Impuestos Para No Residentes En Estados Unidos

¿Qué impuestos paga un no residente?

Tributación de los no residentes – La clave de este asunto está en que ser residente fiscal en España o en el extranjero conlleva obligaciones tributarias diferentes.

Los contribuyentes que tienen la residencia fiscal en España tributan por su renta mundial. En cambio, los que residen en el extranjero solo tributan en España por las rentas que se consideren obtenidas en territorio español.

La declaración de los no residentes será a una tasa impositiva entre el 19% y el 24%, de acuerdo al tipo de ingresos y país donde resida. Para el cálculo se toman los ingresos obtenidos en España por actividades económicas, posesión de una segunda residencia, pensiones y rentas de capital inmobiliario.

¿Cuánto paga de impuestos un extranjero en USA?

Ingresos por intereses – Los ingresos por intereses son los ingresos obtenidos por un préstamo por el uso de tus fondos durante un período de tiempo. Los intereses de depósito en cuentas bancarias estadounidenses no están sujetos a impuestos para los no residentes, pero deben declararse en el Formulario 1042-S.

  • Otros tipos de ingresos por intereses de cualquier otra fuente de los EE. UU.
  • Pagados a un extranjero no residente se gravan al 30% (o una tasa de impuestos menor, si corresponde).
  • El beneficiario efectivo puede reclamar la tasa impositiva más baja según el tratado tributario mediante la presentación del formulario W-8BEN ante el agente de retención (pagador de los intereses).

El beneficiario final es la persona física que posee o controla una empresa, un fideicomiso o una fundación. Esta es la persona que disfruta de los beneficios de la propiedad aunque el título de alguna forma de propiedad esté a otro nombre.

¿Cuando un no residente está obligado a declarar?

no residentes a declarar por patrimonio ¿NO RESIDENTES A DECLARAR RENTA POR PATRIMONIO? Desde años atrás, siempre hemos conocido que las personas naturales no residentes de acuerdo al artículo 10 del ET., que durante el año gravable no hubiesen obtenido rentas o ganancias ocasionales, o como lo establece el numeral 2 del artículo 592 del ET., ” cuando la totalidad de sus ingresos hubieren estado sometidos a la retención en la fuente de que tratan los artículos no estaban obligadas a presentar declaración de renta así tuviesen un patrimonio en el territorio nacional; pues bien, el concepto unificado 912 del 19 de julio de 2018 emitido por la DIAN, pareciese que cambia el rumbo de esta doctrina y establece, que independiente que se tengan o no ingresos durante el año gravable, se debe observar el nivel de patrimonio bruto para determinar si supera el tope de los 4.500 UVT y definir si está o no obligado a declarar renta en Colombia.

A esta conclusión se llega luego de leer apartes del descriptor 3.1 del concepto unificado 912 del 19 de julio de 2018, corregido con el concepto 915 del 23 de julio de 2018 en el que se dice: “Es necesario destacar el numeral 1 del artículo 592 del ET., el cual dispone que una persona natural (residente o no) no tendrá que declarar cuando sus ingresos sean inferiores a 1.400 UVT y el patrimonio bruto no exceda de 4.500 UVT.

De lo anterior, es claro que la norma exige que se cumplan ambas condiciones, es decir, los topes para ingresos como para patrimonio, a efectos de determinar si la persona natural está o no obligada a declarar. Lo anterior sin perjuicio de los establecido en el numeral 2 del artículo 592 del ET.” Es decir, la DIAN da a entender que cuando un no residente no recibió ingresos en Colombia pero posee un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT en el territorio nacional, dicha persona natural estaría obligada a presentar la declaración de renta, con la consecuencia de tener que liquidar la renta presuntiva si llegara a existir en ese año gravable y pagar el respectivo impuesto.

