Invalidez – Es la pensión que recibe un trabajador que, por un accidente o enfermedad no relacionada al trabajo, sufra un daño que afecte el desempeño de un trabajo igual al que realizaba. Se solicita cuando el instituto, a través de sus servicios médicos, determina que te encuentras en estado de invalidez. La cuantía de la pensión es:

35% del promedio de las últimas 500 semanas de salario cotizado. Adicional a la cuantía de la pensión, tendrás derecho a Asignaciones Familiares del 15% por esposa (o) o concubina (o), más 10% por cada hijo menor de 16 años o mayor a esta edad y menor de 25 años que se encuentre estudiando. Si no hay ninguno de ellos, se otorga 10% por cada Ascendiente. El Instituto podrá otorgar hasta el 20% adicional por Ayuda Asistencial, cuando así lo determine un dictamen médico. Pero si no existen beneficiarios se otorga el 15% de Ayuda Asistencial por soledad. Tendrás derecho a 30 días de pensión, sin considerar Asignaciones Familiares ni Ayudas Asistenciales, por concepto de aguinaldo. Para tener derecho a las prestaciones del ramo de invalidez, se requiere que al declararse ésta, el asegurado tenga acreditado el pago de 250 semanas de cotización; sin embargo si el estado de invalidez supera el 75% o el riesgo provoca la muerte, solo se requerirá tener acreditado el pago de 150 semanas de cotización. El salario pensionable se obtiene de realizar el cálculo del promedio de las últimas 500 semanas de cotización, el monto de cada semana se debe actualizar con el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). Actividad que realiza el IMSS al momento en que el prospecto a pensión, ex-trabajador o beneficiarios, realizan la solicitud de pensión ante el Instituto. Para la pensión por invalidez, el asegurado deberá contratar un seguro de sobrevivencia, considerando los beneficiarios que tenga registrados ante el IMSS. En caso de que el pensionado tenga derecho a otra pensión bajo el amparo del seguro de riesgo de trabajo, podrá recibir simultáneamente el beneficio de las dos, sin que la suma de las cuantías de las dos pensiones supere el 100% del mayor salario que sirvió de base para el cálculo de la cuantía de pensión. En caso de que se exceda dicho salario, la pensión que se ajustará para llegar al límite superior que es el mayor salario, será la pensión de invalidez; es decir, la pensión por riesgo de trabajo se deberá pagar en su totalidad de acuerdo con las condiciones establecidas en el Capítulo III de la Ley del IMSS. Cuando el asegurado que esté pensionado bajo el seguro de invalidez se rehabilite, la Aseguradora con la que fue contratado el seguro de pensión deberá realizar la devolución de la reserva correspondiente, considerando que se deben descontar las pensiones pagadas y los gastos administrativos. Adicional a esto, se debe identificar el monto que corresponde a la cuenta individual del trabajador para realizar la transferencia correspondiente a la AFORE. En caso de que la cuantía de la pensión más Asignaciones Familiares y Ayuda Asistencial sea inferior a la Pensión Mínima Garantizada (PMG), se otorgará la PMG.

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¿Cuánto es el porcentaje de pensión por viudez en el IMSS?

El monto de esta prestación es de dos meses del salario mínimo general que rija en el Distrito Federal en la fecha del fallecimiento. Más información en nuestra Sección Tips.

¿Cómo calcular la pensión por orfandad?

Base reguladora de trabajadores en activo –

  1. Si la contingencia del fallecimiento fue común, no laboral, la base reguladora de la pensión de orfandad es el resultado de dividir entre 28 la suma de sus bases de cotización en un periodo de 24 meses consecutivos, incluidos dentro de los 15 años anteriores. Y si fuera específicamente una contingencia común de accidente no laboral, se puede optar por dividir entre 28 la suma de las bases mínimas de cotización vigentes en los 24 meses inmediatamente anteriores a la defunción.
  2. Cuando la contingencia -causa- fue accidente de trabajo o enfermedad profesional, la base se obtiene, en primer lugar, sumando :
    1. el sueldo diario multiplicado por 365
    2. las pagas extraordinarias (o de beneficios) por su importe total en el año anterior al accidente o la baja médica por enfermedad profesional
    3. las horas extra (o pluses) también del año anterior, pero previamente multiplicadas por el número de días efectivamente trabajados en dicho período, y esa cifra multiplicarla después por 273, Y el segundo paso es dividir la suma de estos tres conceptos entre 12,
  3. Si el difunto era empleado del hogar, la base reguladora de la orfandad será la misma que la base de cotización que ese padre o madre tuvieran cuando sobrevino la muerte -hecho causante-.
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¿Cuánto va a cobrar una viuda en el 2023?

