¿Qué impuestos paga una niñera (ama de llaves, empleada doméstica)? Impuestos de niñera, ¿qué son? Primero, es importante entender que los llamados “impuestos a las niñeras” se aplican a TODOS los empleados domésticos, no solo a las niñeras. La recaudación y remisión adecuadas de los impuestos protege al empleador y al empleado de la posibilidad de multas e intereses asociados con los impuestos atrasados no pagados.

El empleador es el único responsable de la remisión de los impuestos del Seguro Social y Medicare, pero puede optar por pagar ambas mitades de este impuesto (15.3%) o dividirlo con el empleado (cada uno paga el 7.65%). Los empleados son los únicos responsables de pagar sus propios impuestos federales / estatales / locales.

El empleado puede decidir que se retengan estos impuestos de cada cheque de pago u optar por no retenerlos durante todo el año, pero en su lugar pagar estos impuestos directamente a los propios gobiernos federales, estatales o locales. Si usted es un empleado doméstico (niñera, ama de llaves, cuidador mayor, etc.), contribuye o paga:

Impuestos de Seguro Social y Medicare (mediante deducción de nómina del 7,65%) Impuestos por incapacidad / desempleo del empleado (cuando sea necesario) Impuestos federales / estatales / locales (según corresponda)

El empleador es el único responsable de la deducción y remisión de los impuestos del Seguro Social y del Medicare, los impuestos de niñeras. Si el empleador no recauda este impuesto del empleado a través de deducciones periódicas de la nómina, el empleador sigue siendo responsable de remitir o pagar el impuesto al IRS.

  • El empleado doméstico NO PUEDE remitir su parte de los impuestos al Seguro Social y al Medicare independientemente del empleador.
  • El empleado es el único responsable del pago de impuestos.
  • ¡No existe un plazo de prescripción de las obligaciones fiscales! ¡Este es un punto importante que las familias y los empleados deben comprender! En caso de que la relación laboral termine de forma repentina o grave, es posible que deba solicitar una compensación o beneficios por desempleo.

En una situación en la que le estaban pagando fuera de los libros, aún tendrá derecho a los beneficios, sin embargo, es probable que genere una señal de alerta de que los impuestos y la renta están vencidos. La familia en estas situaciones se vuelve 100% responsable de todos los impuestos del Seguro Social y Medicare, tanto de la parte del empleador como del empleado.

¿Cuánto se paga de impuestos por una empleada doméstica?

Qué se debe pagar por antigüedad a la empleada doméstica – Las empleadoras deberán abonar un adicional del 1% por año sobre los salarios mensuales para el personal doméstico. Esta liquidación es generalizada y abarca a todas las relaciones laborales vigentes.

¿Cómo tributan las empleadas del hogar?

Los empleados de hogar no tienen retención por IRPF en sus nóminas, ya que, según el Reglamento sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) no contempla la posibilidad de que los empleadores pueden retener IRPF a las trabajadoras.

¿Cuánto hay que pagar a la Seguridad Social por una empleada de hogar?

Con base en ese cálculo para 2022, la cuota patronal sería de 1,468 pesos y la obrera, de 200 pesos. La cobertura que tendrá la persona asegurada será durante todo el mes, incluyendo los días de descanso.

¿Cuánto se le debe pagar a una empleada doméstica 2023?

Recomendaciones al contratar una empleada doméstica –

Ninguna empleada doméstica debe recibir, por remuneración, un valor menor del salario mínimo vigente para cada año. Para el 2023 el SMDLV es de $38.666 + $4.686 (auxilio de transporte). No importa el tipo de contrato que exista, debe contar con los beneficios de estar afiliada a la seguridad social. Si el empleador no cumple con las obligaciones que tiene con su empleada doméstica, podrá enfrentarse a la aplicación de multas y sanciones.

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¿Quién debe pagar la obra social de las empleadas domésticas?

Este es un importe que paga el empleador.

¿Cuánto cobra una empleada doméstica por hora en negro en 2023?

Calculadora de Inflación Acumulada – Este acuerdo es un reconocimiento al esfuerzo y la dedicación de las empleadas domésticas, que contribuyen al funcionamiento de los hogares con su labor diaria. El incremento se ha dividido en tres partes para facilitar su aplicación y dar más certeza tanto a las empleadas como a los empleadores.

