¿Qué parte de las utilidades queda exenta del ISR? – El SAT y la Secretaría del Trabajo informaron que el Artículo 93, fracción XIV, de la Ley del ISR dispone que los trabajadores no pagaran impuestos por la cantidad equivalente a 15 días del salario mínimo general, correspondiente al año en que se generaron las utilidades.

¿Cuánto se quita de impuestos por utilidades?

Este incentivo extra es independiente del salario normal del trabajador, por lo que surge la duda, ¿se pagan impuestos por el reparto de utilidades? – El reparto de utilidades es un derecho para los trabajadores en México estipulado en el artículo 123 de la Constitución y regulado por la Ley Federal del Trabajo, Este pago es para todo empleado, ya sea de planta o eventual, que haya laborado el año anterior.

Cabe mencionar que la cantidad exacta a distribuir depende del número de días trabajados en el año y el monto de los salarios devengados durante el mismo, en función de las utilidades generadas por el empleador”, recuerda el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en un comunicado. Te podría interesar: 5 claves que debes conocer del reparto de utilidades De acuerdo con la LFT, el reparto de utilidades en 2023 debe pagarse entre el 1 de abril y el 30 de mayo para empresas, y del 1 de mayo al 29 de junio para personas físicas,

Recuerda que todas las compañías y personas físicas que tengan trabajadores a su servicio están obligadas a pagar utilidades. Este incentivo extra es independiente del salario normal del trabajador, por lo que surge la duda, ¿se pagan impuestos por el reparto de utilidades? La respuesta es no.

¿Cómo se calcula el impuesto a las utilidades?

El monto a pagar es el 10% de las utilidades o ingresos acumulables obtenidos por la empresa en el ejercicio inmediato anterior 2021. En la proporción que le corresponda a cada trabajador, considerando el número de días trabajados y el sueldo percibido durante el año.

¿Cuánto es el 10 por ciento de utilidades?

¿Cómo se calcula el reparto de utilidades para los trabajadores? Para calcular el reparto de utilidades de manera correcta se utilizará el 10 % de las ganancias netas declaradas en el año anterior, de manera que en el 2022 se pagará la utilidad correspondiente al 2021.

¿Qué es el impuesto a las utilidades?

Novedades | Aspectos relevantes del Impuesto a la renta en la región

  • Impuesto a la renta empresarial
  • • Bolivia
  • i) Se entiende por renta de fuente boliviana aquellas utilidades que provienen de bienes situados, colocados o utilizados económicamente en Bolivia; se generen de la realización, en Bolivia, de cualquier acto o actividad susceptible de producir utilidades; o se generen de hechos ocurridos dentro del límite de la misma.

El régimen tributario boliviano se encuentra regido por el Principio de Fuente, que implica que todas las rentas que se consideren de fuente boliviana se encuentran sujetas en Bolivia. Estas rentas serán gravadas por el Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE).

  • El IUE grava la utilidad neta de las empresas (es decir, utilidad bruta menos gastos deducibles) de las ganancias obtenidas dentro de toda la gestión fiscal, resultantes de los estados financieros.La alícuota del impuesto es del 25% aplicable sobre la utilidad neta imponible.
  • Es un impuesto anual.
  • Las principales características a tener en cuenta son:Estas reglas aplican sin importar (1) la nacionalidad, domicilio o residencia del titular de las utilidades, (2) las partes que intervengan en la operación, (3) o el lugar de celebración de los contratos.

ii) Los gastos deducibles son aquellos que son considerados como necesarios para la obtención y conservación de la fuente. Incluyendo los aportes obligatorios a organismos reguladores – supervisores, las previsiones para beneficios sociales y los tributos nacionales y municipales que el reglamento disponga como pertinentes.

  1. Iii) Las pérdidas de fuente boliviana, podrán deducirse de las utilidades gravadas que se obtengan como máximo hasta los tres (3) años siguientes y las pérdidas acumuladas a ser deducidas no serán objeto de actualización.
  2. Iv) Las operaciones comerciales y/o financieras realizadas entre partes vinculadas, estarán sujetas a la norma de Precio de Transferencia, que se sujeta al principio de plena competencia reconocido por la OCDE, es decir que el valor de transacción deberá ser aquel que se hubiera acordado entre partes independientes en operaciones comparables de mercado.

