Bogotá D.C. El plazo es del 2 al 9 de marzo en todo el país. Son 337 programas en distintas áreas. Con una amplia oferta de programas, acordes a las necesidades del mundo laboral y del emprendimiento, el SENA abre la nueva Oferta de Formación Presencial y a Distancia en todo el territorio nacional, para que los aspirantes puedan elegir, entre el 2 y el 9 de marzo, el que más se ajuste a sus necesidades, horarios y expectativas.
Contamos con cerca de 75.000 cupos en los niveles auxiliar, operario, técnico, profundización técnica, tecnólogo y especialización tecnológica. Ofrecemos programas de formación como Dibujo arquitectónico, Producción agropecuaria, Cocina, Mantenimiento mecatrónico de automotores y Monitoreo ambiental, entre otros, para colombianos y extranjeros”, asegura el director de Formación Profesional, Wilfredo Grajales.
Conozca aquí la lista de algunos programas, La oferta de formación tiene el objetivo de responder a las necesidades del talento humano de cada región de Colombia, y de contribuir a la consolidación de la justicia social, ambiental y económica para promover progreso y esperanza en las comunidades.
Los aspirantes que sean seleccionados iniciarán su proceso de formación el 17 de abril de 2023. Esta oportunidad de formación ofrece varias jornadas para los aprendices: diurna (6:00 a.m. a 6:00 p.m.), nocturna (6:00 p.m. a 10:00 p.m.), madrugada (10:00 p.m. a 6:00 a.m.) y mixta (combinación de dos jornadas).
Estos son los pasos para inscribirse: 1. Ingresar a: https://www.sena.edu.co/es-co/Paginas/default.aspx http://oferta.senasofiaplus.edu.co/sofia-oferta/ 2. Ubicar el recuadro de la parte inferior izquierda “¿Qué quiere estudiar?” y seleccionar el nivel de formación (operario, auxiliar, profundización técnica, especialización tecnológica, técnico o tecnólogo).3.
Escribir una palabra clave (Cocina, por ejemplo), la ciudad en la que desea estudiar y dar clic en “Buscar”. Allí aparecen todos los datos del programa de formación.4. Si la persona ya está registrada, debe ingresar los datos para iniciar el proceso de inscripción.5. Si no está registrada, debe dar clic en “Registrarse” y seguir los pasos.6.
Para el registro o inscripción a un programa de formación de cualquier nivel, se requiere cargar el documento de identidad vigente en la plataforma SOFIA Plus.7. Si la persona se encuentra registrada, debe ingresar a la plataforma y seleccionar: Aspirante Registro, Registro Persona y Documentos.
Allí se carga el documento.8. Importante: el documento original escaneado debe estar en PDF (formato vertical) y el archivo debe tener un tamaño de hasta 2 Mb.9. También se puede utilizar la línea gratuita en Bogotá llamando al (601) 3430111 y para el resto del país 018000-910-270 Los programas de formación del SENA son gratuitos y cualquier información sobre ellos debe consultarse exclusivamente a través de los canales oficiales de la Entidad como la página www.sena.edu.co y las redes sociales @SENAComunica.
Oficina de Comunicaciones Dirección General Nathalia Orrego y Doris Briceño Moreno/CAGM
Contents
- 1 ¿Cómo son los horarios para estudiar en el SENA?
- 2 ¿Cuándo comienzan las clases en el SENA 2023?
- 3 ¿Cuántas horas diarias se estudia en el SENA?
- 4 ¿Cuántos días a la semana se estudia en el SENA?
- 5 ¿Cuántas horas trabaja un aprendiz SENA 2023?
- 6 ¿Cuántos meses se estudia en el SENA?
- 7 ¿Cómo es el primer día de clases en el SENA?
- 8 ¿Cuándo comienzan las clases en el SENA?
- 9 ¿Cuál es la edad máxima para estudiar en el SENA?
- 10 ¿Cómo es estudiar en el SENA?
¿Cómo son los horarios para estudiar en el SENA?
Inscripciones abiertas para estudiar en el Sena: hay 75.000 cupos para programas presenciales y a distancia; conozca la oferta académica Serán cuatro los horarios para estudiar en el Sena. Conozca toda la oferta técnica, tecnóloga y complementaria. El Sena lanzó su nueva oferta de formación presencial y a distancia en todo el país, que cuenta con una amplia variedad de “programas diseñados para satisfacer las necesidades del mundo laboral y del emprendimiento”. De acuerdo con el Sena, el objetivo de la oferta de formación es “atender las necesidades de talento humano en cada región de Colombia (referencia) | Foto: SENA Estos son los pasos para inscribirse:
- Ingresar a y
- Ubicar el recuadro de la parte inferior izquierda “¿Qué quiere estudiar?” y seleccionar el nivel de formación (operario, auxiliar, profundización técnica, especialización tecnológica, técnico o tecnólogo).
- Escribir una palabra clave (Cocina, por ejemplo), la ciudad en la que desea estudiar y dar clic en “Buscar”. Allí aparecen todos los datos del programa de formación.
- Si la persona ya está registrada, debe ingresar los datos para iniciar el proceso de inscripción.
- Si no está registrada, debe dar clic en “Registrarse” y seguir los pasos.
- Para el registro o inscripción a un programa de formación de cualquier nivel, se requiere cargar el documento de identidad vigente en la plataforma SOFIA Plus.
- Si la persona se encuentra registrada, debe ingresar a la plataforma y seleccionar: Aspirante Registro, Registro Persona y Documentos. Allí se carga el documento.
- Importante: el documento original escaneado debe estar en PDF (formato vertical) y el archivo debe tener un tamaño de hasta 2 Mb.
- También se puede utilizar la línea gratuita en Bogotá llamando al (601) 343 0111 y para el resto del país 01 8000 910 270.