  1. Este es el resultado de un proceso de diálogo y negociación en el seno de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, donde se definen las condiciones laborales de este sector tan especial.
  2. Al igual que sucede con los demás trabajadores del sector, esta actualización salarial beneficia al personal de tareas generales, que corresponde a la quinta categoría.

Esta categoría engloba a aquellos empleados que se dedican a la limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas. Además, para determinar el salario que deben recibir los empleados del servicio doméstico en junio de 2023, es necesario hacer una distinción entre aquellos que trabajan por hora o jornada y aquellos que están sujetos a un esquema mensual.

En el último caso, el aumento de junio se reflejará en el pago correspondiente al mes de julio. De acuerdo con la información proporcionada por el Ministerio de Trabajo, en junio de 2023, las empleadas domésticas que trabajen por hora y tengan retiro recibirán un salario de $776 por hor a. Por otro lado, aquellas que trabajen por hora sin retiro recibirán un salario de $837 por hora.

El valor mencionado anteriormente es utilizado como referencia para que los empleadores puedan pagar el salario del servicio doméstico en los casos en los que la persona sea contratada por horas o por jornada durante el mes de junio de 2023.

¿Cómo se declaran los ingresos de una empleada de hogar?

Los trabajadores domésticos se encuentran dentro del régimen de autónomos en España, por lo que deben presentar la declaración de la renta anual a través del modelo 110. Esta declaración se puede realizar a través de la web de la Agencia Tributaria o en una oficina gestora.

¿Cuánto se paga a una empleada de hogar por horas?

El sector de las trabajadoras del hogar ha sido uno de los más vulnerables por la precariedad histórica asociada a este sistema especial encuadrado en el Régimen General de la Seguridad Social. Es por eso que muchas de las medidas económicas que se toman para favorecer y mejorar la situación de los grupos con menos recursos afectan a estas empleadas.

Es lo que ha sucedido con el aumento del Salario Mínimo Interprofesional. Con la entrada en vigor del nuevo SMI que se aprobó en febrero pero con una retroactividad desde el comienzo de 2023 la nueva cifra a tener en cuenta es la de 1.080 euros brutos mensuales, Al igual que las anteriores subidas del SMI, en esta ocasión muchas empleadas de hogar han visto elevados sus emolumentos al estar por debajo de la nueva actualización.

Y en muchos casos esta remuneración se ha de calcular de forma diaria o incluso menos, dado que la relación de las empleadas de hogar es mucho más volátil con sus empleadores: en ocasiones solo se les contrata una o dos horas por semana en un mismo domicilio.

  1. Por eso, las empleadas de hogar deben saber cuál es el mínimo por hora que han de cobrar tras la nueva actualización del SMI con el objetivo de no sufrir posibles ilegalidades en el pago de sus salarios.
  2. Puedes consultar el vídeo completo sobre la cantidad mínima que debe cobrar una empleada del hogar.

@lawtips LO MÍNIMO QUE PUEDES COBRAR. Fuente: El Economista. ? sonido original – Lawtips Tal y como informó en su momento el Ministerio de Trabajo y Economía Social en su página web, “el salario mínimo de las empleadas y empleados del hogar que trabajen por horas, se fija en 8,45 euros brutos por hora efectivamente trabajada “.

¿Quién paga el IRPF de las empleadas de hogar?

Por tanto, se puede concluir que en España, el IRPF debe ser pagado por el empleador en el caso de los contratos de empleadas de hogar y el empleado debe presentar la declaración de IRPF correspondiente y reclamar el reembolso de las cantidades retenidas.

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¿Qué pasa si no aseguro a mi empleada de hogar?

Trámites de contratación para dar de alta al empleado del hogar – Como te decía en líneas superiores, estás obligado a contratar al empleado del hogar que tengas en casa (salvo la excepción mencionada que entre ambos acordéis que sea él/ella el que realice el trámite).

  1. Solicitar el Código de Cuenta de Cotización que te da de alta a ti como “empleador” mediante la cumplimentación del Modelo TA6-0138 Hogar.
  2. Para dar de alta al empleado tienes que rellenar el Modelo TA2/S-0138 donde identificas a la persona que trabajará en casa, las horas de trabajo semanales que cubrirá, salario a percibir

Puedes hacer el papeleo acudiendo a una oficina de la Seguridad Social o en su sede electrónica. El alta del empleado debe realizarse antes del inicio de la actividad con una antelación máxima de 60 días. Y mucho cuidado con no dar de alta a un empleado del hogar teniendo tú la obligación de hacerlo porque puedes ser sancionado con una multa que oscila entre 626 y 6.250 euros.