Cuando el monto por operaciones entre partes vinculadas acumuladas en una gestión anual sea iguales o superior a USD 2.000.000,00 (apróx.) se deberá presentar el Estudio de Precios de Transferencia. • Ecuador La normativa ecuatoriana relacionada con el Impuesto a la Renta – IR de sociedades grava las rentas de fuente ecuatoriana bajo el principio de renta global, a una tasa general del 25%, pudiendo esta ser aumentada en 3% adicionales en el evento de no cumplirse con los requisitos de revelación societaria o en el supuesto que el beneficiario efectivo sea una persona natural ecuatoriana.A continuación, se detallen los criterios generales para la determinación de la base imponible: i) Son ingresos de fuente ecuatoriana aquellos derivados actividades de comerciales, industriales, agropecuarias, mineras, de servicios y otras de carácter económico realizadas en territorio ecuatoriano o en el exterior por sociedades nacionales o extranjeras domiciliadas en el Ecuador, bajo el principio de renta global.

ii) Para determinar la base imponible del Impuesto a la Renta anual, se considerarán como gastos y costos deducibles únicamente aquellos que, (a) se encuentren debidamente sustentados en comprobantes de venta válidos; (b) hayan sido generados con el fin de obtener o mantener ingresos gravados; y, (c) de los cuales exista pruebas de su real adquisición o prestación (sustancia sobre la forma).

Ciertos gatos, como por ejemplo los de promoción y publicidad, intereses y los servicios de asesoría técnica, administrativa o similares, están sujetos a limitaciones adicionales. iii) Las perdidas tributarias de un ejercicio fiscal podrán ser compensadas con las utilidades generadas en los siguientes 5 años posteriores.

  • Iv) En Ecuador, el régimen de precios de transferencia regula las operaciones con partes relacionadas y se encuentra fundamentado en las regulaciones tributarias internas que acogen las Guías de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
  • En el evento que las operaciones con partes relacionadas en un mismo periodo fiscal excedan USD 3,000,000 – la entidad deberá reportar un Anexo de precios de transferencia al Servicio de Rentas Internas.

En caso que dichas transacciones superen USD 15,000,000 deberá presentar adicionalmente un Informe Integral de Precios de Transferencia. • Paraguay La normativa paraguaya del Impuesto a la Renta a las Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios (IRACIS) grava las rentas de fuente paraguaya, a una tasa del 10% sobre la ganancia anual obtenida.

A continuación, los criterios generales para la determinación impositiva: i) Se consideran de fuente paraguaya las rentas que provienen de actividades desarrolladas, bienes ubicados o derechos utilizados económicamente en Paraguay, con independencia de la nacionalidad, domicilio o residencia de las partes intervinientes en las operaciones o el lugar en el que estas se celebren.

Las rentas de fuente extranjera ganadas o percibidas por un contribuyente local no están gravadas por este impuesto. Salvo los intereses, comisiones, rendimientos o ganancias de capital colocados en el exterior, cuando la sociedad inversionista o beneficiaria se encuentre constituida o radicada en Paraguay.

  1. ii) Para determinar la renta neta, son admitidos únicamente los gastos que estén debidamente documentados, que representen una erogación real, y que se relacionen directa o indirectamente a la obtención de ingresos gravados.
  2. iii) La legislación paraguaya no aplica normas de precios de transferencia, sin embargo, exige que a efectos fiscales el reconocimiento del valor de la exportación de granos de soja y sus derivados se realice a precio de mercado internacional transparente.
  3. • Uruguay

Los honorarios profesionales y personales deberán ser sometidos a un tope de deducibilidad, cuando los mismos no representen ingresos gravados para el perceptor, y 100% deducible cuando sean ingresos gravados por el impuesto a la renta para la contraparte.En caso de pérdidas, estas no son trasladables a ejercicios siguientes De acuerdo con la normativa uruguaya las rentas obtenidas en el país quedan sujetas al Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) que grava las rentas obtenidas por una actividad empresarial con una tasa del 25%.

  • Las principales características a tener en cuenta son: i) Solo quedan gravadas las rentas de fuente uruguaya.
  • Esto quiere decir que una empresa que se radique en Uruguay solo deberá pagar el IRAE por las rentas obtenidas en el país.
  • Desde este punto de vista las rentas derivadas de las exportaciones son consideradas obtenidas dentro del país.

En cambio, otras rentas que sean obtenidas por inversiones en el exterior o por actividades realizadas fuera del país no quedan sujetas a imposición a la renta en nuestro país; ii) Uruguay aplica una regla bastante rígida en cuanto a la deducción de gastos denominada “regla candado”.

  • De acuerdo a esta solo se pueden deducir los gastos que constituyen renta gravada por algún tipo de imposición a la renta para la contraparte.
  • Y cuando la tasa es menor al 25% solo se admite deducir el gasto en la misma proporción que mantiene la tasa pagada por la contraparte respecto a este 25%.
  • No obstante lo anterior existen varias excepciones a la deducción de gastos que terminan perforando este principio general ; iii) Las operaciones realizadas con partes vinculadas quedan sometidas a las reglas de precios de transferencia.
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En este sentido nuestro país recoge básicamente los lineamientos de la OCDE en materia de precios de transferencia. Desde este punto de vista es necesario validar que las operaciones vinculadas se encuentran realizadas a los mismos valores que se hubieran pactado entre partes independientes.