_ Recientemente actualizamos este artículo escrito en agosto de 2018, dado que en octubre de 2018 fue publicado el concepto 1364 del 29 de octubre de 2018 en el que modifican el concepto 912 y concluyen: Así las cosas, las personas naturales no residentes en el territorio nacional, no serán responsables de presentar la declaración de renta en los siguientes casos:

1. Poseer patrimonio y haber obtenido en el respectivo año gravable ingresos en el país sobre los cuales se haya practicado retención en la fuente según los conceptos previstos en los artículos 407 a 411 del E.T.2. Poseer patrimonio y no haber obtenido ingresos en el país.3.

  1. No poseer patrimonio en el país y haber obtenido en el respectivo año gravable ingresos en el país sobre los cuales se haya practicado retención en la fuente prevista según los conceptos previstos en los artículos 407 a 411 del E.T.
  2. En su totalidad.4.
  3. Lo anterior siempre y cuando no se configuren los supuestos de hecho previstos en los artículos 20-1 y 20-2 del Estatuto Tributario en relación con los establecimientos permanentes.

_ Dado lo anterior, el numeral 2 indicaría que así tenga patrimonio superor a los 4.500 UVT, si no obtuvo ingresos en Colombia no estaría obligado a declarar, esto sin tener en cuenta el tope de 1.400 UVT, es decir, por ejemplo, si una personas natural no residente durante el año gravable tiene un patrimonio de 500 millones, pero tienen una cuenta de ahorros que le generó un rendimiento financiero de diez mil pesos durante el año, le tocaría presentar la declaración, por tener ingresos sin tener en cuenta topes.

A no ser que esos rendimientos hubiese estado sometido a las retefuentes de los art.407 a 411 del ET, caso en el cual no le obligaría a presentar las declaración. De todas maneras, en nuestra opinión el tema sigue estando algo ambiguo y se escuchan varias interpretaciones por parte de tributaristas sobre esta obligación de declarar por parte de los no residentes.

: no residentes a declarar por patrimonio

¿Qué son los no residentes?

Fin. Persona física (salvo personal diplomático) o jurídica con residencia habitual o domicilio social en el extranjero, así como la sucursal y establecimiento permanente en el extranjero de personas físicas o jurídicas residentes en España.

¿Cuál es el monto minimo para declarar impuestos en USA?

Declaración de impuestos en EEUU: ¿cuál es la cantidad mínima de ganancias anuales para presentarla? – Cada año, el IRS actualiza una tabla de ingresos de acuerdo a estados civiles para efectos fiscales, así como edad del contribuyente. Si una persona iguala o supera estas cantidades, por ley, debe presentar su declaración y pagar impuestos.

Solteros menores de 65 años: $12,950 dólares Solteros de 65 años o más: $14,700 Cabeza de familia menor de 65 años de edad: $19,400 Cabeza de familia de 65 años o más: $21,150 Casado que presenta una declaración conjunta, menor de 65 años de edad (ambos cónyuges): $25,900 Casado que presenta una declaración conjunta, de 65 años de edad o más (un cónyuge): $27,300 Casado que presenta una declaración conjunta, de 65 años de edad o más (ambos cónyuges): $28,700 Casado que presenta una declaración por separado de cualquier edad: al menos $5 Cónyuge sobreviviente calificado menor de 65 años: $25,900 Cónyuge sobreviviente calificado, de 65 años o más: $27,300

Para más información, visita el portal web del Servicio de Impuestos Internos (IRS). Es importante mencionar que las personas que no están obligadas a presentar su declaración de impuestos pueden hacerlo. Esto podría resultar conveniente, ya que les permitiría acceder a diversas ayudas y créditos fiscales, a los cuales no podrían acceder sin declarar impuestos.

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¿Cómo saber si debo pagar impuestos en Estados Unidos?

Use la herramienta en línea del Servicio de Impuestos Internos (IRS, sigla en inglés) para saber si su estado civil y sus ingresos le obligan a presentar una declaración de impuestos. Es posible que no tenga que presentar una declaración federal de impuestos si su ingreso es inferior a cierta cantidad.

¿Quién debe pagar impuestos en USA?