¿Cuánto cobra una empleada doméstica por 5 horas diarias?

¿Cuánto cobrarán las empleadas domésticas en abril, mayo y junio de 2023? A través de la, publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo oficializó los nuevos montos por horas y mensuales de las diferentes categorías de trabajadores del servicio doméstico para los meses de, mayo y junio,

  1. Allí figuran el valor hora actualizado y los montos para los meses próximos, de acuerdo a la más reciente negociación paritaria que anunció la Comisión Nacional de Trabajadores de Casas Particulares y que es del 27 por ciento no acumulativo respecto del salario de marzo de 2023.
  2. La resolución tiene por objetivo “fijar un incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el personal” de dicho sector.

Además, según figura en la normativa, estas adecuaciones salariales “serán de aplicación en todo el territorio de la Nación”.

  • De esta manera, en abril los trabajadores de casas particulares reciben un incremento del 14 por ciento; en mayo un nuevo aumento del 7 por ciento; y en junio, una suma adicional del 6 por ciento.
  • Culminados estos ajustes, está previsto que en julio el gremio se vuelva a reunir para definir las actualizaciones y porcentajes de los meses siguientes que también formarán parte de la paritaria por el período 2022-2023.
  • En todos los casos, se trata de un valor mínimo de referencia para el pago del salario de cada categoría, según la tarea que desempeñe el empleado y la modalidad en la que haya sido contratado.
  • Supervisores:
  • Personal para tareas específicas:

Los montos por hora y mensuales para abril de 2023 Shutterstock

  1. Caseros:
  2. Asistencia y cuidado de personas:
  3. Personal para tareas generales:
  4. Supervisores:
  5. Personal para tareas específicas:
  6. Caseros:

Así serán los montos de cada categoría para mayo de 2023 shuttestock – Shutterstock

  • Asistencia y cuidado de personas:
  • Personal para tareas generales:
  • Supervisores:
  • Personal para tareas específicas:
  • Caseros:
  • Asistencia y cuidado de personas:
  • Personal para tareas generales:

Pasos para dar de alta a una empleada doméstica en AFIP

  1. En caso de corresponder, a los valores de cada mes se debe anexar el concepto de adicional por zona desfavorable, que corresponde al 30 por ciento del salario,
  2. Esto aplica a las siguientes provincias y localidades: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y al Partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires.

LA NACION Conforme a los criterios de : ¿Cuánto cobrarán las empleadas domésticas en abril, mayo y junio de 2023?

¿Cuántas horas a la semana debe trabajar una empleada doméstica?

Jornada de trabajo no superior a ocho horas diarias, si es un trabajo interno ésta no supera las 10 horas diarias. Suministro de calzado y vestido de labor al trabajador doméstico cada cuatro 4 meses, en forma gratuita, consistente en un par de zapatos y un vestido de labor.

¿Cuánto es el sueldo de empleada doméstica por 8 horas?

Cuánto se paga el mes, según cada categoría, por 8 horas de trabajo con y sin retiro: Para la quinta categoría, empleadas para tareas generales: $ 95.345 con retiro; y $ 106.023 sin retiro.

¿Cuánto es el salario mínimo de una empleada doméstica en España?

¿Cuánto cobra una empleada de hogar por 8 horas? –

  • Como mencionamos, lo que corresponde a un trabajo de 40 horas semanales u 8 horas por día, 5 días por semana, es que la empleada doméstica en España no cobre menos de 1081 euros,
  • No obstante, al no haber un régimen propio del servicio doméstico en ese país como ocurre en la Argentina, lo que cobra una empleada doméstica en España oficialmente no se divide por hora.
  • Pero de acuerdo al portal especializado Cuideo, aseguran que lo que se debe hacer en estos casos es que el salario mensual a percibir por la empleada doméstica en España es el proporcional al SMI por jornada completa, es decir, es un sueldo por hora.

El salario por hora que le corresponde a una en 2023 es de 7,875 euros brutos, Esta cifra se calcula al multiplicar el valor de hora de trabajo por la cantidad de horas de servicio. Empleada doméstica en España: cuánto cobra por hora en 2023 Y al hacer esta cuenta proporcional, en ese país no se toma en cuenta de si se trata de horas extras o si se trabaja en fin de semana. El valor de lo que cobra una empleada doméstica en España por hora sería el mismo independientemente del día de la semana en el cual preste tareas.