  • Retenciones en la fuente: dividendos y utilidades
  • • Bolivia
  • • Ecuador

Las utilidades, dividendos y otras rentas de fuente boliviana que sean pagadas y remesadas por empresas bolivianas a beneficiarios en el extranjero, estarán sujetas a una retención del 12.5 % por el IUE-BE (Impuesto a las Utilidades de las Empresas – Beneficiarios del Exterior).La retención por remesas de rentas al exterior mencionada, puede ser reducida en el caso de la aplicación de Convenios para evitar la Doble Imposición Internacional (CDI).

Bolivia, tiene suscritos CDI con Francia, Reino Unido, España, Argentina, Suecia, Alemania, y es miembro de la Comunidad Andina de Naciones (CAN).En el caso de sucursales de empresas extranjeras (excepto cuando se trate de actividades parcialmente realizadas en el país) se presumirá sin admitir prueba en contrario, que las utilidades han sido distribuidas, en la fecha de vencimiento de la presentación de los estados financieros a la Administración Tributaria, independientemente de las fechas de remisión de fondos efectiva.

i) En general los pagos al exterior por concepto de dividendos o utilidades distribuidas después del pago del IR anual, estarán exentos de retenciones en la fuente; excepto en los siguientes casos: a) El beneficiario efectivo 1 del ingreso sea una persona natural residente fiscal del Ecuador.

  1. ii) La retención aplicable en pagos al exterior será del 7% al 10%, dependiendo de la diferencia entre la tarifa de la sociedad que distribuye (25% o 28%).
  2. iii) En caso que el dividendo sea pagado directamente a una persona natural residente en el Ecuador, la retención aplicable será la correspondiente a la tarifa progresiva de impuesto a la renta para personas naturales y sucesiones indivisas (de 0 al 35%).
  3. • Paraguay

I) Los sujetos obligados del IRACIS deben pagar adicionalmente el 5% del IRACIS por la distribución de utilidades. La obligación debe pagarse al mes subsiguiente de haberse tomado la decisión de la distribución, que pueden ser: a través de asambleas de socios o con la manifestación de las registraciones contables, esto, con independencia al pago efectivo a los dueños, socios o accionistas.Esta obligación recae en la empresa, por lo que en puridad se trata de una tasa complementaria del IRACIS, y no de una retención al accionista.

  • II) En caso de que las utilidades fueran remesadas a accionistas del exterior, la empresa deberá realizar la retención del 15% de IRACIS sobre el importe a ser acreditado, esta retención recae en el socio o accionista del exterior.
  • • Uruguay
  • 1 Para la normativa ecuatoriana, el beneficiario efectivo es quien legal, económicamente o de hecho tiene el poder de controlar la atribución del ingreso, beneficio o utilidad; así como de utilizar, disfrutar o disponer de los mismos.
  • Retenciones en la fuente: otras rentas
  • • Bolivia
  • • Ecuador

Si las utilidades fueran pagadas a sujetos radicados en Paraguay se someterán a las reglas del IRACIS o del Impuestos a la Renta Personal, según se trate de una persona jurídica o física. Los dividendos o utilidades pagados a un inversor del exterior quedan sujetos al Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR) con una tasa del 7%.

La misma tasa aplica cuando el accionista es una persona física uruguaya, aunque en ese caso hablaremos del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF).Es importante tener en cuenta que el impuesto se aplica sobre las distribuciones efectivamente realizadas (aprobadas por la asamblea) y sobre los dividendos que se atribuyan en forma ficta al accionista o socio de la entidad.

Respecto a este último se imputan como un dividendo ficto, y por lo tanto gravado con el 7%, las utilidades que tengan más 4 o más años de antigüedad y no hayan sido distribuidas. La norma permite reducir este dividendo ficto con las inversiones efectivamente realizadas, con la variación del capital de trabajo bajo ciertas condiciones y con las distribuciones efectivamente realizadas.El tratamiento tributario descrito en el punto anterior, respecto a la retención de utilidades y dividendos, será aplicable para todas las rentas de fuente boliviana remesadas a un beneficiario del exterior.

I) Los pagos realizados localmente entre sociedades están sujetos a una retención de 1%, al 10% dependiendo de del concepto por el cual se realice el pago. ii) En el caso de pagos al exterior, la sociedad ecuatoriana o establecimiento permanente, deberá actuar como agente de retención en la fuente aplicando la tarifa general del 25% (35% si el pago se realiza a un residente de un paraíso fiscal, régimen preferente o jurisdicción de menor imposición).

Sin embargo, ciertos pagos al exterior se encuentran exentos de dicha retención, por ejemplo: a. Los pagos por concepto de importaciones de bienes; b. Amortización de capital, intereses y gastos conexos en pagos por financiamiento externo por instituciones financieras o no financieras especializadas (ENFEs); c.