Umbrales de presentación del año tributario 2022 por estado civil –

Estado civil Edad del contribuyente al final de 2022 Un contribuyente debe presentar una declaración si su ingreso bruto fue al menos:
soltero menos de 65 años de edad $12,950
soltero 65 años de edad o más $14,700
cabeza de familia menos de 65 años de edad $19,400
cabeza de familia 65 años de edad o más $21,150
casado que presenta una declaración conjunta menos de 65 años de edad (ambos cónyuges) $25,900
casado que presenta una declaración conjunta 65 años de edad o más (un cónyuge) $27,300
casado que presenta una declaración conjunta 65 años de edad o más (ambos cónyuges) $28,700
casado que presenta una declaración por separado cualquier edad $5
cónyuge sobreviviente calificado menos de 65 años de edad $25,900
cónyuge sobreviviente calificado 65 años de edad o más $27,300

Estado de trabajo por cuenta propia. Los individuos que trabajan por cuenta propia deben presentar una declaración anual y pagar impuestos estimados trimestralmente si tuvieron ganancias netas del trabajo por cuenta propia de $400 o más. Estado como dependiente,

Ingresos del trabajo, Esto incluye sueldos, salarios, propinas, honorarios profesionales y otras cantidades recibidas como pago por el trabajo realmente realizado. Ingresos no ganados, Se trata de ingresos de tipo inversión e incluye intereses, dividendos y ganancias de capital, alquileres, regalías, etc. Las distribuciones de intereses, dividendos, ganancias de capital y otros ingresos no ganados de un fideicomiso también son ingresos no ganados para un beneficiario del fideicomiso.

Un padre o tutor debe presentar una declaración de impuestos para los dependientes que deben presentar, pero no pueden presentar por sí mismos. Beneficios potenciales cuando los contribuyentes presentan una declaración de impuestos: Se le devuelve dinero.

  • En algunos casos, es posible que se le devuelva dinero cuando presenta su declaración de impuestos.
  • Por ejemplo, si un empleador retuvo impuestos de su cheque de pago, es posible que se le adeude un reembolso cuando presente sus impuestos.
  • Evite intereses y multas.
  • Es posible que evite acumular intereses y multas si presenta a tiempo una declaración de impuestos precisa y si paga todo impuesto que adeuda de la manera correcta antes de la fecha límite (en inglés),

Incluso si no puede pagar, debe presentar la declaración a tiempo o solicitar una extensión para evitar adeudar más dinero. Solicite asistencia económica. Al solicitar ayuda financiera, es posible que los estudiantes deban proporcionar información de la cuenta de impuestos de su declaración de impuestos o la de sus padres.

  • La Herramienta de Recuperación de Datos del IRS permite a las personas que completan la Solicitud Gratuita de Ayuda Federal para Estudiantes transferir de manera fácil y segura sus datos de su declaración de impuestos a su formulario FAFSA.
  • Aumente sus beneficios del Seguro Social.
  • Reclamar los ingresos del trabajo por cuenta propia en su declaración de impuestos garantiza que se incluyan en el cálculo de sus beneficios.

Los ingresos no declarados pueden dar lugar a un cálculo incorrecto. Obtenga un panorama preciso de sus ingresos, Cuando los contribuyentes informan con precisión todos sus ingresos, les dan a los prestamistas una imagen financiera precisa para determinar los montos y las tasas de préstamos que el contribuyente debería tener derecho a recibir.

¿Quién paga más impuestos en Estados Unidos?

