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¿Cómo saber en qué régimen de pensión estoy?
Puedes consultar el régimen al que perteneces a través del Estado de Cuenta de tu AFORE, o bien, puedes obtener una Constancia de Vigencia de Derechos para saber la fecha exacta de tu registro en el IMSS.
¿Cómo puedo saber si estoy en el décimo transitorio?
Pensión por artículo décimo transitorio – Para aquellos trabajadores que iniciaron su cotización antes del 31 de marzo de 2007 o que decidieron no cambiar de régimen, este es el tipo de pensión a la que pueden acceder. El monto depende del sueldo que se haya tenido en el año inmediato anterior al solicitar la pensión. Existen tres tipos de pensiones:
Pensión por jubilación. Para esta modalidad debes tener al menos 30 años de servicio si eres hombre o 28 años si eres mujer.
Además, actualmente, la edad mínima es de 57 años para los hombres y 55 para las mujeres, pero esta se irá incrementando cada dos años, hasta llegar a 60 años para los hombres y 58 años para las mujeres, de 2028 en adelante.
Pensión por edad y tiempo de servicio. Para acceder a este tipo de jubilación debes tener 60 años y el porcentaje de sueldo que recibas, dependerá de los años de servicio que hayas estado cotizando en el ISSSTE.
El máximo es de 29 años, con lo que recibirás el 95% del sueldo que hayas tenido en el último año.
Pensión por Cesantía en Edad Avanzada. En esta modalidad, debes tener un mínimo de 10 años de servicio y el monto que obtengas depende de tu edad.
Si tienes 65 años cumplidos, recibirás el 40% del sueldo promedio del último año que trabajaste. Este porcentaje aumenta 2%, con cada año adicional que tengas, hasta llegar a 70, que es el máximo de pensión que recibirás, es decir, 50% de tu sueldo.
¿Cuáles son las pensiones del ISSSTE?
Invalidez Es la pensión que recibe un trabajador activo que haya quedado imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al cincuenta por ciento de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo.
- La imposibilidad se debe a un accidente o enfermedad no relacionada al trabajo.
- Se solicita cuando el instituto, a través de sus servicios médicos, determina que te encuentras en estado de invalidez.
- El Instituto otorga una pensión de adaptación que será temporal por dos años, después de ese periodo otorga una pensión definitiva y esta se deberá contratar con una Aseguradora.
La cuantía de la pensión es:
35% del promedio del último año inmediato anterior a la fecha de la baja del trabajador. Tendrás derecho a 40 días de pensión por concepto de aguinaldo. El cual se pagará de forma anual o la doceava parte cada mes si así lo decides. Si el trabajador eligió Cuenta Individual, la Aseguradora que administre la pensión deberá realizar el entero de las Cuotas y Aportaciones correspondientes al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez en la Cuenta Individual del Pensionado hasta que cumpla con los supuestos para adquirir una pensión de vejez. Para la pensión por invalidez, el asegurado deberá contratar un seguro de sobrevivencia, considerando los beneficiarios que tenga registrados ante el ISSSTE. Cuando el asegurado que esté pensionado bajo el seguro de invalidez se rehabilite, la Aseguradora con la que fue contratado el seguro de pensión, deberá realizar la devolución de la reserva correspondiente; considerando que se deben descontar las pensiones pagadas y los gastos administrativos. En caso de que la cuantía de la pensión sea inferior a la Pensión Mínima Garantizada (PMG) del IMSS, se otorgará la PMG, que se indica en el artículo 170 de la Ley del IMSS.
El ISSSTE comprará tu seguro de pensión con una aseguradora. En este caso, tu pensión será pagada mensualmente por parte de la aseguradora que elijas. Si optaste por Cuenta Individual o iniciaste a cotizar en 2008, la pensión de invalidez se pagará hasta que cumplas 65 años de edad y 25 años de antigüedad como afiliado al ISSSTE, posteriormente podrás disfrutar de una pensión de vejez que también pagará una aseguradora con cargo a los recursos de tu Cuenta Individual.
¿Qué es el decimo transitorio de la Ley del ISSSTE?
De acuerdo con el artículo Décimo Transitorio fracción I inciso b): Los Trabajadores con 60 años de edad y que coticen un mínimo de 15 años de servicio al Instituto, tendrán derecho a un monto de Pensión de acuerdo a los siguientes porcentajes del promedio de Sueldo Básico del último año de servicio.
¿Cuándo me puedo jubilar decimo transitorio?
Se otorga a trabajadores que queden privados de trabajo después de los sesenta años de edad, con una cotización mínima de diez años.
¿Cuántas semanas cotizadas se necesitan para jubilarse en el ISSSTE?
Requisitos: Tener mínimo 500 semanas de cotización (Consulta tus semanas cotizadas aquí).
¿Cuánto es la pensión minima del ISSSTE 2023?
¿Cuánto dinero recibe un pensionado en México? – ¿De cuánto es la pensión mínima garantizada del IMSS en 2023? – Es de $7,003.69 MXN mensuales, lo que representa un aumento del 20% en comparación con los $5,836.52 MXN de 2022. De tal forma que se trata de un monto variable, dependiendo de las actualizaciones al salario mínimo conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
¿Cuál es el salario mínimo para 2023? El salario mínimo vigente es de $207.44 MXN diarios para las zonas no fronterizas. Nota importante : Cualquier cambio en el monto mínimo de pensión aplica únicamente para las nuevas solicitudes de pensión. Es decir, si realizas tu trámite de pensión a partir del 1 de febrero de 2023 obtendrás el monto mínimo vigente.
Por el contrario, si iniciaste tu trámite antes del 1 de febrero de 2023 mantendrás el monto mínimo establecido durante 2022.
¿Cómo saber si estoy activa en el ISSSTE?
Ingresar a la oficina virtual. Seleccionar en la Oficina Virtual del ISSSTE el módulo de Servicios. Seleccionar el módulo de Constancia de vigencia.
¿Cómo cambiar de regimen en el ISSSTE?
No, en ningún momento se puede cambiar de régimen pensionario. De acuerdo con la Ley del ISSSTE la elección de régimen de los trabajadores afiliados al ISSSTE para optar por el régimen del artículo décimo transitorio o la acreditación del bono de pensión ISSSTE se llevó a cabo hasta el 31 de diciembre de 2007.
¿Cómo saber si estoy en la Ley del 73?
¿Cuál es la diferencia entre la Ley 73 y 97? – Debido a reformas en la Ley del Seguro Social se estableció un nuevo formato de pensiones determinada por lo ahorrado en la Afore para las personas que comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997. Las personas de la Ley 73 conservan el derecho a obtener un monto de pensión.