Los programas se ofrecerán en cuatro horarios: diurno (6:00 a.m. a 6:00 p.m.), nocturno (6:00 p.m. a 10:00 p.m.), madrugada (10:00 p.m. a 6:00 a.m.) y mixto (combinación de dos jornadas) | Foto: SENA
- Asistencia administrativa
- Contabilización de operaciones comerciales y financieras
- Programación de software
- Sistemas
- Recursos humanos
- Construcción de edificaciones
- Cocina
- Asistencia en organización de archivos
- Instalación de sistemas eléctricos residenciales y comerciales
- Integración de operaciones logísticas
- Atención integral a la primera infancia
- Monitoreo ambiental
- Producción agropecuaria
- Mantenimiento e instalación de sistemas solares fotovoltaicos
- Servicio de restaurante y bar
- Peluquería
- Soldadura de productos metálicos en platina
- Asesoría comercial
- Dibujo arquitectónico
- Mecánica de maquinaria industrial
- Gestión contable y de información financiera
- Gestión empresarial
- Gestión bancaria y de entidades financieras
- Análisis y desarrollo de software
- Gestión administrativa
- Gestión del talento humano
- Gestión integral del riesgo en seguros
- Gestión integral en fondos de pensiones y cesantías
- Electricidad industrial
- Mantenimiento electromecánico industrial
- Gestión documental
- Gestión integrada de la calidad, medio ambiente, seguridad y salud ocupacional
- Entrenamiento deportivo
- Gestión de negocios fiduciarios
- Gestión de la seguridad y salud en el trabajo
- Prevención y control ambiental
- Gestión de empresas pecuarias
- Desarrollo de procesos de mercadeo
- Mantenimiento mecatrónico de automotores
- Gestión del mantenimiento de automotores
Otros: Auxiliar, Operario, Profundización Técnica, Especialización Tecnológica
- Manejo de maquinaria de confección industrial
- Cuidado estético de manos y pies
- Cocina
- Manejo de maquinaria de confección industrial para ropa exterior
- Promoción de seguridad alimentaria
- Construcción de estructuras en concreto
- Labores de campo en cultivos
- Procesos de panadería
- Confección industrial de ropa exterior
- Manejo de la producción pecuaria
- Manejo de montacargas
- Producción apícola
- Mecánica industrial
- Piscicultura
El Sena lanzó su nueva oferta de formación presencial y a distancia en todo el país, que cuenta con una amplia variedad de “programas diseñados para satisfacer las necesidades del mundo laboral” (referencia) | Foto: SENA : Inscripciones abiertas para estudiar en el Sena: hay 75.000 cupos para programas presenciales y a distancia; conozca la oferta académica
¿Cuándo comienzan las clases en el SENA 2023?
Inicio / Cursos Virtuales SENA El SENA ofrece la modalidad de estudio virtual para que puedas estudiar desde la comodidad de tu casa y desde cualquier lugar del mundo. La educación virtual del SENA se ofrece para cursos virtuales cortos y carreras técnicas, tecnológicas y especializaciones tecnológicas en ambientes 100% en línea.
Los cursos virtuales SENA están disponibles permanentemente e inician una vez exista un número suficiente de inscritos y se haya asignado un instructor. La certificación de estos cursos cortos se obtiene una vez hayas aprobado el curso. Por otra parte, las carreras virtuales del SENA se encuentran disponibles a través de convocatorias que se llevan periódicamente por lo general cuatro veces al año.
Las próxima convocatoria SENA virtual para carreras técnicas, tecnológicas y especializaciones será del 2 al 10 de agosto de 2023. Las clases comenzaran en septiembre de 2023.
¿Cuántas horas diarias se estudia en el SENA?
Programas de formación complementaria: Cursos de corta duración Qué pueden oscilar entre 40 y 80 horas. Todas los tipos de formación, se ofrecen en diferentes modalidades, Qué corresponden a Presencial, Virtual y a Distancia.
¿Cuántos días a la semana se estudia en el SENA?
De las cuales se espera use de 25-28 horas en instrucción directa por semana, y 15 horas semanales dedicadas a la planificación y las actividades adicionales en su centro. Su horario del día a día puede variar dependiendo de las clases.
¿Cuánto le pagan a los estudiantes del SENA?
Los apoyos de sostenimiento regular son un recurso en dinero equivalente al cincuenta por ciento (50%) del Salario Mínimo Legal Mensual Vigente – SMLMV, el cual se hace entrega a los aprendices que son adjudicados, teniendo en cuenta el cumplimiento de las condiciones y requisitos para acceder al beneficio.
¿Cuánto dura un técnico en el SENA 2023?
El SENA ofrece a los jóvenes programas de formación gratuita en los niveles de técnicos profesionales y tecnólogos, de acuerdo con la Ley 749 de 2002, por la cual se organiza el servicio público de la educación superior en las modalidades técnica profesional y tecnológica por ciclos.
Su filosofía se orienta esencialmente a que los estudiantes de estos niveles educativos puedan continuar sus estudios hasta el nivel profesional y, al mismo tiempo, tengan la posibilidad de ingresar en forma paralela al mercado ocupacional. La formación se hace mediante un proceso educativo teórico-práctico integral, orientado al desarrollo de conocimientos técnicos, tecnológicos, de actitudes y valores, que permiten a las personas desempeñarse en una actividad productiva.
Esta formación implica el dominio, apropiación y adaptación de las competencias eficazmente para desempeñar sus labores, planteando y solucionando creativamente los problemas. Formación Técnicos Profesionales: Se dirige a los estudiantes para que puedan continuar sus estudios hasta el nivel profesional y al mismo tiempo tengan la posibilidad de ingresar de manera paralela a un empleo.
- Está orientado a generar competencias y desarrollo intelectual, aptitudes, habilidades y destrezas, así como conocimientos técnicos necesarios para el desempeño laboral en una actividad o área específica de los sectores productivo y de servicios.
- Un estudiante que egrese de este ciclo puede vincularse al mercado laboral, realizar especialización para profundizar sus conocimientos en el campo técnico o continuar con el segundo ciclo o nivel tecnológico.
Este programa tiene una duración de año y medio (2.640 horas), distribuido en una etapa lectiva (1.760 horas) y una etapa productiva (880 horas). En algunos programas la duración de las etapas lectivas y productivas tienen la misma intensidad, es decir, 1.320 horas (total de 2.640 horas).
- Formación de Tecnólogos: Está orientada a la comprensión teórica para la formación de pensamientos innovadores e inteligentes y a estudiantes que tengan la capacidad de diseñar, construir, ejecutar, controlar, transformar y operar en los mercados.
- Además busca solucionar los problemas que demandan los sectores productivos y de servicios del país.
Tienen una duración de dos años (3520 horas) distribuidos en etapa lectiva (2.640 horas) y etapa productiva (880 horas). En algunos programas la duración de la etapa lectiva es de 2.200 horas y la productiva de 1.320 horas, para alcanzar la 3.520 horas como máximo.
¿Qué días se estudia en el SENA?
Bogotá D.C. El plazo es del 2 al 9 de marzo en todo el país. Son 337 programas en distintas áreas. Con una amplia oferta de programas, acordes a las necesidades del mundo laboral y del emprendimiento, el SENA abre la nueva Oferta de Formación Presencial y a Distancia en todo el territorio nacional, para que los aspirantes puedan elegir, entre el 2 y el 9 de marzo, el que más se ajuste a sus necesidades, horarios y expectativas.