  1. iii) En el caso que un Convenio para evitar la Doble Tributación prevea una retención menor, la legislación ecuatoriana prevé una limitación a la aplicación automática de los beneficios del convenio bajo la cual se aplicará una retención a la tarifa general 25%, pero con derecho a la devolución de lo retenido mediante la presentación de una solicitud ante la autoridad tributaria.
  2. • Paraguay
  3. • Uruguay

Las personas o entidades radicadas en el exterior, que realicen actividades gravadas, determinarán sus rentas netas de fuente paraguaya de acuerdo una rentabilidad presunta, que no admite prueba en contrario. Cuando el contribuyente paraguayo realice el pago, o la puesta a disposición de los fondos debe actuar como agente de retención del IRACIS.La tasa de retención a aplicar varía de acuerdo con el concepto del servicio prestado pudiendo ir desde una tasa efectiva de 3% hasta una tasa del 15%.

Cuando la transacción sea realizada entre la subsidiaria, su matriz o controlante, la tasa será del 30%.El resto de rentas que un no residente obtenga en el país, siempre que no sea por intermedio de un establecimiento permanente, quedan gravadas con el Impuesto a la Renta de los No Residentes con una tasa general del 12%.

Dicha tasa puede variar en ciertos casos. Vale tener en cuenta que si bien este Impuesto tiene un carácter territorial, existen extensiones al principio de la fuente para el caso de servicios técnicos y de publicidad prestados por personas físicas o jurídicas del exterior a contribuyentes del IRAE.

  1. En estos casos los servicios quedan alcanzados por el IRNR a pesar de que puedan ser prestados desde el exterior.
  2. Esta publicación contiene información de interés general y no constituye ni debe ser tomada como una opinión legal o asesoramiento sobre asuntos específicos.
  3. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoramiento legal sobre el tema de su interés.

: Novedades | Aspectos relevantes del Impuesto a la renta en la región

¿Cómo cobrar utilidades sí ya no trabajo en la empresa 2023?

Ciudad de México / 09.05.2023 18:58:00 El reparto de utilidades es una prestación a la que todos los trabajadores son acreedores, y en la cual deben recibir una parte de las ganancias que el empleador o empresa para el cual laboran, generó el año anterior.

Una duda muy frecuente respecto a este derecho es si los ex empleados pueden recibirlo o no. Para ello, se deben considerar diversos aspectos. ¿Trabajaste mínimo 60 días? Según lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, si durante el año a repartir trabajaste al menos 60 días, ya sea en forma continua o discontinua, debes recibir utilidades.

Esto sin importar si ya no laboras en dicho lugar o empresa, o si tu contrato fue por obra o tiempo determinado. Tampoco importa si tu renuncia fue voluntaria o si tu patrón te despidió o te dio de baja, el hecho de haber laborado al menos 60 días para una empresa o empleador te hace acreedor a este derecho.

¿Quién paga el impuesto a la utilidad?

Preguntas Frecuentes – Transferencia de dominio – ¿Qué es una Transferencia de Dominio? Significa que una(s) persona(s) transfiere o traspasa a otra persona(s), el derecho de propietario o de dueño de lotes, casas, departamentos u otros bienes inmuebles.

  • ¿Qué impuestos debo pagar en una transferencia de dominio? Dependiendo del caso se generan obligaciones tributarias de quien va a celebrar el contrato con el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.
  • Los cuales pueden ser: • Impuesto a la Alcabala.
  • Impuesto a la Utilidad.
  • Contribución Especial de Mejoras (CEM).

¿Qué es el impuesto a la utilidad? Es una obligación tributaria que establece la Ley (COOTAD), a la ganancia que se obtiene por transferir la propiedad de predios urbanos; por lo que, en transferencia de bienes rurales no debe pagar este impuesto. ¿Qué es el impuesto de alcabala? Es un impuesto que establece la Ley (COOTAD), a las transferencias o traspaso del derecho de propietario de bienes inmuebles (lotes, departamentos, casas, parqueaderos, etc.) ¿Qué significa la contribución especial de mejoras? Es una contribución que debe hacer el propietario del bien, por el beneficio que ha recibido el predio, por la construcción de obra pública, siendo este valor prorrateado en cuotas anuales; sin embargo si se va a transferir dicho predio, se debe pagar el saldo que se encuentre pendiente de pago (Ordenanza 092 de 2003).

¿Cuánto debo pagar? Para consultar un valor aproximado de los impuestos de Utilidad y Alcabala, usted puede hacerlo en la CALCULADORA TRIBUTARIA, ingresando a la página web del Municipio de Distrito Metropolitano de Quito. ¿Qué debo hacer para que liquiden los impuestos por transferencia de dominio? • Elaborar con un abogado el borrador del contrato, llamado minuta.