¿En qué estados de Estados Unidos se pagan más y menos impuestos? – De acuerdo con el último informe disponible de Tax Foundation, grupo de expertos en política tributaria, correspondiente al año calendario 2022, los 10 estados con las cargas de impuestos más altas son:

Nueva York (15,9%) Connecticut (15,4%) Hawai (14,1%) Vermont (13,6%) California (13,5%); Nueva Jersey (13,2%) Illinois (12,9%) Virginia (12,5%) Delaware (12,4%) Maine (12,4%)

Por otro lado, los estados con las tasas de impuestos más bajas son:

Alaska (4,6%) Wyoming (7,5%) Tennessee (7,6%) Dakota del Sur (8,4%) Michigan (8,6%) Texas (8,6%) Dakota del Norte (8,8%) Georgia (8,9%) Carolina del Sur (8,9%) Oklahoma (9,0%)

Te puede interesar: ¿Qué estados tienen el mayor reembolso de impuestos promedio en 2023? Según los datos de Tax Foundation sobre la carga tributaria per cápita, esto es lo que paga una persona en los estados con los impuestos más altos:

Nueva York: $12,083 Connecticut: $12,151 Hawai: $8,410 Vermont: $7,958 California: $10,167 Nueva Jersey: $9,648 Illinois: $8,390 Virginia: $7,979 Delaware: $7,170 Maine: $6,906

Por otro lado, así es la carga tributaria per cápita en los estados con los impuestos más bajos:

Alaska: $2,943 Wyoming: $4,691 Tennessee: $4,036 Dakota del Sur: $5,196 Michigan: $4,720 Texas: $4,994 Dakota del Norte: $5,403 Georgia: $4,862 Carolina del Sur: $4,596 Oklahoma: $4,527

¿Cuánto es la retencion de no residente?

Real Estate Law/ Sucesoral / Construction Law/ Social Security /Notary – Fecha de publicación: 19 de ago de 2020 Si eres corredor de bienes raíces seguro te has encontrado con un cliente que va a vender su propiedad porque se ha mudado a los Estados Unidos o es un heredero que reside fuera del país.

  • En estos casos debes informarles a tus clientes sobre la posibilidad de que el Estado le retenga un porciento de la ganancia de capital que pueda generarse en la transacción.
  • La ganancia se genera si la venta del inmueble se realiza por un valor mayor al precio de adquirir la propiedad.
  • El Código de Rentas Internas regula la forma y manera en que funciona la retención en el origen para los vendedores no residentes en Puerto Rico.

La sección 1062.08. (g) del Código expresa que la obligación de retener es del que compra la propiedad, Si el no residente es ciudadano americano la retención sería de un 15% y si no es ciudadano americano la retención seria del 25%. El precio de compra para efectos de este tipo retención es el siguiente: La totalidad del precio de venta reducido por: (A) el precio de adquirir de la propiedad, según conste en la escritura pública o documento privado original de adquisición del vendedor; (B) los honorarios del notario, los sellos de rentas internas de las escrituras y los aranceles del Registro de la Propiedad correspondiente a la cancelación de hipotecas pagados por el vendedor ; (C) la comisión pagada por el vendedor a un corredor de bienes raíces con respecto a la compraventa de la propiedad inmueble; y (D) el aumento en el valor de la propiedad sobre el cual el vendedor haya pagado por adelantado la contribución especial de conformidad a la Sección 1014A del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994, según enmendado.

(E) Si el vendedor adquirió la propiedad inmueble mediante manda, legado, herencia o donación, el precio de compraventa sólo será reducido por los gastos descritos en los incisos (B), (C) y (D). El Vendedor puede recuperar las cantidades retenidas. Para este proceso le aconsejo consulten con su contador.

Si el comprador dejare de hacer la retención la contribución sobre el beneficio obtenido en la transacción será cobrada al comprador siguiendo el mismo procedimiento que se utilizaría si se tratara de contribución adeudada este último. Como corredores o vendedores de bienes raíces es importante que comuniquen esta información a sus clientes o prospectos clientes durante el proceso de venta del inmueble.

¿Qué pasa si recibo ingresos del extranjero?

Si eres contribuyente fiscal en México y recibes remesas del exterior. En este caso lo más probable es que debas declarar impuestos sobre los dineros de origen extranjero con algunas excepciones contempladas en el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta numeral XXIII.

¿Cómo hacer la declaración de la renta de no residentes?

