturas para gafas correctoras.
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En este sentido, debemos informaros que el criterio que mantiene la DGT es que la montura para gafas graduadas no adquiere su condición respecto al IVA, hasta el momento de su entrega al usuario final con las lentes graduadas montadas, por lo que las importaciones y todas las operaciones subsiguientes de monturas para gafas graduadas que no lleven aún lentes graduadas montadas, deben tributar al tipo general del IVA, esto es al 21% desde la fecha 01.01.2015, con independencia de que la importación deba realizarse como producto sanitario y pasar el correspondiente control sanitario en frontera.

FARMIN). Por otro lado, nos informaron que la DGT ha dado instrucciones a todas las Dependencias Regionales de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Tributaria para aplicar el tipo del 21% a las importaciones de todo tipo de monturas, así como de iniciar las correspondientes actuaciones inspectoras para revisar las operaciones efectuadas desde el año 2015 en adelante.

Así pues, sin perjuicio de que desde la FEDAO continuaremos trabajando para conseguir que el tipo impositivo aplicable en el IVA en las operaciones de compra y venta de monturas para gafas graduadas, sea del tipo reducido, consideramos oportuno recomendaros que: 1.- En las operaciones de compra (importaciones) y venta de monturas para gafas graduadas apliquéis el tipo general del IVA, esto es, el 21%.

Los únicos que pueden aplicar el IVA reducido a las monturas serán aquellos que vendan el producto ya montado con lentes graduadas.2.- Valoréis, junto a vuestros asesores fiscales, la conveniencia o no de regularizar las operaciones realizadas desde el 2015 hasta hoy en las que no se haya aplicado el tipo impositivo general del IVA (21 %), tanto en operaciones de compra como de venta, ya que las mismas tienen una alta probabilidad de ser objeto de la inspección tanto de Aduanas, en el caso de las importaciones, como de la AEAT en general, por el IVA de las ventas.

Publicidad : ¿Cómo se aplica el IVA en el sector de la óptica?

¿Qué IVA tiene gafas de sol?

La supuesta bajada del IVA de las gafas que correrá a cargo de las ópticas El pasado mes de marzo el Consejo de Ministros anunciaba la esperada bajada del IVA de las monturas de las gafas del 21% al 10%. El proclamado descenso del tipo impositivo no ha estado exento de polémica, desencadenando un conflicto entre Hacienda, proveedores y ópticas -y no tendrá ningún efecto sobre el bolsillo del consumidor-.

El inicio de las disputas se remonta a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del año 2013, en la cual estipulaba que las monturas no adquieren el estatus de gafa graduada hasta que se las incorpora la lente graduada, Semejante interpretación abría el camino a una diferenciación entre productos sanitarios con un IVA reducido (lente de contacto, gafas y productos necesarios para su mantenimiento) y productos accesorios (las monturas) a un tipo general.

Tras el rechazo del sector a esta medida, el Gobierno calmaba los ánimos un año después anunciando que, tanto las lentes de contacto y cristales como las monturas, continuarían computando al 10%. A sabiendas de que no subiría el IVA de las monturas, el sector siguió facturando de manera habitual al tipo reducido.

  1. Para sorpresa del sector, el gobierno incumplía sus promesas (una vez más) sin previo aviso.
  2. El 28 de diciembre de 2016 los comercios empezaban a recibir cartas de sus proveedores reclamando el 21% de IVA.
  3. Ante la incredulidad, algunos ópticos pensaron en un primer momento que se trataba de una inocentada, puesto que la carta venía remitida por la DGT.

“Cuando recibí la carta y dada la fecha pensé: ¿Qué tiene que ver la Dirección General de Tráfico con las ópticas? Pero no, investigando me di cuenta que era la Dirección General de Tributos”, recuerda con sorna Enrique Convalia –propietario de una óptica en Alcorcón-.

Nada más lejos de la realidad. En una respuesta a un proveedor del sector al que reclamaban el 21% de IVA, publicada en la, Hacienda repetía los argumentos del tribunal europeo –y rectificaba la promesa anunciada al sector- estableciendo el tipo reducido para “los artículos constituidos por una lente con montura o por una lente, pero nunca únicamente por una montura”,

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En opinión del director de la revista Julio Rozas, siguiendo la lógica que aplica Hacienda, “los audífonos deberían tributar del mismo modo: 10% su sistema interno y 21% la carcasa”. “No demos ideas, pero es igual: ¿Qué pinta el sistema técnico de un audífono sin su carcasa y soporte para su colocación? ¿Y las lentes sin un soporte como la montura? Ambos artículos, tanto monturas como carcasas, son partes indispensables del audífono o la gafa”, puntualiza el director de Lookvision.