La tabla elaborada por Cuideo consigna el pago de 1.080 euros en bruto por semanas de 40 horas semanales, de 945,60 euros en el caso de que trabaje 35 horas; de 540,34 euros para la empleada doméstica en España que trabaja Part time (20 horas semanales), y 135,09 euros para la que trabaja solo 5 horas a la semana.

A estas cifras en bruto, claro, se le deben efectuar los descuentos para pasarlas a neto, y también calcular el costo del pago a la seguridad social, tanto para el empleador como para la empleada doméstica en España.

¿Qué pasa cuando la empleada doméstica se jubila?

Salario actual, aguinaldo, obra social, ART, licencias, viáticos, horas extra. Todo lo que necesitás saber para no perder de vista los derechos y obligaciones del empleado y del empleador. Conversamos sobre estos temas con Gustavo J. Gallo, abogado y titular del estudio Gallo & Asociados, Diego Cabral, abogado y socio de IMON Protección legal, María del Huerto Balza, Gerente Outsourcing de BDO Argentina, y Diego Cutignola, contador del Estudio Cutignola y responsable del sitio web El Servicio Doméstico,

*** Seguí leyendo todo lo que tenés que saber sobre el aumento del 33% a las empleadas domésticas en 2016 *** Pensando en los derechos y obligaciones del empleado. ¿Cuál es el salario actual de una empleada doméstica, en función de su horario y responsabilidades? A partir de junio estará vigente un aumento en los aportes, por lo que aquellas personas contratadas para desempeñar tareas generales -como limpieza y mantenimiento del hogar- (son la mayoría de las empleadas) deberán cobrar un salario mensual de $5.358 (por hora $43).

Para aquellas sin retiro (es decir, que trabajan y viven en el domicilio de su empleador), el salario mínimo mensual debe ser de $5.958 (por hora $46). En forma detallada, los salarios mínimos del personal de casas particulares deberán ser los siguientes: 1 – Supervisor/a (coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo).

Personal con retiro: por hora $52, por mes $6.573. Personal sin retiro: por hora $57, por mes $7.322.2 – Personal para tareas específicas (cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar esa labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo).

Personal con retiro: por hora $49, por mes $6.107; personal sin retiro: por hora $54, por mes $6.798.3 – Caseros (tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo). Por hora $46, por mes $5.958.4 – Asistencia y cuidado de personas (asistencia y cuidado no terapéutico de personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adultos mayores).

  1. Personal con retiro: por hora $46, por mes $5.958; personal sin retiro: por hora $52, por mes $6.640.5 – Personal para tareas generales (tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar).
  2. Personal con retiro: por hora $43, por mes $5.358; personal sin retiro: por hora $46; por mes $5.958.

*** Seguí leyendo: Entrevista con la niñera: las preguntas que no pueden faltar *** ¿Varía el sueldo según la actividad que desempeña la empleada, por ejemplo, si solo cuida a los niños, o si también cocina y/o limpia? Como dijimos, hay cinco categorías de empleados.

Si se desempeñan dos categorías, debe abonarse siempre por la categoría de mayor valor. El cuidado “genérico” de niños queda comprendido en las tareas generales (número 5). ¿De qué se trata el reciente aumento en los aportes? Mediante la Resolución N° 3848, la AFIP estableció nuevos importes para el pago de las cargas sociales; puntualmente, se aumentó el aporte a la obra social.

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Con dicho aumento y a partir de junio, el total de cargas sociales a pagar será de $684 (que corresponden al aporte de la obra social por $419, contribuciones por $35, ART por $230) para un empleado que trabaja 8 horas diarias, de lunes a viernes. A continuación, las escalas completas: ¿L a empleada puede elegir la obra social? Más allá de la Obra Social del Personal Auxiliar de Casas Particulares ( O.S.P.A.C.P.), los empleados pueden elegir entre una variedad de obras sociales (el listado completo de las habilitadas se puede encontrar en la Superintendencia de Servicios de Salud ).

  • Sin embargo, suele haber problemas a la hora de elegir una alternativa, ya que suelen rechazarlas o poner trabas para afiliarlas.
  • Gustavo J.
  • Gallo explica que las otras obras sociales “no aceptan el cambio porque las cargas sociales son más bajas”.
  • El contador Diego Cutignola dice que, “si bien pueden acceder a todas las obras sociales que figuran en el listado, lo que ocurre en la práctica es que les ponen muchas trabas al momento de querer afiliarse para que no puedan hacerlo.