¿Cómo se hace la declaración del IRNR? – Si vas a hacer la declaración de la renta y eres una persona no residente puedes hacerla online. A través de la página web de la Agencia Española de Administración Tributaria (AEAT). Pero para ello, debes contar con certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve.

  • Como todas las declaraciones de impuestos, el cuándo es un factor crítico que también debes vigilar a la hora de realizar la declaración de la renta de no residentes.
  • Como existen diferentes modelos, según las características de cada caso, hay también fechas diferentes.
  • Pero también puedes acudir a expertos en la materia que te ayuden con tu declaración.

Nosotros estaremos encantados de ayudarte.

¿Qué pasa si tienes 4 pagadores en un año?

¿Cuántos pagadores puedes tener en la renta? – No hay un límite. Eso sí, si has tenido más de un pagador, es obligatorio presentar la declaración de la renta si se cumple lo siguiente: los ingresos totales superan los 14.000€ y los ingresos recibidos del segundo pagador o posteriores han sido superiores a 1.500€.

¿Qué pasa si tienes 3 pagadores en un año?

¿Cuántos pagadores maximos se puede tener en un año? – La cantidad de pagadores máximos que se pueden tener en un año depende del país y de sus normativas fiscales. En España, el límite de pagadores máximos es de dos, Esto significa que si una persona tiene ingresos provenientes de más de dos pagadores distintos en el mismo año fiscal, se considera que la situación es excepcional y debe ser declarada en la declaración de la renta.

En este caso, el contribuyente puede ser objeto de un proceso de revisión por parte de Hacienda. Es importante destacar que los pagadores no solo se refieren a las empresas con las que se trabaja y se recibe una nómina, sino también a otros conceptos como las rentas de alquiler, beneficios fiscales, entre otros.

Por lo tanto, es fundamental llevar un control y registro de todos los ingresos que se reciben en el año. En conclusión, en España, el número máximo de pagadores al año se limita a dos. De igual forma, es esencial llevar una adecuada y detallada administración de todos los ingresos que se obtengan para evitar problemas con las autoridades fiscales.

¿Qué diferencia hay entre residente y no residente?

Residente fiscal y no residente según tu situación – Aquí es donde empezarás a entender qué significa realmente ser residente en España o no. Y todo tiene que ver con impuestos. Si pasas más de 183 días al año en España (6 meses), serás considerado como residente fiscal.

¿Qué diferencia hay entre NIE y permiso de residencia?

Diferencias entre NIE, TIE y Residencia Legal –

Seguro que en alguna ocasión habréis confundido estos términos: TIE, NIE y residencia legal. El permiso de residencia legal es el documento que acredita la autorización para residir en España. El NIE es el número identificativo de extranjeros, otorgado a personas comunitarias o no comunitarias por las autoridades españolas para hacer tareas administrativas, El TIE es una tarjeta que se otorga con el permiso de residencia que se concede a los extranjeros no comunitarios para vivir y trabajar legalmente en un país.

¿Qué es un extranjero no residente en Estados Unidos?

Extranjeros no residentes – A usted se le considera un extranjero no residente durante todo período en el que no sea ciudadano estadounidense ni extranjero residente para fines tributarios.

¿Qué declaran los no residentes en España?

La tributación de los no residentes por venta de inmuebles – Los ciudadanos españoles que residen fuera de España y los extranjeros no residentes deben pagar impuestos por los inmuebles adquiridos en España, Esto sin importar que la vivienda esté alquilada o se encuentre disponible para uso propio.

  • Estos ciudadanos deben tributar el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
  • También en algunos casos deben pagar el Impuesto sobre Patrimonio (IP).
  • Cuando un ciudadano no residente realiza la venta de un inmueble, debe declarar la ganancia patrimonial,

Esto aplica cuando el valor de la transmisión sea mayor al de la adquisición en el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas para las personas residentes. El cálculo para las personas no residentes se hará a través del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).

Para los dos casos, la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión se calcula de acuerdo a lo dispuesto en Ley del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. Cuando un ciudadano español no residente vende un inmueble ubicado en España, el comprador debe hacer una retención del 3%.