Pensión de viudedad en 2023 – Aunque la prestación de cada beneficiario que varía en función de numerosos factores como la base reguladora del fallecido, si se tienen cargas familiares o si se perciben otras prestaciones o pensiones, en otros condicionantes, existe unos límites mínimos:

Con cargas familiares: 12.682,13 euros anuales (905,76 euros mensuales).Mayores de 65 años o con discapacidad igual o superior al 65%: 10.962,62 euros anuales (783,04 euros mensuales).Titulares de entre 60 y 64 años: 10.256,29 euros anuales (624,09 euros mensuales).Menores de 60 años sin cargas: 8.305,89 euros anuales (593,27 euros mensuales).

¿Cuánto es el aumento para los pensionados del IMSS 2023?

Blog > Mejora de pensión > ¿Cuánto aumentará la pensión del IMSS en 2023?

Los pensionados bajo la Ley 73 del IMSS vieron un aumento en el monto de su pensión determinado por el incremento del 20% sobre el salario mínimo vigente. Aunque estos aumentos graduales son gratificantes, la mejor decisión que los futuros pensionados pueden tomar, antes de iniciar con el trámite de pensión, es inscribirse en la Modalidad 40 del IMSS,

¿Cuánto es la ayuda que da el IMSS por gastos funerarios?

Última actualización: 20/4/2023 ¿Falleció tu familiar y era asegurado o pensionado en el Instituto Mexicano del Seguro (IMSS)? Puedes presentar la solicitud de ayuda para gastos de funeral equivalente a 60 días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México en la fecha del fallecimiento.

Esta prestación se otorga en dinero para gastos funerarios para quien fuera asegurado o pensionado al momento del fallecimiento.

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¿Cuáles son los requisitos que se deben cumplir?

Qué el asegurado fallecido tenga registradas un mínimo de doce semanas de cotización en los nueve meses anteriores al fallecimiento. En caso de fallecimiento por un riesgo de trabajo, no requiere semanas previas de cotización. Que el asegurado se encuentre vigente en sus derechos al momento del fallecimiento. Tratándose del fallecimiento de pensionado, deberá de haber estado vigente en sus derechos.

¿Qué información necesito antes de solicitar la ayuda de gastos funerarios?

Los documentos públicos del extranjero deben estar apostillados o legalizados Documentos traducidos al español por perito autorizado en caso de ser distinto al idioma La persona que haga la petición deberá ser preferentemente la que se encuentre descrita en la cuenta original de los gastos de funeral o en su caso, la persona a quien el concesionario transmita los derechos en este documento, presentando ambas identificaciones oficiales. Solicitar la ayuda en el servicio de prestaciones económicas de cualquier Unidad de Medicina Familiar del IMSS del país, en un horario de 8:00 a 15:00 Hrs. de lunes a viernes. Para el pago el interesado deberá acudir a la sucursal de la institución bancaria con la que la delegación del IMSS tenga convenio en los horarios establecidos por esta Institución. Este trámite fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2018, a través del Acuerdo ACDO. R2. HCT.291117/308.P.DPES y Anexos, del Instituto Mexicano del Seguro Social. Quejas o denuncias: Al teléfono 01800 623 23 23 desde cualquier parte de la República Mexicana.

Consulta cada uno de los documentos requeridos en el portal: Homoclave IMSS-01-010 | Instituto Mexicano del Seguro Social | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx) Fuente de información Ayuda para gastos de funeral ante el IMSS | Trámites | gob.mx (www.gob.mx)