De este modo, el área dirigida por Cristóbal Montoro aplicaba una reforma retroactiva al sector óptico bajo una opacidad pasmosa. Los proveedores reclaman el pago del IVA correspondiente a 2015 y 2016 En la carta, previa notificación de Hacienda, que los proveedores mandaban a las ópticas reclamaban a los comerciantes el pago del IVA correspondiente a los ejercicios del 2015 y 2016.

Una cantidad que puede oscilar entre los 100 y 200 millones, según cálculos de Hacienda, y que ha alterado sobremanera las cuentas de los pequeños ópticos autónomos. Este repentino cambio de criterio del Ministerio de Hacienda tiene su origen en la actividad de los inspectores en las aduanas.

¿Cuándo usar D01 y D02?

Deducciones personales: –

D01 Honorarios médicos, dentales y hospitalarios. Al pagar por estos servicios, incluyendo los medicamentos. D02 Gastos médicos por incapacidad o discapacidad. Al pagar servicios y medicamentos necesarios para la atención de una discapacidad.D03 Gastos funerales. Al pagar por los servicios funerales de un familiar directo, como cónyuge o concubino, hijos, padres, abuelos y nietos. D04 Donativos. Al entregar donativos a una institución autorizada.D05 Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios (casa habitación) D06 Aportaciones voluntarias al SARD07 Primas por seguros de gastos médicos D08 Gastos de transportación escolar obligatoria D09 Depósitos en cuentas para el ahorro, primas D10 Pagos por servicios educativos. Al pagar colegiaturas, al generar CFDI de anticipos y de complementos de pago.P01 Por definir. En este caso, es importante consultar con el contador cuándo aplica “Por definir”, para que las deducciones puedan realizarse sin problema.

¿Cómo hacer una factura electrónica de forma correcta y asegurar los deducibles para no pagar impuestos de más? Existen varias opciones de facturadores electrónicos en el mercado. El de Bind ERP, por ejemplo, es gratuito e incluye 5 timbres fiscales al mes.

¿Cómo pedir facturas para deducir impuestos?

¿Cómo deducir impuestos? – Para hacer la deducción de impuestos es necesario que cuentes con las facturas electrónicas emitidas por tus proveedores de servicios y que guardes toda esta información en una carpeta organizada en caso de ser necesaria una aclaración.

  1. Una vez que presentaste tu declaración anual en línea, al final del trámite, el SAT te indicará si tienes o no saldo a favor.
  2. En caso de tener alguna reclamación, puedes solicitar la “revisión del estatus de la devolución”, que es posible encontrar en un apartado dentro de la misma página web de la autoridad.

Para solicitar tu saldo a favor puedes hacerlo de forma presencial a través de una cita, llevando algunos documentos específicos, o por internet; lo más recomendable será hacerlo de esta última forma, buscando en la página del SAT la sección trámites y después “devoluciones y compensaciones”; deberás llenar algunos datos y completar la información bancaria de tu cuenta, en la cual recibirás la devolución en caso de ser aceptada.

¿Como debe ser una factura de gastos médicos?

¡Que tus facturas estén correctas! – Para hacer deducibles los gastos médicos, dentales, de psicólogos y nutriólogos deben ser prestados por personas con título profesional legal, de hecho, los honorarios médicos deben incluir la cédula profesional del especialista que te atiende y emite tu factura.

Por ende, pide factura y que venga a tu nombre. Pídela a todos y en todos lados. Al doctor, al hospital, al laboratorio, a la enfermera que contrates para que te cuide después de la hospitalización, al psicólogo y nutriólogo. Si el especialista no emite factura, considera que de seguir con él no podrás aplicar ninguno de los pagos que le hagas; sopesa qué es más, el beneficio o el daño de ir con una profesionista que se niega a dar factura.

Cuida que los datos de tu factura sean correctos. Tome tu tiempo para solicitarla adecuadamente y revisarla cuando te la entreguen. Revisa la clave de producto o servicio, que esté relacionada a la deducción que vas a hacer. Indica a la persona que emitirá la factura que Uso de CFDI necesitas, que se acorde al servicio que te dieron, si no estás seguro, consulta rápidamente en Internet el catálogo.