Esto se hará sobre el valor de la venta y se debe ingresar en Hacienda. Este ingreso se tiene que hacer en el plazo máximo de un mes contados a partir de la fecha de la venta, para ello se utiliza el modelo 211, Esta retención es considerada como un pago a cuenta del tributo que debe pagar el ciudadano no residente por la ganancia obtenida por la venta.

¿Cuánto paga un no residente en España?

INMUEBLES DE USO PROPIO Las personas no residentes con inmuebles urbanos de uso propio en España deben pagar cada año (hasta el 31 diciembre del año siguiente) el Impuesto Renta No Residentes (IRNR) sobre una renta ficticia (normalmente 1,1% valor catastral).

Los comunitarios pagan actualmente un 19% y los extracomunitarios un 24%. Pues bien, la Ley 26/2014, de 27 noviembre, modificó la Ley IRNR introduciendo un artículo 28 bis que estableció que a partir del 2015 los no residentes podrían solicitar que Hacienda les preparara un borrador de la declaración por cada inmueble de uso propio que tengan en España.

Esos propietarios sólo tendrían que revisar ese borrador y pagar en su Banco si todo era correcto. Desde hace muchos años Hacienda ya facilita a las personas residentes borradores de declaración del IRPF, simplificando mucho esa declaración y ahorrando costes de asesores.

Está finalizando 2017 (y en plazo para declarar IRNR 2016) y Hacienda todavía NO facilita borradores de declaración a los no residentes con inmuebles, incumpliendo descaradamente aquella Ley. Un no residente comunitario con un inmueble que tenga un valor catastral de por ejemplo 100.000 € tendrá que pagar 209 € por el IRNR 2016 antes del 31/12/2017 (100.000 x 1,1% x 19,5%).

Normalmente no resultan cantidades muy elevadas a pagar, pero el problema es que si Hacienda no le ayuda con un borrador de declaración y tiene que contratar un asesor para prepararla entonces tendrá que pagar honorarios que fácilmente rondarán o superarán los 100 €.

Y como hay que presentar una declaración Modelo 210 por cada inmueble, si ese propietario tiene también un aparcamiento y un trastero, tendrá que presentar otras dos declaraciones. Y si la propiedad es de un matrimonio, cada cónyuge debe declarar por separado. Más impuestos, más declaraciones y más gastos de asesoramiento.

INMUEBLES ALQUILADOS Por lo menos, Hacienda se lo ha puesto un poco más fácil a los no residentes propietarios de inmuebles alquilados en España. Hasta ahora, si tenían rentas positivas debían presentar declaraciones cada tres meses, un Modelo 210 por cada inmueble y por cada inquilino que hayan tenido.

Si por ejemplo, un matrimonio no residente alquilaba una vivienda de su propiedad a diez inquilinos diferentes durante los meses de julio a septiembre de 2017, hasta el 20 octubre 2017 debía presentar 20 declaraciones diferentes (10 por cada cónyuge). Pues bien, la Orden HFP/1271/2017, de 21 de diciembre (BOE 23/12/2017) del Ministerio de Hacienda y Función Pública establece que a partir de ahora los rendimientos de inmuebles arrendados o subarrendados no sujetos a retención podrán agruparse por trimestres en un único Modelo 210 por cada inmueble, aunque procedan de varios pagadores (inquilinos), siempre que se indique un código específico de tipo de renta, el 35.

Los arrendadores residentes en la UE, por ejemplo en Alemania, en cada declaración pueden descontar gastos en proporción al tiempo que ha estado alquilado y pagar un 19% sobre el beneficio. Los arrendadores que NO residan en UE o EEE deben tributar sobre las rentas brutas (no se les permite descontar gastos) y pagan un 24%.

En mi opinión la diferencia de tributación de los extracomunitarios respecto de los comunitarios y de los propios residentes en España es tan elevada que supone una vulneración del Derecho de la UE (en concreto vulnera el artículo 63 del TFUE, que prohíbe cualquier restricción a la libre circulación de capitales no solo entre Estados miembros sino también entre Estados miembros y terceros Estados), y me estoy planteando denunciar tal discriminación ante la Comisión Europea.