- Contamos con cerca de 75.000 cupos en los niveles auxiliar, operario, técnico, profundización técnica, tecnólogo y especialización tecnológica.
- Ofrecemos programas de formación como Dibujo arquitectónico, Producción agropecuaria, Cocina, Mantenimiento mecatrónico de automotores y Monitoreo ambiental, entre otros, para colombianos y extranjeros”, asegura el director de Formación Profesional, Wilfredo Grajales.
Conozca aquí la lista de algunos programas, La oferta de formación tiene el objetivo de responder a las necesidades del talento humano de cada región de Colombia, y de contribuir a la consolidación de la justicia social, ambiental y económica para promover progreso y esperanza en las comunidades.
- Los aspirantes que sean seleccionados iniciarán su proceso de formación el 17 de abril de 2023.
- Esta oportunidad de formación ofrece varias jornadas para los aprendices: diurna (6:00 a.m.
- A 6:00 p.m.), nocturna (6:00 p.m.
- A 10:00 p.m.), madrugada (10:00 p.m.
- A 6:00 a.m.) y mixta (combinación de dos jornadas).
Estos son los pasos para inscribirse: 1. Ingresar a: https://www.sena.edu.co/es-co/Paginas/default.aspx http://oferta.senasofiaplus.edu.co/sofia-oferta/ 2. Ubicar el recuadro de la parte inferior izquierda “¿Qué quiere estudiar?” y seleccionar el nivel de formación (operario, auxiliar, profundización técnica, especialización tecnológica, técnico o tecnólogo).3.
- Escribir una palabra clave (Cocina, por ejemplo), la ciudad en la que desea estudiar y dar clic en “Buscar”.
- Allí aparecen todos los datos del programa de formación.4.
- Si la persona ya está registrada, debe ingresar los datos para iniciar el proceso de inscripción.5.
- Si no está registrada, debe dar clic en “Registrarse” y seguir los pasos.6.
Para el registro o inscripción a un programa de formación de cualquier nivel, se requiere cargar el documento de identidad vigente en la plataforma SOFIA Plus.7. Si la persona se encuentra registrada, debe ingresar a la plataforma y seleccionar: Aspirante Registro, Registro Persona y Documentos.
- Allí se carga el documento.8.
- Importante: el documento original escaneado debe estar en PDF (formato vertical) y el archivo debe tener un tamaño de hasta 2 Mb.9.
- También se puede utilizar la línea gratuita en Bogotá llamando al (601) 3430111 y para el resto del país 018000-910-270 Los programas de formación del SENA son gratuitos y cualquier información sobre ellos debe consultarse exclusivamente a través de los canales oficiales de la Entidad como la página www.sena.edu.co y las redes sociales @SENAComunica.
Oficina de Comunicaciones Dirección General Nathalia Orrego y Doris Briceño Moreno/CAGM
¿Cuántas horas trabaja un aprendiz SENA 2023?
Derechos de autor reservados – Prohibida su reproduccin CONCEPTO 53558 DE 2018 (septiembre 14) SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA
PARA : | XXXXXXXXXXXXXXX XXXX@XXXX |
DE: | Coordinador Grupo de Conceptos Jurídicos y Producción Normativa |
ASUNTO: | CONCEPTO JORNADA LABORAL APRENDICES. |
En atención a su comunicación radicada bajo el No.8-2018-051497 del 07 de septiembre de 2018, mediante el cual envía la consulta de la señora Alma Karime Brito del Área Jurídica de la empresa LISTOS S.A.S, respecto a la jornada en etapa de práctica de los aprendices SENA frente a las empresas con jornada laboral flexible que tienen una jornada laboral de 9 horas días y 45 horas semanales de lunes a viernes, si bien está dentro del rango de las 48 horas semanales se excede de las 8 horas diarias, es imperativo que se cumplan los dos parámetros fijados en cuanto a la jornada de práctica empresarial, al respecto le informo lo siguiente: ALCANCE DE LOS CONCEPTOS JURÍDICOS Es pertinente señalar que los conceptos emitidos por la Dirección Jurídica del SENA son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos ni el análisis de actuaciones particulares.
- En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución, ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes.
- En atención a la consulta, de manera comedida le informo que esta dependencia no es la competente para resolver situaciones particulares ni conceptuar sobre procedimientos de trámites o hacer aclaraciones/modificaciones a los actos administrativos proferidos por el SENA.
También es pertinente indicarle que en virtud de los principios de economía y celeridad, establecidos en la Constitución Política y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, las inquietudes sobre diversas temáticas se deben aclarar al interior de la Entidad agotando el conducto regular, vale decir, acudiendo al funcionario que maneje la temática, al competente o a quien deba tomar la decisión.
El Grupo de Conceptos Jurídicos y Producción Normativa, no tiene asignadas funciones administrativas, contractuales o disciplinarias, y tomar una decisión en esta vía en un caso particular que no le compete, pues implicaría excederse en sus funciones lo que acarrearía la respectiva responsabilidad disciplinaria.
En consecuencia, la temática planteada se abordará en forma general para su análisis jurídico. CONCEPTO JURÍDICO El artículo 32 de la ley 789 de 2002, en concordancia con el artículo 1 o del Decreto 2585 de 2003, define los sujetos pasivos de la obligación de contratar aprendices de la siguiente manera: “las empresas privadas, desarrolladas por personas naturales o jurídicas, que realicen cualquier tipo de actividad económica diferente de la construcción, que ocupen un número de trabajadores no inferior a quince (15), se encuentran obligadas a vincular aprendices para los oficios u ocupaciones que requieran formación académica o profesional metódica y completa en la actividad económica que desempeñan”.
(Negrilla fuera de texto). Así mismo, el artículo 3 del Decreto 2585 de 2003 dispuso: “Para efectos de la determinación de la cuota de aprendices entiéndase por trabajador toda persona natural que presta un servicio personal a otra persona natural o jurídica bajo continuada dependencia o subordinación y mediante remuneración independientemente de la modalidad o clase de contrato de trabajo, de su duración, jornada laboral o forma de pago del salario.” (Negrilla fuera de texto) Luego entonces, para efectos de la cuota de aprendices, la normatividad al respecto no hace distinción de la clase de trabajadores, ni la modalidad o clase de contrato, ni sobre la duración del mismo, jornada laboral o forma de pago, para dar cumplimiento a la obligación legal de contratar y vincular la cuota mínima de aprendices,
La Coordinación del Grupo de Conceptos Jurídicos y Producción Normativa a través del concepto No.31488 del 16 de junio de 2018, respecto a la jornada laboral para la regulación de la cuota de aprendices, manifestó: Ahora bien, para efectos de la determinación de la cuota de aprendices, el artículo 2.2.6.3.26 del Decreto 1072 de 2015 indica que se tienen en cuenta todos aquellos trabajadores que prestan su servicio personal, bajo continuada dependencia o subordinación del empleador y mediante remuneración, independientemente de la modalidad o clase de contrato, de su duración, jornada laboral o forma de pago Esta norma deja en claro que no interesa si el contrato de trabajo es temporal, ocasional o accidental por obra o labor a término fijo o a término indefinido a que aluden los artículos 6 o, 45 46 y 47 del Código Sustantivo del Trabajo, para efectos de regular la cuota de aprendices.