Informalmente, te dicen que es porque se aporta muy poco y que no cubren los costos de la obra social. Es informal, ya que no pueden rechazar afiliaciones, entonces la complican”. El abogado Diego Cabral, por su parte, dice que “es una triste realidad” y dice que “los servicios, coberturas y prestaciones de esas obras sociales son muy limitados y de baja calidad”.

Además, Gallo agrega que “O.S.P.A.C.P. tiene insuficientes servicios fuera de Capital Federal”, con lo que coincide Cutignola: “Fuera de Capital Federal es difícil contar con servicio de la obra social del personal doméstico: no existe”. En caso que los empleados quieran incorporar a la obra social al grupo familiar (hijos y familiares a cargo) pueden hacerlo abonando un aporte adicional por cada uno de ellos.

¿Y qué pasa con el aguinaldo? Se cobra como todo trabajador: la mitad del mejor sueldo mensual del semestre. Se abona en la en la última jornada laboral del mes de junio y del mes de diciembre. Si la prestación de servicios es menor a los seis meses, deberá liquidarse en forma proporcional a los meses trabajados.

¿Qué período de vacaciones le corresponde a la empleada? ¿Desde cuándo? ¿Cómo cambia con los años? Desde los seis meses de antigüedad la empleada tiene derecho a vacaciones pagas de 14 días corridos. Éstas aumentan a 21, 28 y 35 días cuando la antigüedad supera 5, 10 ó 20 años respectivamente. ¿Cómo se determina la antigüedad? Se considera el tiempo trabajado al 31 de diciembre de cada año.

¿Cómo se cuentan las vacaciones? A partir del día lunes o del primer día semanal de trabajo habitual. Se pueden tomar desde el 1° de noviembre hasta el 31 de marzo de cada año y se pueden fraccionar a pedido de la empleada para su goce en otras épocas del año.

  • Por otro lado, el pago de las retribuciones correspondientes a las vacaciones debe garantizarse antes del comienzo de las mismas.
  • ¿Qué pasa cuando la empleada no cumplió los primeros 6 meses de trabajo al 31 de diciembre? La ley establece que se debe otorgar un día de descanso por cada 20 días de trabajo efectivo, que serán gozados en días corridos.

*** Seguí leyendo: El trabajo invisible: el 27% de las adultas mayores cuidan niños sin ser remuneradas *** ¿Cómo se calcula la indemnización? En caso de despido sin justa causa se debe pagar una suma equivalente a un mes de sueldo por cada año de antigüedad o fracción mayor de tres meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual ganada en el último año o durante el tiempo de prestación de servicio si éste fuere menor.

En ningún caso la indemnización podrá ser inferior a un mes de sueldo. ¿Están contempladas las licencias por maternidad, por ejemplo, o por enfermedad de algún familiar? En relación a la maternidad, las empleadas domésticas tienen la misma protección de toda dependiente: 90 días corridos durante el pre y pos parto, prohibición de despido sin causa durante siete meses y medio antes y después del parto e indemnización especial equivalente a un año de remuneraciones en caso de violación de tal prohibición.

Además, la ley N° 26.844 contempla las siguientes licencias especiales: – Por nacimiento de hijo en el caso de trabajador varón: 2 días corridos. – Matrimonio: 10 días corridos. – Fallecimiento de cónyuge o conviviente, de hijos o padres: 3 días corridos.

  • Fallecimiento de hermano: 1 día.
  • Para rendir examen: 2 días corridos por examen, máximo 10 días por año calendario.
  • Sólo para aquellas/os trabajadoras/es que presten servicios por 16 horas o más.
  • En los demás casos la licencia es proporcional al tiempo de trabajo semanal.
  • ¿Cómo es el tema de la edad? ¿Pueden trabajar como empleadas domésticas hasta cualquier edad, incluso más allá de los 60? En cuanto a la edad mínima, está prohibida la contratación de menores de 16 años y a los adolescentes de 16 y 17 años no se los puede contratar bajo la modalidad “sin retiro” (es decir, que residan en el domicilio donde cumplen las tareas) y en los casos “con retiro”, la jornada de trabajo no puede superar las seis horas diarias o las 36 horas semanales.

En cuanto a la edad máxima, no hay restricción, es decir, un empleador puede contratar una persona jubilada o si la empleada se jubila durante la relación laboral puede continuar trabajando. En este último caso, no se abonarán los aportes sino que solo se abonarán las contribuciones.