ACTUALIZACIÓN 9/3/2021: He publicado en este blog un MODELO DE DENUNCIA ANTE LA COMISIÓN EUROPEA para ver si llegando a la CE un gran número de denuncias de afectados podemos acabar, entre todos, con esa absurda discriminación ACTUALIZACIÓN 4/6/2021: VER MI POST «SALVAR AL SOLDADO EXTRACOMUNITARIO, QUE ALQUILA INMUEBLES EN ESPAÑA. ACTUALIZACIÓN: En fecha 6/7/2018 he formalizado una denuncia ante la Comisión Europea contra esa discriminación. Seguro que llevará mucho tiempo, pero confío en que termine forzando alguna modificación legislativa que termine con esa absurda e injustificada diferencia de trato. ACTUALIZACIÓN: En fecha 7/3/19 la Comisión Europea ha anunciado con Nota de Prensa el inicio de un procedimiento de infracción contra España por no permitir a los no residentes, que sean de UE o EEE, la reducción del 60% del rendimiento neto obtenido con el alquiler de VIVIENDAS.

En el anterior ejemplo se puede ver la discriminación en el sentido de que un arrendador residente tributa en IRPF sobre un rendimiento neto de 1.640 € (si tuvieran rentas bajas pagaría en torno al 25% = 410 €) mientras que el no residente de UE tributa sobre un rendimiento neto de 4.100 € (y paga un fijo del 19% = 779 €) Señala la referida nota de prensa de la CE: la Comisión pide a ESPAÑA que elimine la discriminación en la tributación de los ingresos por percepción de alquileres por parte de personas físicas no residentes: La Comisión ha decidido hoy enviar una carta de emplazamiento a España pidiéndole que elimine un trato fiscal discriminatorio para los no residentes en relación con los ingresos derivados del alquiler de viviendas.

A efectos del impuesto sobre la renta, las personas físicas residentes disfrutan de una reducción del 60 % de los ingresos netos obtenidos por el alquiler de bienes inmuebles utilizados por el arrendatario como vivienda. Sin embargo, las personas físicas no residentes no pueden beneficiarse de esta reducción.

  • Así pues, los inversores de otros Estados miembros de la UE o del EEE están sujetos a un trato diferente que restringe indebidamente la libre circulación de capitales ( artículo 63 del TFUE ).
  • Si España no actúa en los dos próximos meses, la Comisión podría enviar un dictamen motivado a las autoridades españolas.

Todavía está por ver si la CE iniciará otro procedimiento de infracción en relación con la discriminación, infinitamente más grave, que sufren los arrendadores extracomunitarios. LOS CONTRIBUYENTES NO RESIDENTES (COMUNITARIOS Y EXTRACOMUNITARIOS) QUE QUIERAN LUCHAR CONTRA ESA DISCRIMINACIÓN TENDRÁN TAMBIÉN OTRO GRAN ARGUMENTO, Y ES QUE POR PARTE DEL GOBIERNO ESPAÑOL YA HUBO UN RECONOCIMIENTO DE QUE PROCEDE EQUIPARAR A LOS NO RESIDENTES Y A LOS RESIDENTES EN CUANTO A LA TRIBUTACIÓN DE LOS ARRENDAMIENTOS, Y EN EL ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS DE FLEXIBILIZACIÓN Y FOMENTO DEL MERCADO DE ALQUILER DE VIVIENDAS PRESENTADO EL 11/5/2012 ESTABA PREVISTA DICHA EQUIPARACIÓN, en los siguientes términos: Si un inmueble ha estado alquilado parte del año y otra parte del año ha estado a disposición de su propietario, tendrán que declararse dos tipos de rentas, y en plazos diferentes: las rentas derivadas del alquiler (brutas o netas los residentes de la UE) cada tres meses, y la renta ficticia en función del tiempo de uso propio, hasta finales del año siguiente.