- En cuanto a la jornada laboral, la Ley 789 de 2002 en el artículo 51 señala lo siguiente: ARTÍCULO 51,
- JORNADA LABORAL FLEXIBLE.
- Modifíquese el inciso primero del literal c) artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, subrogado por el artículo 20 de la Ley 50 de 1990 y adiciónese un nuevo literal d).
c) El empleador y el trabajador pueden acordar temporal o indefinidamente la organización de turnos de trabajo sucesivos, que permitan operar a la empresa o secciones de la misma sin solución de continuidad durante todos los días de la semana, siempre y cuando el respectivo turno no exceda de seis (6) horas al día y treinta y seis (36) a la semana; d) El empleador y el trabajador podrán acordar que la jornada semanal de cuarenta y ocho (48) horas se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo, distribuidas en máximo seis días a la semana con un día de descanso obligatorio, que podrá coincidir con el domingo,
En este, el número de horas de trabajo diario podrá repartirse de manera variable durante la respectiva semana y podrá ser de mínimo cuatro (4) horas continuas y hasta diez (10) horas diarias sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario, cuando el número de horas de trabajo no exceda el promedio de cuarenta y ocho (48) horas semanales dentro de la jornada ordinaria de 6 a.m.
a 10 p.m. (Subrayas fuera del texto original). Esta norma contempla la posibilidad de que las empresas atendiendo a sus necesidades o exigencias del mercado adopten una jornada flexible, y en virtud de ello puedan acordar con el trabajador turnos de trabajo sucesivos o acordar que la jornada semanal máxima legal de cuarenta y ocho (48) horas se distribuya en jornadas diarias flexibles, distribuidas en seis (6) días a la semana con un día de descanso.
- Cuando el empleador acuerde con su trabajador turnos diarios todos los días de la semana, estos no podrán exceder de seis (6) horas diarias y treinta y seis (36) horas semanales.
- De acuerdo con estas disposiciones la regla general es que toda empresa obligada a contratar aprendices debe vincular la cuota que le determine la regional del SENA, independientemente de la modalidad o clase de contrato, de su duración, jornada laboral o forma de pago, vale decir, sin importar el horario laboral de cada uno de sus trabajadores.
No obstante, por razones de equidad y justicia económica, el Gobierno Nacional tuvo en cuenta la situación particular de aquellas empresas que tienen una jornada flexible para efectos de regular la cuota de aprendices. Es así como el Decreto 620 de 2005 en el artículo 3 o, compilado actualmente en el artículo 2.2.6.3.32 del Decreto 1072 de 2015, fijó una regla más beneficiosa para regular la cuota de aprendices a las empresas con jornada laboral menor a la ordinaria legal.
El Decreto 1072 de 2015 en su artículo 2.2.6.3.32 establece: Artículo 2.2.6.3.32 Empresas donde se labora menos de la jornada ordinaria. Para determinar la cuota de aprendices en empresas en las que sus trabajadores laboren menos de la jornada ordinaria de trabajo, se deberá sumar las horas laboradas por los trabajadores con dicha jornada y dividirlas por el número de horas correspondientes a la jornada máxima legal diaria.
El resultado de dicha operación corresponderá al número de trabajadores sobre el cual se determinará la cuota mínima de aprendices. (Decreto 620 de 2005, art.3 ) Esta norma ofrece una alternativa de regulación de cuota de aprendices para aquellas empresas que tienen una jornada laboral menor a la jornada máxima legal que es de cuarenta y ocho (48) horas semanales.
Ahora bien, la norma indica que para determinar la cuota de aprendices de estas empresas, se deberá sumar las horas laboradas por los trabajadores con dicha jornada y dividirlas por el número de horas correspondientes a la jornada máxima legal diaria, cuyo resultado corresponderá al número de trabajadores sobre el cual se determina la cuota mínima de aprendices.
En este orden de ideas se tiene que la jornada máxima legal de cuarenta y ocho (48) horas semanales, equivale a ocho (8) horas diarias por seis (6) días a la semana. Cabe precisar que la división siempre debe ser por la jornada máxima legal ordinaria (semanal o diaria), esto es, cuarenta y ocho (48) horas semanales u ocho (8) horas diarias.
Para mayor ilustración tomemos dos ejemplos Una “Empresa A ” tiene una jornada laboral ordinaria de 48 horas semanales y utiliza 80 trabajadores. La jornada diaria sería de 8 horas. En este ejemplo a la empresa se le asignará una cuota de cuatro (4) aprendices. Una “Empresa B” tiene una jornada laboral de 36 horas semanales y utiliza 80 trabajadores.
La jornada diaria sería de 6 horas. En este caso la cuota sería de tres (3) aprendices. Teniendo en cuenta que para determinar la cuota de aprendices se debe dividir el número final de trabajadores por 20 (a razón de un aprendiz por cada 20 trabajadores), aplicando las respectivas reglas obtendríamos las siguientes fórmulas: Empresa A = 48 horas semanales x 80 de trabajadores = 80 trabajadores 48 horas semanales de jornada máxima legal 80 trabajadores/ 20 = 4 aprendices Empresa B = 36 horas semanales x 80 trabajadores = 60 trabajadores 48 horas semanales de jornada máxima legal 60 trabajadores/20= 3 aprendices.
De acuerdo con lo anterior, a la Empresa A con una jornada semanal ordinaria legal de cuarenta y ocho (48) horas le corresponde contratar cuatro (4) aprendices, mientras que a la Empresa B con una jornada semanal inferior a la legal de treinta y seis (36) horas le corresponde contratar tres (3) aprendices.
El cálculo también se puede hacer sobre la base de la jornada diaria así: Empresa A = 8 horas diarias x 80 de trabajadores = 80 trabajadores 8 horas diarias de jornada máxima legal 80 trabajadores/ 20 = 4 aprendices Empresa B = 6 horas diarias x 80 trabajadores = 60 trabajadores 8 horas diarias de jornada máxima legal 60 trabajadores/20= 3 aprendices.