• Llenar con un abogado el formulario de declaración para liquidación de impuestos por transferencia de dominio, el cual se encuentra en el siguiente link: https://pam.quito.gob.ec/SitePages/VisorPdf.aspx?UrlPdf=/FormulariosPdf/transferencia_dominio.pdf • Presentar en la Notaría de su elección, el formulario y la minuta señalada, la cual debe ser firmada por los contratantes, el abogado y la Notaría, y sellada por esta última.

  1. Ingresar el expediente para la liquidación de impuestos por la transferencia de la propiedad en cualquier Balcón de Servicios de las Administraciones Zonales del Distrito Metropolitano de Quito, con todos los requisitos establecidos para el efecto.
  2. Esperar a que la Autoridad Tributaria le comunique vía correo electrónico los valores de las obligaciones tributarias a pagar y los números de orden de pago, lo cual le es informado hasta en 2 días laborables, a la dirección de correo electrónico que usted haya ingresado en el formulario de declaración.
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• Cancelar los tributos que se hubieren generado en una entidad financiera presentando los números de orden de pago que se le informó en el correo electrónico. • Presentar los respectivos comprobantes de pago en la Notaría donde se presentó la minuta, para la firma de la escritura.

¿Quién paga el Impuesto a la Utilidad y Plusvalía? Los dueños que venden sus bienes inmuebles obteniendo una utilidad o ganancia. ¿Quién paga el Impuesto de Alcabala? El que se establezca en el contrato, comúnmente los compradores. ¿Quién paga la Contribución Especial de Mejoras? El propietario del bien inmueble que está siendo transferido.

¿Dónde debo pagar y cómo? En cualquier institución del sistema financieras (bancos, mutualistas, cooperativas, etc.), proporcionando los números de orden de pago por cada uno de los impuestos generados, los cuales son enviados al correo electrónico de los comparecientes, que conste en el formulario.

¿Cuánto es el impuesto?

¿Cómo calcular cuánto tengo que pagar en impuestos? – El Servicio de Administración Tributaria tiene establecidos unos montos con los que se calcula la base gravable del año a pagar, que establece según tus ingresos. El documento que se publicó en 2021 contiene las tarifas aplicables a pagos provisionales, retenciones y cálculo del impuesto.

Así, quienes en 2022 tuvieron ingresos entre los 0 y 7.735 pesos mexicanos, deben pagar 0 pesos de impuestos. Los montos de la cuota fija de impuestos a pagar van aumentando según aumente la cantidad de dinero, según la tabla de Tarifa para el cálculo del impuesto de 2022. La normativa permite hacer deducciones personales en la declaración anual.

Estas son “gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables” en la declaración de renta anual, según el SAT, Algunas de estas deducciones son de salud como honorarios por servicios médicos, gastos hospitalarios y medicinas, análisis y exámenes médicos, aparatos de rehabilitación, prótesis; pago de servicios de educación, según los topes del SAT; así como gastos fúnebres, intereses de créditos hipotecarios, etc.

¿Cómo se calcula el reparto de utilidades ejemplo?

¿Cuándo se paga la PTU y cómo se calcula el reparto de utilidades? Ya estamos en mayo y con ello en los últimos días para el pago de utilidades por parte de las empresas hacia sus colaboradores, también conocido como la PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades); una prestación establecida en el artículo 123 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos y también en el artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo.

Todas las empresas o personas físicas con actividad empresarial que hayan reportado utilidades en su última declaración anual están obligadas a repartir el 10% de su utilidad fiscal entre sus trabajadores. Pero ¿cuándo se paga la PTU? ¿cuánto se tiene que pagar y cómo se calcula? ¿quién tiene derecho a la PTU? En este artículo resolveremos estas dudas y cómo puedes hacer la administración de tu nómina más sencilla a través de herramientas digitales.

¿Cuándo se paga la PTU? Las empresas deberán realizar el reparto de utilidades entre el 1 abril y el 30 de mayo de cada año, mientras que las personas físicas con actividades empresariales y profesionales, así como las personas físicas del Régimen de Incorporación Fiscal, tienen un plazo que va del 1 de mayo al 29 de junio.

¿Cuánto se tiene que pagar? Como ya se comentó las empresas que reporten utilidades deberán repartir el 10% de las mismas entre sus trabajadores. Por ejemplo si una empresa declara utilidades por $500,000 pesos está obligada a repartir $50,000 pesos. $500,000 X 10% = $50,000 ¿Cómo se calcula el reparto de utilidades? La utilidad repartible se debe dividir en dos partes iguales.

La primera parte se repartirá con base en los días laborados por cada trabajador y la segunda de acuerdo al salario de cada empleado. Vamos a ver algunos ejemplos basados en una utilidad repartible de $50,000 pesos. Repartición por días trabajados

Trabajador Días laborados en el año
1 250
2 125
3 80
Total de días 455

En este caso debemos dividir el total de la utilidad repartible a la mitad, por lo que tendríamos $25,000 pesos. Recordemos que la otra mitad se repartirá según el salario de cada trabajador. Lo primero que debemos hacer es dividir los $25,000 pesos entre el total de días laborados por todos los trabajadores, en este ejemplo $25,000/455 = $54.94, este último valor debe ser multiplicado por el número de días trabajados en el año y de esa manera obtendremos la utilidad a repartir.