Seguí leyendo: ¿Cuánto vale el trabajo del hogar? *** ¿Dónde debe reclamar en caso de que no se estén respetando sus derechos? Puede hacerlo gratuitamente ante el Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, que queda en Av. Callao 110/114, de 9 a 13 horas. Puede comunicarse por teléfono al 0800-666-4100 (opción 1 y luego opción 5) o por mail a [email protected].

¿En qué casos las empleadas siguen cobrando la Asignación Universal por Hijo? Tal como se explica en el sitio web de la ANSES, la Asignación Universal por Hijo es un derecho que les corresponde cobrar a “todos los desocupados y monotributistas sociales; y a los trabajadores no registrados y de servicio doméstico que ganen igual o menos del salario mínimo, vital y móvil”.

A mediados de 2015 se oficializó un salario mínimo de $5.588 ($27,94 por hora). ¿Qué puede hacer una empleada doméstica en caso de que no se estén respetando sus derechos? El personal doméstico debe hacer valer sus derechos. En caso que no se cumplan, la empleada deberá mandar un telegrama gratuito (según la Ley 23.789) solicitando que su empleadora aclare y regularice su situación laboral.

Generalmente, esto se hace cuando el vínculo con la dadora de trabajo ya está quebrado. Pensando en los derechos y obligaciones del empleador. Además de porque es obligatorio y es un derecho de la empleada, ¿cuáles son las “ventajas” de poner en blanco a la trabajadora doméstica? Si bien es un derecho que la empleadora blanquee la situación laboral de todas las empleadas, se pueden destacar estas ventajas: – Para la empleada doméstica: aportes para su jubilación y una obra social, vacaciones, aguinaldo y mayor calidad de vida, porque posee licencias por enfermedad o maternidad, ART y beneficios en entidades bancarias.

Para la empleadora: fortalece su vínculo con ella y genera una relación de confianza mutua, minimiza los riesgos laborales ante posibles reclamos, queda respaldada en el caso de accidentes de la empleada (ya que mensualmente abona un seguro para hacer frente a dicha contingencia) y puede deducir del impuesto a las ganancias lo abonado a la empleada como retribución por su trabajo y las contribuciones de la seguridad social hasta el monto tope que establece la Ley del Impuesto a las Ganancias.

¿De qué manera se deja constancia del pago mensual? ¿Hay un recibo de sueldo? Para dejar constancia del pago de la remuneración, se utiliza el formulario 102/RT que se baja del sitio web de la AFIP y es necesario confeccionar, además, un recibo de sueldo.

  1. Allí, se deben discriminar el Ingreso Bruto Mensual y el neto a pagar (que es lo que percibe en mano), además de los conceptos abonados (por ejemplo, horas extras, vacaciones, presentismo, aguinaldos, gratificaciones, viáticos, etc.).
  2. En su sitio web, la AFIP sugiere un modelo de recibo de sueldo, pero se puede usar cualquier modelo de recibo, siempre y cuando cumpla con las obligaciones establecidas en la Ley de Contrato de Trabajo.

Siempre se debe entregar un recibo de sueldo y no es reemplazable por otro documento. Si en algún momento de la relación laboral se cambia la cantidad de horas semanales que trabaja la empleada doméstica (se disminuyen o se aumentan), ¿debe dejarse constancia de esto en algún lado para evitar problemas? Conviene dejar constancia escrita ante el Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

Cuando cambian las horas semanales de trabajo (aumentan o bajan), la empleadora puede modificar el sueldo de acuerdo a estas situaciones. Esto lo tiene constatar en el recibo de sueldo y hacer la modificación pertinente en la AFIP. *** Seguí leyendo: Entrevista con la niñera: las preguntas que no pueden faltar *** ¿El empleador debe abonar los viáticos a la empleada aparte del sueldo? La reglamentación no establece nada al respecto, pero si el empleador desea abonarlos puede hacerlo.

En ese caso, deberá dejarlos detallados en el recibo de sueldo del empleado, ya que forman parte de la remuneración. ¿Cómo es el tema de la ART, es obligatoria? ¿De qué sirve contratar una ART, es decir, de qué temas se encargaría? La contratación de la ART es obligatoria para todos los empleadores.

Se encarga de asesorarlos en las medidas de prevención y de reparar los daños económicos en casos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que sufran sus empleados. Es decir que, en caso de accidentes laborales, la aseguradora de riesgos de trabajo, reintegrará al empleador el salario del empleado mientras se encuentra con licencia por accidente.