No sobra puntualizar que si se llegare a dividir por una jornada inferior a la máxima legal ordinaria (48 horas semanales u 8 horas diarias) se estaría desconociendo lo preceptuado en la norma, dado que arrojaría un número más alto de trabajadores, generando a su vez una mayor cuota de aprendices. En consecuencia, acatando lo dispuesto en la norma siempre se debe dividir por la jornada máxima legal ordinaria (48 semanales u 8 horas diarias)” Conforme a lo anterior las empresas pueden adoptar una jornada flexible atendiendo las necesidades y exigencias del mercado y en virtud de ello puedan acordar con el trabajador turnos de trabajo sucesivos o acordar que la jornada semanal máxima legal de cuarenta y ocho (48) horas se distribuya en jornadas diarias flexibles, distribuidas en seis (6) días a la semana con un día de descanso.
Cuando el empleador acuerde con su trabajador turnos diarios todos los días de la semana, estos no podrán exceder de seis (6) horas diarias y treinta y seis (36) horas semanales. De acuerdo con estas disposiciones la regla general es que toda empresa obligada a contratar aprendices debe vincular la cuota que le determine la regional del SENA, independientemente de la modalidad o clase de contrato, de su duración, jornada laboral o forma de pago, vale decir, sin importar el horario laboral de cada uno de sus trabajadores.
No obstante, por razones de equidad y justicia económica, el Gobierno Nacional tuvo en cuenta la situación particular de aquellas empresas que tienen una jornada flexible para efectos de regular la cuota de aprendices, tal como lo señalado en el Decreto 620 de 2005 en el artículo 3 o, compilado actualmente en el artículo 2.2.6.3.32 del Decreto 1072 de 2015.
Ahora bien, el Consejo Directivo Nacional del SENA, a través del Acuerdo 15 del 11 de diciembre de 2003 “Por el cual se regulan aspectos operativos del contrato de aprendizaje” en el artículo 1, sobre la distribución y alternancia de tiempo entre la etapa lectiva y productiva, y la jornada, señalo: La distribución y alternancia de las etapas lectiva y práctica dependerá del pensum académico de cada programa de formación profesional integral en particular.
Durante el período de tiempo en que el aprendiz alumno recibe formación integral en las aulas, no se desplazará a las instalaciones de la empresa, salvo que esté contemplado en el programa de formación, la alternancia de las dos etapas, es decir la etapa lectiva o académica y la etapa práctica o productiva.
En la etapa práctica o productiva, el aprendiz dedicará hasta 40 horas semanales al cumplimiento de la misma, previa concertación entre el empleador y el aprendiz. PARÁGRAFO. De conformidad con el artículo 30 de la Ley 789 de 2002, en concordancia con el artículo 2 o del Decreto 2585 de 2003, el contrato de aprendizaje para los alumnos de los programas de formación a nivel técnico o tecnólogo en el Sena, comprenderá las dos etapas, esto es, etapa lectiva y práctica.” ( Negrilla y Subrayo fuera de texto) Así mismo, a través del Acuerdo 23 del 6 de octubre de 2005, se modificó el inciso 3o del artículo 1 o del Acuerdo 15 de 2003, y se estableció que en la etapa práctica o productiva, el aprendiz dedicará hasta 48 horas semanales al cumplimiento de la misma, previa concertación entre el empleador y el aprendiz.
En cuanto al horario a realizar por el aprendiz en la etapa productiva, mediante concepto No.51292 del 4 de octubre de 2017, se dijo: En relación con el horario de la etapa productiva para aprendices menores de edad, es preciso examinar lo preceptuado en el Decreto 1072 de 2015 y la Ley 1098 de 2006 o Código de la Infancia y de la Adolescencia.
El Decreto 1072 de 2015 en su artículo 2.2.6.3.3 establece: ARTÍCULO 2.2.6.3.3 Edad mínima para el contrato de aprendizaje. El contrato de aprendizaje podrá ser celebrado por personas que hayan cumplido la edad establecida por la normatividad vigente, que hayan completado sus estudios primarios o demuestren poseer conocimientos equivalentes a ellos, es decir saber leer y escribir.
- Decreto 933 de 2003, art.3 ) Este precepto debe armonizarse con lo establecido en los artículos 3 35 y 113 de la Ley 1098 de 2006 o Código de la Infancia y la Adolescencia, que al respecto disponen: ARTÍCULO 3 o SUJETOS TITULARES DE DERECHOS,
- Para todos los efectos de esta ley son sujetos titulares de derechos todas las personas menores de 18 años.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 34 del Código Civil, se entiende por niño o niña las personas entre los 0 y los 12 años, y por adolescentes las personas entre 12 y 18 años de edad. ARTÍCULO 35 EDAD MÍNIMA DE ADMISIÓN AL TRABAJO Y DERECHO A LA PROTECCIÓN LABORAL DE LOS ADOLESCENTES AUTORIZADOS PARA TRABAJAR.
La edad mínima de admisión al trabajo es los quince (15) años. Para trabajar, los adolescentes entre los 15 y 17 años de edad requieren de la respectiva autorización expedida por el Inspector de Trabajo o, en su defecto, por el Ente Territorial Local y gozarán de las protecciones laborales consagrados en el régimen laboral colombiano, las normas que los complementan, los tratados y convenios internacionales ratificados por Colombia, la Constitución Política y los derechos y garantías consagrados en este Código.
Los adolescentes autorizados para trabajar tienen derecho a la formación y especialización que los habilite para ejercer libremente una ocupación, arte, oficio o profesión y a recibirla durante el ejercicio de su actividad laboral. PARÁGRAFO: Excepcionalmente, los niños y niñas menores de 15 años podrán recibir autorización de la Inspección de Trabajo, o en su defecto del Ente Territorial Local, para desempeñar actividades remuneradas de tipo artístico, cultural, recreativo y deportivo.
La autorización establecerá el número de horas máximas y prescribirá las condiciones en que esta actividad debe llevarse a cabo. En ningún caso el permiso excederá las catorce (14) horas semanales. ARTÍCULO 113 AUTORIZACIÓN DE TRABAJO PARA LOS ADOLESCENTES, Corresponde al inspector de trabajo expedir por escrito la autorización para que un adolescente pueda trabajar, a solicitud de los padres, del respectivo representante legal o del Defensor de Familia.