Trabajador Valor por día Días trabajados Utilidad a repartir
1 $54.94 250 $13,735
2 $54.94 125 $6,867.5
3 $54.94 80 $4,395.2
TOTAL 455 $25,000

Repartición por salario

Trabajador Días laborados en el año
1 $138,000
2 $120,000
3 $90,000
Total de días $348,000

La otra mitad de la utilidad repartible se dividirá entre el total de los salarios anuales de los trabajadores. $25,000/$348,000 = $0.07183 y este valor se multiplicará por el salario anual de cada trabajador para obtener la utilidad a repartir.

Trabajador Valor por día Días trabajados Utilidad a repartir
1 $0.07183 $138,000 $9,912.54
2 $0.07183 $120,000 $8,619.6
3 $0.07183 $90,000 $6,464.7
TOTAL $348,000 $25,000

De esta manera el trabajador No.1 tendría derecho a recibir $23,647.54 pesos sumando las dos formas de repartir la utilidad, por sus días trabajados y por el salario obtenido. ¿Quiénes tienen derecho a recibir la PTU? De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria SAT: ” Todos los trabajadores que presten a una persona física o moral un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas donde laboran.” Sin embargo existen algunos casos y excepciones en las que no se reparten utilidades:

Empleados que hayan trabajado menos de 60 días en el año no tienen derecho a la repartición de utilidades. Directores, administradores y gerentes generales tampoco participan en la repartición. Empresas de reciente creación no están obligadas a pagar utilidades en su primer año de funcionamiento. Empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta sea inferior a $300,000 pesos no deben pagar utilidades. El IMSS e instituciones públicas descentralizadas tampoco pagan utilidades. Empresas de la industria extractiva durante el periodo de exploración.

¿Cuáles son las sanciones por no pagar la PTU? De acuerdo con los artículos 992 y 994 de la Ley Federal del Trabajo, la empresa o patrón que incumpla con la repartición de utilidades en tiempo y forma, serán acreedores a una multa de entre 250 y 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

En 2022 el valor diario de la UMA es de $96.22 pesos ¿Cómo mejorar la administración de la nómina en tu empresa? Tener en control la nómina de la empresa y conocer a detalle cada movimiento relacionado con los sueldos y las prestaciones es fundamental para asegurar el funcionamiento del personal y mantener toda la documentación en orden con tal de cumplir con las últimas reformas en materia laboral.

Si toda esta información la puedes tener integrada con tu ERP mucho mejor, pues así concentras todos los datos de tu empresa en una misma plataforma y la toma de decisiones se agiliza. En Avantis contamos con un Add-on para SAP Business One que permite integrar toda la información de tu nómina en tu ERP.

Integración del expediente completo e histórico del empleado. Registro y consulta de periodos por tipo de nómina Definición de los departamentos y centros de costos por persona que conforman la empresa. Control de faltas, permisos e incapacidades.

Dispersión de nómina a los diferentes bancos. Cálculo y control de liquidación y finiquitos. Control de responsabilidades de cada puesto, requisitos y condiciones de trabajo. Control de vacaciones conforme a años de antigûedad y pago de prima vacacional.

Control de préstamos y créditos de vivienda. Control de horas extras pro trabajador conforme a la ley de trabajo. Generación y envío de recibos timbrados de nómina

De esta manera te aseguras que tu nómina está siempre en orden y cumples con todos los requerimientos fiscales y laborales. Fuentes: https://www.sat.gob.mx/consulta/29447/conoce-los-derechos-de-los-trabajadores-y-obligaciones-de-los-patrones-en-materia-de-ptu https://www.contadigital.mx/posts/como-calcular-la-ptu https://factorial.mx/blog/reparto-utilidades-ptu-rh/ Categorías:, Avantis,

¿Qué pasa si no me dan utilidades 2023?

Reparto de Utilidades 2023: ¿qué pasa si no me las pagan? Según lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, si un trabajador no recibe o se le paga de forma incompleta la prestación de reparto de utilidades, tiene un plazo de un año para reclamar el pago a partir del día siguiente a la fecha límite establecida.

¿Cuánto me toca de utilidades por 2 años de trabajo?

¿Cómo calcular cuánto me toca de utilidades en 2023? – El monto que se paga de las utilidades corresponde al 10 por ciento de las ganancias anuales de la empresa, y se divide en dos partes iguales para cada colaborador. La primera mitad hace referencia a los días trabajados y la segunda mitad debe liquidarse manera proporcional al monto de salarios percibidos.