Las sumas que se deben abonar en concepto de ART son montos fijos en función de las horas semanales que trabaje, independientemente de la tarea y edad empleado: si trabaja menos de 12 horas semanales, le corresponderá $130, de 12 a 16, $165, y 16 horas o más, $230.

  1. ¿Cuándo se consideran horas extra? Las horas extras serán cuando el trabajador preste servicios en horas suplementarias, es decir, cuando se supera la jornada legal, que no puede ser superior a las 9 horas diarias ni a las 48 horas semanales.
  2. En ese caso, el empleador deberá abonar un recargo del 50% calculado sobre el salario habitual si se tratare de días comunes y del 100% en días sábados después de las 13 horas, y días domingo y feriados.
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¿Qué hacer si la empleada se rehúsa a que la pongan en blanco? “Es obligación del empleador registrar la relación laboral. Por eso, si la empleada se niega, deberá buscar otro trabajador”, dicen los especialistas. Seguí leyendo: * ¿Cómo ser despedida del trabajo por culpa de las redes sociales? * El trabajo invisible: el 27% de las adultas mayores cuidan niños sin ser remuneradas * Riesgos laborales “femeninos”: cuáles son y cómo afrontarlos

¿Cuánto cobra una niñera por 4 horas 2023?

¿Cuánto se le paga a una niñera por hora en mayo 2023? – De acuerdo con el Departamento de Trabajo, una persona que asiste o cuida a otra persona tiene derecho a las siguientes cantidades:

Por hora con retiro: $751 Por hora sin retiro: $842

¿Cuándo se le paga el aguinaldo a las empleadas domésticas?

¿​Cuándo se debe pagar el aguinaldo de la empleada doméstica en 2023? – El Sueldo Anual Complementario se divide en dos pagos : un medio aguinaldo en junio y el otro en diciembre, Cada medio aguinaldo corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador dentro de cada uno de los semestres. El Sueldo Anual Complementario se divide en dos pagos, el primero en junio y el otro en diciembre. Foto: Shutterstock. Según lo dispuesto por la Ley 26.844, la fecha tope para paga r la primera cuota del aguinaldo es la última jornada laboral del mes de junio, La primera cuota del aguinaldo se paga en la última jornada laboral de junio. Foto Shutterstock.

¿Cuánto se está pagando la hora de limpieza?

Personal para tareas generales: –

Por hora con retiro: $777 Por hora sin retiro: $838 Mensual con retiro: $95.345,5 Mensual sin retiro: $106.023

La hora para el personal de limpieza en mayo es de $740 sin retiro y $798 con retiro.

¿Quién paga los aportes y contribuciones?

Aportes y contribuciones – ¿Quién debe realizar tus aportes y contribuciones?

Los aportes están a tu cargo. Las contribuciones están a cargo de tu empleador. Los importes a pagar en concepto de aportes y de contribuciones se determinan de acuerdo con la cantidad de horas trabajadas.

¿Cuánto cuesta una señora de la limpieza?

Lo que las patronas dicen sobre las trabajadoras del hogar Por Ana Farías es una plataforma que tenemos en para que trabajadoras del hogar accedan a empleos bien remunerados en Jalisco. Los que se les pagan van desde 365 pesos hasta 668 pesos al día, dependiendo de la cantidad de horas que trabajen, y fueron determinados por ellas mismas luego de recibir capacitación sobre sus derechos, protocolos de seguridad, habilidades de negociación y cálculo de salarios.

  • Por ahora, nosotras gestionamos la plataforma pero próximamente iniciarán las capacitaciones para que sean las trabajadoras del hogar quienes lo hagan.
  • Crédito: Mariana Barroso
  • Cada semana recibimos llamadas de personas interesadas en contratar a una trabajadora. Éstos son algunos de los comentarios que hemos escuchado de las empleadoras:
  • “Está muy caro. Yo pago $1200 a la semana”

Muchas empleadoras están acostumbradas a fijar el monto que le ofrecerán a la trabajadora. El problema es que esos montos suelen fijarse de forma arbitraria. Lo más común es basarse en lo que pagan las demás empleadoras, pero ¿cómo supieron ellas cuánto pagar? Incluso cuando la trabajadora fija su tarifa, ésta tiene que adecuarse a los estándares del mercado porque si es más elevada corre el riesgo de que no la contraten, dado que hay muchas opciones más económicas.