A falta del inspector de trabajo la autorización será expedida por el comisario de familia y en defecto de este por el alcalde municipal. La autorización estará sujeta a las siguientes reglas: 1. Deberá tramitarse conjuntamente entre el empleador y el adolescente; 2.
- La solicitud contendrá los datos generales de identificación del adolescente y del empleador, los términos del contrato de trabajo, la actividad que va a realizar, la jornada laboral y el salario.3.
- El funcionario que concedió el permiso deberá efectuar una visita para determinar las condiciones de trabajo y la seguridad para la salud del trabajador.4.
Para obtener la autorización se requiere la presentación del certificado de escolaridad del adolescente y si este no ha terminado su formación básica, el empleador procederá a inscribirlo y, en todo caso, a facilitarle el tiempo necesario para continuar el proceso educativo o de formación, teniendo en cuenta su orientación vocacional.5.
- El empleador debe obtener un certificado de estado de salud del adolescente trabajador.6.
- La autorización de trabajo o empleo para adolescentes indígenas será conferida por las autoridades tradicionales de la respectiva comunidad teniendo en cuenta sus usos y costumbres.
- En su defecto, la autorización será otorgada por el inspector del trabajo o por la primera autoridad del lugar.7.
El empleador debe dar aviso inmediato a la autoridad que confirió la autorización, cuando se inicie y cuando termine la relación laboral. PARÁGRAFO, La autorización para trabajar podrá ser negada o revocada en caso de que no se den las garantías mínimas de salud, seguridad social y educación del adolescente.
De acuerdos con lo dispuesto en el artículo 3 o de la Ley 1098 de 2006, los derechos de los niños, niñas y adolescentes, está referidos a los menores de 18 años, vale decir, aquellas personas que no han adquirido la calidad de ciudadanos, la cual se ejerce a partir de los 18 años según lo establecido en la Constitución Política de Colombia.
El artículo 35 del citado Código de la Infancia y la Adolescencia, establece la edad mínima de admisión al trabajo y derecho a la protección laboral a partir de los 15 años, indicando que entre los 15 y los 17 años requieren autorización para trabajar expedida por el Inspector de Trabajo o en su defecto por el Ente Territorial Local Por su parte el artículo 113 del aludido Código de la Infancia y la Adolescencia, asigna al Inspector de Trabajo, a falta de éste al Comisario de Familia o en su defecto al Alcalde Municipal, la responsabilidad de expedir por escrito la autorización para que un adolescente pueda trabajar; indicando que la solicitud la pueden presentar los padres del menor, el representante legal o el Defensor de familia.
Las citadas normas se orientan a proteger al menor de cualquier explotación económica o de actividades que vulneren su vida, su dignidad, su integridad, su salud, su seguridad social o que les impida el acceso y permanencia al sistema educativo. Situación que el mismo Código señala de manera especial en el artículo 41 al indicar como obligaciones del Estado, entre otras, las siguientes: ARTÍCULO 41 OBLIGACIONES DEL ESTADO: El Estado es el contexto institucional en el desarrollo de los niños, las niñas y los adolescentes.
En cumplimiento de sus funciones en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal deberá: (.) 29. Asegura que no sean expuestos a ninguna forma de explotación económica o a la mendicidad y abstenerse re utilizarlos en actividades militares, operaciones psicológicas, campañas cívico – militares y similares.(.) 32.
Erradicar las peores formas de trabajo infantil, el trabajo de los niños y las niñas menores de quince años, proteger a los adolescentes autorizados para trabajar, y garantizar su acceso y permanencia en el sistema educativo.33. Promover estrategias de comunicación educativa para transformar los patrones culturales que toleran el trabajo infantil y resaltar el valor de la educación como proceso fundamental para el desarrollo de la niñez.(.) Es necesario precisar que según los artículos 35 y 113 de la Ley 1098 de 2006 la autorización que requieren los adolescentes entre 15 y 17 años es para trabajar o desarrollar una actividad laboral, pues los menores de 15 años no deben trabajar y sólo de manera excepcional podrán recibir autorización para desempeñar actividades remuneradas de tipo artístico, cultural, recreativo y deportivo.
Cabe destacar que dentro de los requisitos exigidos por la Ley 789 de 2002 y el Decreto 1072 de 2015 para celebrar el contrato de aprendizaje no está contemplada la autorización a que aluden los artículos 35 y 113 de la Ley 1098 de 2006 o Código de la Infancia y la Adolescencia.
La Corte Constitucional precisó que el contrato de aprendizaje no es un contrato laboral Esta tesis ha sido reiterada por vía de conceptos jurídicos emitidos por nuestra dependencia, matizando que el contrato de aprendizaje no ostenta la calidad de contrato laboral, por cuanto la subordinación (uno de los elementos del contrato de trabajo), en virtud de lo dispuesto en el literal b) del artículo 30 de la Ley 789 de 2002, está referida exclusivamente a las actividades propias del aprendizaje y el apoyo económico que recibe el aprendiz en ningún caso constituye salario (otro de los elementos del contrato de trabajo) ya que su finalidad está orientada a garantizar el proceso de aprendizaje y no la remuneración de un servicio.
En consecuencia, el aprendiz no suscribe un “contrato de trabajo” sino un “contrato de aprendizaje”, con el fin de adquirir formación profesional metódica y completa requerida en el oficio, actividad u ocupación para la cual se capacita, contando con un apoyo de sostenimiento mensual que tiene por fin garantizar el proceso de aprendizaje y dado el carácter de la actividad netamente académica, no requiere de la autorización a que alude el artículo 113 de la Ley 1098 de 2006 CONCLUSIÓN En este orden de ideas se puede concluir que los empleadores están facultados para concertar con los aprendices hasta 48 horas semanales para el desarrollo de la etapa productiva, que deberán ejecutar atendiendo el horario o turnos que corresponda a los trabajadores de planta en la ocupación, arte, oficio o profesión objeto del contrato de aprendizaje,
( negrilla fuera de texto) De otro lado, en cuanto a superar la jornada máxima legal de 8 horas días, mediante concepto No.42319 del 17 de agosto 2017, se conceptuó lo siguiente: Esta Coordinación ya se pronunció sobre el tema mediante concepto 10360 de 2014, apoyado en el documento “Cartilla guía de preguntas y respuestas.
Contrato de Aprendizaje”, versión 2012, página 63 y 64, documento que no ha sufrido modificación hasta la fecha. En ese concepto se dijo: “(.) El Acuerdo 15 de 2003, reguló aspectos operativos de dicha clase de vínculo, determinando en el inciso tercero de su artículo primero, que: “En la etapa práctica o productiva, el aprendiz dedicará hasta 40 horas semanales al cumplimiento de la misma, previa concertación entre el empleador y el aprendiz”.