SAT declaración anual: No habrá prórroga para estos contribuyentes Por ejemplo, si una empresa ganó 200,000 pesos el año pasado, las utilidades a repartir serán de 20 mil pesos y, de esa cantidad, la primera mitad (10 mil pesos), será distribuida de acuerdo al total de días trabajados por todos los empleados.

Los otros 10 mil pesos deberán repartirse entre el total de salarios percibidos anualmente por todos los trabajadores que componen la empresa. En fórmulas simples quedaría de la siguiente manera:

Mitad 1: (5% utilidades anuales de empresa / total de días trabajados por todos los trabajadores) x Días laborados por “x” trabajador. Mitad 2: (5% utilidades anuales de empresa / total de salarios anuales de trabajadores) x Total de salario anual de “x” trabajador.

“El monto total tendrá como límite a repartir tres meses del salario o el promedio de la PTU recibida en los tres últimos años, lo que resulte más favorable al trabajador”, señalan las autoridades. En este enlace podrás conocer quiénes sí y quiénes no tienen derecho al pago de utilidades, Síguenos en Google Noticias para mantenerte enterado

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¿Cuando me tienen que pagar las utilidades sí ya renuncie?

¿Me toca reparto de utilidades si me despidieron o renuncié? – Este derecho aplica para todos los trabajadores que hayan laborado 60 o más días durante el año fiscal anterior, cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más y tengan más de un año de funcionamiento.

Por lo que, si trabajaste al menos dos meses en una empresa durante el año pasado, tienes derecho al reparto de utilidades con el equivalente al tiempo trabajado, independientemente de que ya no labores en la empresa en cuestión o si tenías un contrato por tiempo determinado. ➡️ Recibe las noticias más relevantes de Chihuahua, Juárez y Parral directo a tu correo electrónico.

¡Suscríbete a nuestro Newsletter! También aplica en caso de despedido y este no representa un motivo para que la empresa te niegue el reparto, El lugar donde laboraste deberá notificarte sobre la entrega de las utilidades, pero tú también puedes ponerte en contacto con tu antiguo patrón para preguntar al respecto.

¿Dónde puedo ver las utilidades de mi empresa?

¿Cómo saber si mi empresa debe pagar reparto de utilidades desde el SAT? – Además de las disposiciones legales, los colaboradores puedes conocer si el empleador declaró utilidades al SAT, tal y como lo explica el portal oficial del organismo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP): Reparto de utilidades: ¿Qué puedo hacer si mi patrón no me ha pagado? “Para conocer si el patrón declaró utilidades, se debe constatar con la copia de la declaración que este entregó al representante de los trabajadores (ya sea al sindicato, o bien, a la mayoría de los trabajadores), dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la presentación de la misma”, señala la entidad fiscal.

¿Cómo se calcula el impuesto anual?

Artículo 97 Impuesto anual. – Las personas obligadas a efectuar retenciones en los términos del artículo 96 de esta Ley, calcularán el impuesto anual de cada persona que le hubiere prestado servicios personales subordinados. El impuesto anual se determinará disminuyendo de la totalidad de los ingresos obtenidos en un año de calendario, por los conceptos a que se refiere este Capítulo, el impuesto local a los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado que hubieran retenido en el año de calendario.

  1. Al resultado obtenido se le aplicará la tarifa del artículo 152 de esta Ley.
  2. Contra el impuesto que resulte a cargo del contribuyente se acreditará el importe de los pagos provisionales efectuados en los términos del artículo 96 de esta Ley.
  3. La disminución del impuesto local a que se refiere el párrafo anterior, la deberán realizar las personas obligadas a efectuar las retenciones en los términos del artículo 96 de esta Ley, siempre que la tasa de dicho impuesto no exceda del 5%.

La diferencia que resulte a cargo del contribuyente en los términos de este artículo se enterará ante las oficinas autorizadas a más tardar en el mes de febrero siguiente al año de calendario de que se trate. La diferencia que resulte a favor del contribuyente deberá compensarse contra la retención del mes de diciembre y las retenciones sucesivas, a más tardar dentro del año de calendario posterior.

  • El contribuyente podrá solicitar a las autoridades fiscales la devolución de las cantidades no compensadas, en los términos que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.
  • El retenedor deberá compensar los saldos a favor de un contribuyente contra las cantidades retenidas a las demás personas a las que les haga pagos que sean ingresos de los mencionados en este Capítulo, siempre que se trate de contribuyentes que no estén obligados a presentar declaración anual.

El retenedor recabará la documentación comprobatoria de las cantidades compensadas que haya entregado al trabajador con saldo a favor. Cuando no sea posible compensar los saldos a favor de un trabajador a que se refiere el párrafo anterior o sólo se pueda hacer en forma parcial, el trabajador podrá solicitar la devolución correspondiente, siempre que el retenedor señale en la constancia a que se refiere la fracción III del artículo 99 de esta Ley, el monto que le hubiere compensado.