  • Es complejo y laborioso confeccionar y presentar tantas declaraciones (cada tres meses si se obtienen rentas positivas), y puede suponer elevados costes de asesores, por lo que muchos arrendadores no residentes deciden no declarar sus ingresos por alquileres y asumen el riesgo de sanciones.
  • Se pueden considerar discriminados con respecto a los arrendadores residentes en España, pues éstos pueden declarar todos sus arrendamientos en una única declaración anual del IRPF a presentar a mediados del año siguiente.

Hacienda siempre debe ponérselo lo más fácil posible a los quieran pagar sus impuestos, y parece que con los no residentes no está por la labor. Palma de Mallorca, 26 diciembre 2017 Alejandro del Campo Zafra Abogado y asesor fiscal Te invito a utilizar los comentarios para dejar tu opinión en este artículo.

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¿Qué impuestos pagan los extranjeros en España?

¿Qué extranjeros deben declarar su renta? – Dado que muchas personas han decidido trasladarse a España en los últimos años. Por lo mismo es importante entender el papel fiscal que tenemos cuando se es trabajadores extranjeros en España. Comprender y optimizar nuestro impacto fiscal puede ayudar para ahorrar dinero y evitar problemas con la Hacienda española.

  • Según lo establecido en el artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Todo aquel extranjero que resida legalmente en España deberá pagar impuestos de la misma forma que los ciudadanos españoles, esto incluye impuestos directos e indirectos como el IRPF.
  • Los trabajadores que no sean contribuyentes del IRPF, pueden notificar a la Administración Estatal de Tributación la situación antes mencionada.

La agencia tributaria emitirá un documento de aprobación al trabajador para que entregue sus ingresos laborales al pagador. De esta forma la hacienda puede retener dinero a partir de esa fecha de acuerdo con la normativa del IRPF. A parte de los elementos previamente mencionados.

Permanecer en España más de 183 días en el año natural, equivalente a 6 meses. Para determinar este período de estancia, se calcularán sus ausencias esporádicas. A menos que demuestre que está residenciado en otro país.

Para los países o regiones clasificados como paraísos fiscales, la autoridad fiscal puede exigirle que demuestre el plazo de permanencia. El mismo debe ser de 183 días en el año calendario.

Su principal núcleo o actividad o fundamento de intereses económicos se ubica directa o indirectamente en España. Salvo que se apruebe lo contrario, según los criterios anteriores. Si la persona no está separada legalmente de su cónyuge y cuenta con hijos menores que residan habitualmente en España. Aquellas personas, naturales o jurídicas, que posean o tengan alguna propiedad de bienes inmuebles en España. Trabajadores extranjeros que emigran a territorio español.

¿Cuándo es obligatorio tributar en España?

Oficinas de la Agencia Tributaria en Madrid. A partir del 11 de abril, y hasta el 30 de junio, cerca de 21 millones de contribuyentes en España podrán presentar su declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2022. Pero, ¿quién está obligado a hacerlo? Los asalariados que tengan más de un pagador estarán exentos de hacer la declaración si la suma de sus rendimientos no supera los 14.000 euros, siempre y cuando la cuantía del resto de pagadores no supere los 1.500 euros anuales.

  • Para la declaración de la renta del próximo año, del ejercicio 2023, el, la cifra se eleva a 15.000 euros.
  • Además, hay rebajas del IRPF que el Gobierno de España aprobó a finales de 2022 con el propósito de paliar los efectos de la guerra y también hay nuevos casos de exención.
  • Aun así, la respuesta es relativamente sencilla para la mayoría de los trabajadores: cualquiera que haya ganado 22.000 euros o más al año de un solo trabajo o pagador debe presentarse ante Hacienda.

Aunque la casuística de situaciones personales y económicas sea muy amplia, la Agencia Tributaria se ocupa de dejar claro quién debe cumplir con el trámite. A continuación se plantean los escenarios más comunes.