Con posterioridad y con el objeto de ampliar el tiempo de práctica de la relación de aprendizaje, en beneficio de la formación integral del alumno, el enunciado precepto fue modificado por el Consejo Directivo Nacional del SENA, mediante Acuerdo No.0000 23 del 6 de octubre de 2005, que dispone: “En la etapa práctica o productiva, el aprendiz dedicará hasta 48 horas semanales al cumplimiento de la misma, previa concertación entre el empleador y el aprendiz” (Resaltado y subrayado fuera de texto).
Como se observa, hemos resaltado que la dedicación del aprendiz durante la etapa práctica o productiva no puede superar el límite de las 48 horas semanales, pudiendo ser inferior al mismo, pero en todo caso dependerá del acuerdo de las partes respecto de la definición de las condiciones de ejecución del contrato de aprendizaje en tal sentido.
El acuerdo 0000 23 de 2005 respetó la autonomía de las partes y el libre ejercicio de su voluntad para la determinación de las maneras y plazos para el cumplimiento de las obligaciones que emanan de la relación de aprendizaje, y por la naturaleza de esa relación, la fijación de las jornadas semanales de práctica no depende de nadie distinto a ellos.
La cartilla Guía Preguntas y respuestas contrato de aprendizaje, versión 2012, página 63 y 64 sobre el particular, señala: ” Los turnos establecidos por las empresas después de las 6:00 p.m y antes de las 6:00 a.m no serán contemplados para el contrato de aprendizaje y darán lugar a que los aprendices puedan entablar demandas laborales a las empresas a excepción de carreras de Mesa y Bar, Eventos, Salud.
En ningún caso se podrá pactar entre empresa y aprendiz pago de horas extras dentro de la relación de aprendizaje. La jornada de práctica empresarial no podrá superar las 8 horas diarias, ni las 48 semanales de lunes a sábado, las especialidades de hotelería, turismo y salud por su actividad podrán ser programados para fines de semana sin superar las jornadas establecidas.(.)” Si bien es cierto que este documento no tiene un alcance normativo, no se puede desconocer su finalidad práctica en el manejo del contrato de aprendizaje, y debe entenderse que estas recomendaciones se hacen dentro del marco regulatorio del mismo.
En este sentido debe tenerse en cuenta que la formación impartida en el contrato de aprendizaje, tanto en su etapa lectiva como en la práctica requiere una supervisión y vigilancia por parte de la entidad formadora. Por la necesidad de formación planteada, en el acuerdo 7 de 2012 del SENA “Por el cual se adopta el reglamento del aprendiz SENA”, se dispuso: Artículo 12 Alternativas para el desarrollo de la etapa productiva.(.) Parágrafo 2o Cuando un aprendiz tenga vínculo laboral previo inicio de la formación y esta no afecte el desarrollo de las actividades establecidas previamente para la ejecución de la formación, podrá optar por presentar dicho vínculo como etapa productiva cumpliendo con todos los requisitos que esta implica ; es decir, se realizará una concertación de las actividades que debe estar desarrollando en la empresa, así como el seguimiento tanto presencial como virtual que debe ejecutar el instructor; esto implicará que estos aprendices podrán estar desarrollando la etapa productiva y lectiva de manera simultánea,(.) Artículo 14 Seguimiento y evaluación de la etapa productiva.
El seguimiento a la etapa productiva es obligatorio y se realizará de manera virtual y presencial. El aprendiz elaborará una bitácora quincenal, en la que señalará las actividades adelantadas en desarrollo de su etapa productiva en cualesquiera de las alternativas, para que el instructor asignado como responsable pueda hacer seguimiento de acuerdo a los indicadores establecidos en el procedimiento de ejecución de la formación, garantizando una interacción continua entre el aprendiz y el instructor; esta actividad se debe complementar con visitas o comunicación directa que realice el instructor,(.)” (Resaltados fuera de texto) Si el aprendiz desarrollara su etapa productiva en un horario nocturno, se haría imposible el seguimiento por parte del instructor, razón por la que solo en casos excepcionales y por los programas de formación específicos, como son mesa y bar o programas de salud, se permita que la etapa productiva se haga en horarios nocturnos.” ( Negrilla fuera de texto) Conforme a lo anterior y en virtud a lo señalado en el Acuerdo 23 de 2005, la jornada laboral de los aprendices en la etapa practica podrá dedicar hasta 48 horas semanales al cumplimiento de la misma y el empleador está facultado para concertar con el aprendiz hasta 48 horas semanales para desarrollar la etapa productiva, la cual se podrá ejecutar atendiendo el horario o turnos que corresponde a los trabajadores de planta en la ocupación, arte oficio o profesión objeto del contrato de aprendizaje; sin embargo la práctica laboral en la empresa no podrá superar las 8 horas días.
Finalmente, en la etapa práctica con empresas de jornada laboral flexible no es necesario que el aprendiz tenga que dedicar 48 horas a la semana, pues como se observa en la redacción del artículo 1 del Acuerdo 23 de 2005, podrá dedicar hasta 48 horas semanales, luego entonces si es menos de las 48 horas se podrá acordar con el empleador las horas a desarrollar en la etapa productiva pero se debe tener en cuenta que no podrá superar 48 horas a la semana y tampoco las 8 horas de la jornada laboral, pues como se manifestó anteriormente el contrato de aprendizaje no es un contrato laboral.
- El presente concepto se rinde de conformidad con el alcance dispuesto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, incorporado por la Ley 1755 de 2015.
- De igual forma, este concepto deberá interpretarse en forma integral y armónica, con respeto al principio de supremacía constitucional y al imperio de la ley (C.054 de 2016); así como, en concordancia con la vigencia normativa y jurisprudencial al momento de su uso y emisión.
Cordialmente, Carlos Emilio Burbano Barrera Coordinador Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. “Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA” ISSN Última actualización: 4 de agosto de 2023 – (Diario Oficial No.52.465 – 23 de julio de 2023) Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentacin y disposicin de la compilacin estn protegidas por las normas sobre derecho de autor.
En relacin con estos valores jurdicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no nicamente- la copia, adaptacin, transformacin, reproduccin, utilizacin y divulgacin masiva, as como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promocin de la competencia o que requiera autorizacin expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor.
En caso de duda o solicitud de autorizacin puede comunicarse al telfono 617-0729 en Bogot, extensin 101. El ingreso a la pgina supone la aceptacin sobre las normas de uso de la informacin aqu contenida.
¿Cuántos meses se estudia en el SENA?