No se hará el cálculo del impuesto anual a que se refiere este artículo, cuando se trate de contribuyentes que: a) Hayan iniciado la prestación de servicios con posterioridad al 1 de enero del año de que se trate o hayan dejado de prestar servicios al retenedor antes del 1 de diciembre del año por el que se efectúe el cálculo.

b) Hayan obtenido ingresos anuales por los conceptos a que se refiere este Capítulo que excedan de $400,000.00. c) Comuniquen por escrito al retenedor que presentarán declaración anual.

¿Cuándo se debe pagar el IUE?

De acuerdo con el Decreto, los profesionales independientes declararon y pagaron el IUE/2022 en el formulario 510, el 31 de enero de 2023 y no así, el 30 de abril de 2023, como establece la Ley (120 días).

¿Cuál es la utilidad neta de una empresa?

Preguntas frecuentes sobre utilidad bruta y utilidad neta – 1. ¿Cuál es la utilidad bruta? La utilidad bruta es la ganancia que una empresa obtiene a través de las ventas de productos o servicios luego de descontar los costos de producción.2. ¿Qué la utilidad neta? La utilidad neta es la ganancia de una empresa a través de sus ventas pero descontando no solo los gastos de producción, sino también de distribución, logística, gastos operativos, impuestos y obligaciones.3.

¿Qué pasa si un trabajador no cobra sus utilidades?

¿Me pueden multar si no cumplo con el pago de utilidades? La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo invita a las empresas y patrones a cumplir con el Reparto de Utilidades en tiempo y forma, pues de no hacerlo conlleva a multas que van de los 50 a los 5000 salarios mínimos vigentes, según lo señala la LFT.

¿Cuánto tiempo tiene una empresa para dar utilidades?

Un año, a partir del día siguiente en que se genere la obligación para el patrón.

¿Cómo saber si mi empresa generó utilidades SAT?

Conoce tus derechos relativos a la participación de utilidades a los trabajadores – Es obligación de los patrones cumplir en tiempo y forma con el pago de la participación de las utilidades a los trabajadores. La participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas es un derecho de los trabajadores que se establece en la fracción IX, apartado A, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo.

Este derecho es, además de un importante instrumento para contribuir a la redistribución de la riqueza y a la justicia social, un mecanismo que estimula la productividad, toda vez que la participación es concebida como una retribución al esfuerzo productivo de los asalariados. Todos los trabajadores que presten a una persona física o moral un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas donde laboran.

Los trabajadores para conocer si el patrón declaró utilidades, se debe constatar con la copia de la declaración que éste entregó al representante de los trabajadores (ya sea al sindicato, o bien a la mayoría de los trabajadores) dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la presentación de la misma.

  1. La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios.
  2. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador. Cabe precisar que el monto de la participación de los trabajadores al servicio de personas cuyos ingresos deriven exclusivamente de su trabajo, y el de los que se dediquen al cuidado de bienes que produzcan rentas o al cobro de créditos y sus intereses, no podrá exceder de un mes de salario.

El reparto de utilidades deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual (del 1 de mayo al 29 de junio), tratándose de personas físicas con Actividades Empresariales y Profesionales, del Régimen de Incorporación Fiscal o bien, del Régimen Simplificado de Confianza.

Es importante recordar que el importe de las utilidades del ejercicio anterior no reclamadas en el año en que sean exigibles, se agregará a la utilidad repartible del año siguiente. Para el cobro de utilidades se tiene el plazo de un año a partir del día siguiente en que se genere la obligación.

¿Cuáles son las utilidades de una empresa?

¿Qué son las utilidades? Es un derecho constitucional de la población trabajadora, que proporciona un trabajo personal subordinado a una persona física o moral a cambio de un salario, por lo que tiene derecho a participar de las ganancias obtenidas por el patrón o la empresa, siempre y cuando éstas se generen.

¿Cuánto es el impuesto que se paga en Bolivia?

El régimen tributario boliviano, está compuesto por cinco (5) impuestos indirectos (IVA, IT, ICE, IEHD e IDH) y diez (10) impuestos directos (RC-IVA, IUE, IPBI, IPV, ITF, IVME, ITGB, IJ, ITM, y GA), además de contar con regímenes especiales.

¿Qué significa la utilidad neta?

Qué es la utilidad neta – La utilidad neta se refiere a las ganancias obtenidas a través de la venta de un producto o servicio, una vez descontado los gastos de producción, logística y distribución, además de los impuestos, comisiones, gastos operativos y otros servicios,

Gatos de oficina. Renta de inmuebles. Pago de servicios como agua, internet y luz. Nómina. Gastos de publicidad. Impuestos y pago de intereses por créditos.

La utilidad neta también es importante para que los socios puedan conocer el rendimiento de sus acciones y saber qué tan rentable puede ser la empresa.