  1. Esto significa que tiene todos los incentivos para cobrar menos de lo que debería.
  2. ¿Tienen muchachas de planta?” Para quienes trabajan en esta modalidad que consiste en quedarse a dormir en la casa en la que trabajan, la ley permite tener jornadas de 12 horas.
  3. Es decir, 4 horas más que en otro tipo de trabajo.

Esto significa que esas 4 horas adicionales no se pagan extra. En Parvada creemos que si alguien siente que necesita a una trabajadora viviendo en su casa es porque no todos están haciendo su parte de las tareas de cuidados. Y ese alguien probablemente,

  1. Crédito: Julio Arriaga
  2. “¿Ese precio es sólo por limpieza?”
  3. Hay empleadoras que consideran que debe haber una tarifa única sin importar las tareas que se realicen, cuando en el mercado se paga de forma diferenciada la cocina, el lavado, el planchado y el cuidado de personas.
  4. “Me gustaría que viniera una vez a la semana, 6 horas, no, mejor 8”.

Cuando recibimos esta petición, le explicamos a la empleadora que el monto del pago cambiaría significativamente entre una opción y otra porque una jornada de 8 horas implicaría que la trabajadora no podría tener otra fuente de ingreso. A la empleadora le pareció justo y así fue como colocamos a una trabajadora por 668 pesos, por una jornada de 8 horas.

Dado el panorama laboral de este sector, este caso nos da un poco de esperanza. ” Muy señoras mías. Veo que no existen porque no contestan el teléfono” Recibimos este mensaje de una mujer que llamó insistentemente en domingo y no obtuvo respuesta porque era día de descanso. Una de las peticiones más frecuentes al contratar trabajadoras del hogar es que deben ser de confianza, pero tal como lo muestra este caso, a veces quien contrata no hace lo propio.

¿Qué confianza puede dar alguien que exige que se le conteste el teléfono para atender un asunto laboral en día de descanso?

  • Crédito: Julio Arriaga
  • “En la agencia que usaba antes pagaba 340 pesos”

¿Y? Son sólo 20 pesos de diferencia y acá todo el pago es para las trabajadoras. Resulta increíble que haya personas dispuestas a regatear esa cantidad. “Yo le pagaba bien pero la agencia le quitaba el 60 por ciento, entonces lo que ganan al final no es tanto.

Me gustaría un esquema más justo”. Éste es el modelo de empleadora al que aspiramos: una que sepa que las agencias de colocación incentivan la explotación laboral y que la remuneración por el trabajo debe ser justa. “Estoy segura que lo dejé en este lugar” Una empleadora le llamaba en horas no laborales a una trabajadora porque no encontraba alguna cosa.

Varias veces. Y le enviaba fotos de cómo había dejado las cosas por la mañana y cómo las encontró al llegar a casa después de trabajar. La trabajadora sintió que, sin decirlo, la estaba acusando de robo y después de varias llamadas insistentes, renunció.

  • Yo me pongo en contacto con ustedes después” Esto es lo que más se repite.
  • Aproximadamente una de cada 10 llamadas se traduce en trabajadoras efectivamente colocadas.
  • En el marco del Día Internacional de la Trabajadora del Hogar (30 de marzo) hemos estado realizando un experimento que consiste en posar como una agencia de colocación que ofrece servicios de 8 horas con todas las actividades del hogar incluidas por $150.

El teléfono no ha dejado de sonar porque hay muchas interesadas que, a pesar de vivir en colonias de clase alta, les parece adecuado pagar ese sueldo. La diferencia con Profesionales de la Limpieza es significativa y apunta a algo que todas sabemos pero que no se suele decir en voz alta: la explotación laboral se ve como algo normal.

  • Nos queda claro que hay mucho por hacer.
  • El trabajo del hogar y de cuidados y su reparto es una de las manifestaciones más flagrantes de la desigualdad entre los sexos, pero también entre estratos socioeconómicos.
  • Es decir, que no sólo hay una diferencia en las horas invertidas por hombres y mujeres, sino también entre las propias mujeres en función de su ingreso.

Además de las necesarias reformas legislativas y de política pública, que le corresponden al Estado, hace falta que la sociedad se sume. Hay dos formas concretas de hacerlo. La primera es repartiendo equitativamente el trabajo en el hogar, de tal forma que cada vez menos mujeres nos veamos en la necesidad de depender de alguien más que lo haga por nosotras.