Respuesta. Esta iniciativa contempla programas de formación entre 40 y 340 horas que se imparten entre 5 y 10 meses.
¿Cómo es el primer día de clases en el SENA?
Derechos de autor reservados – Prohibida su reproduccin CIRCULAR 276 DE 2012 (julio 6) SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE Bogotá, D.C.
Para: | Directores Regionales, Subdirectores de Centro, Coordinadores de Formación Integral, Gestión Educativa y Promoción y Relaciones Corporativas, Coordinadores de Administración Educativa, Coordinadores Académicos. |
Asunto: | Inducción aprendices. |
Como resultado del trabajo realizado por la Dirección de Formación Profesional Integral nos permitimos presentar las ORIENTACIONES GENERALES PARA EL DESARROLLO DE LA INDUCCIÓN EN TODOS LOS CENTROS DEL SENA de las cuales agradecemos su aplicación. Generalidades El procedimiento de inducción es un factor clave de éxito en el proceso de formación.
- Es el punto de partida en el cual el aprendiz reconoce la estrategia de formación y aprendizaje que el SENA le ofrece integralmente y en particular el rol que desempeñará en el marco del aprendizaje autónomo.
- La estrategia es la formación por proyectos, que permite estructurar la respuesta de formación a necesidades específicas y que conduce a garantizar eficiencia, eficacia y calidad en los procesos y productos de la formación (Unidad técnica, 1986).
Es importante que el aprendiz comprenda que el principal objetivo de esta estrategia es garantizar la integralidad del proceso de formación, en tanto los proyectos nos permiten desarrollar competencias de un programa de manera integrada y que el aprendizaje autónomo se refiere a la posibilidad que tiene cada uno de gestionar su propio proceso de aprendizaje para desarrollar las competencias, accediendo a diferentes fuentes de conocimiento, con la orientación del instructor como facilitador del aprendizaje.
El aprendiz podrá acceder en distintos momentos de su proceso de formación a diversos ambientes de aprendizaje haciendo uso de las tecnologías de información y comunicación, ambientes de formación especializados, consultas con los instructores y/o tutores de los proyectos presenciales y virtuales, espacios de gestión con los monitores, sistema de bibliotecas SENA y a otras fuentes de conocimiento disponibles en la Institución.
Desde la Dirección General, el grupo de Administración Educativa estructuró una nueva versión del curso semilla de Inducción con base en los resultados del seguimiento al proceso de Inducción detectados a nivel nacional y se plantea lo siguiente: 1. El curso de Inducción se enmarca dentro de la Política Institucional y la integralidad de la formación y su diseño curricular forma parte del modelo pedagógico cognitivo social, garantizando el acercamiento del aprendiz a la Entidad.2.
La duración máxima del curso de Inducción es de 40 horas, orientadas en la modalidad combinada (70/30) es decir, 70% formación presencial y 30% formación en ambiente virtual; de acuerdo con la programación del Centro y el tipo de oferta educativa.3. Los contenidos del proceso de Inducción son los que aparecen en el curso semilla, su divulgación con los aprendices y el desarrollo de los ejes temáticos es de carácter obligatorio.4.
Dentro de los contenidos del curso de Inducción se desarrollan temas de carácter general y temas de carácter específico relacionados con los programas de formación ofertados, los cuales deben ser ajustados a los requerimientos de cada Centro de Formación.
- La inducción al aprendiz contempla tres momentos: PRIMER MOMENTO – BIENVENIDA: El objetivo de este momento es brindar un cordial recibimiento al aprendiz por la Entidad, generando sentido de pertenencia, donde se garantice que los participantes identifiquen al SENA y conozcan sus directrices.
- En este momento, cada Centro de Formación debe realizar los actos protocolarios y solemnes, como son: presentación de los himnos, historia de la institución y explicación de los símbolos que identifican al SENA.
En el desarrollo de la bienvenida se cuenta con material audiovisual, saludo del Director General, saludo del Director de Formación Profesional Integral y del Capellán Institucional. Cada Centro de Formación debe incluir en este momento material audiovisual con los protocolos de bienvenida del Director Regional y Subdirector del Centro de Formación teniendo en cuenta que la duración de cada video no puede superar cuatro (4) minutos.
De la misma manera el Centro de Formación, debe incluir en el espacio de bienvenida el himno de la Ciudad/Región. La inducción debe convertirse en un espacio motivacional y de alegría, para lo cual se propone una jornada lúdica una vez finalice el primer momento de la inducción. El objetivo de la jornada es desarrollar en los aprendices temas como: liderazgo, integración familiar y responsabilidad social, para lo cual el Centro tiene autonomía en cuanto al tipo de evento (deportivo, cultural, lúdico, eucarístico), coordinado desde el área de Bienestar de cada Centro de Formación.
SEGUNDO MOMENTO – INTEGRAD DAD DE LA FORMACIÓN Y SERVICIOS DE APOYO: En esta parte del curso se propone brindar la información general del funcionamiento de la Entidad, la cual le servirá al aprendiz como herramienta para el desarrollo de su formación profesional integral en el SENA: – Contexto a la Formación Profesional Integral – Apoyo a la Formación Profesional Integral – Deberes y derechos consigo mismo
Contexto a la Formación Profesional Integral
En el contexto a la FPI, se hace un acercamiento del aprendiz con el Modelo Pedagógico Institucional y su relevancia dentro de la cadena de formación. Se relacionan aspectos de política nacional asociados al empleo y emprendimiento como factor clave de desarrollo del aprendiz dentro de su proceso formativo.
Apoyo a la Formación Profesional Integral
Como apoyo a la Formación Profesional Integral se orienta al aprendiz sobre los beneficios brindados por las áreas de Bienestar y Comunicaciones, al ser actor activo de la comunidad educativa, los cuales promueven temas como el desarrollo intelectual, el arte, la cultura, la salud, el deporte, la promoción socioeconómica, la consejería y la orientación.
Deberes y Derechos consigo mismo
En este espacio se desarrollan los temas de Contrato de Aprendizaje y Reglamento de Aprendices, los cuales se sugiere sean ampliados de acuerdo con las inquietudes y expectativas de los aprendices, apoyados en los archivos PDF descargables que se encuentran en el curso.
TERCER MOMENTO: ORIENTACION A LA FORMACION PROFESIONAL INTEGRAL: Este momento se caracteriza por el desarrollo de los temas, que están directamente relacionados con los programas de formación ofertados para cada período académico, lo cual sugiere que se desarrolle por los Instructores líderes de cada programa.
Su contenido está sustentado en los siguientes ejes temáticos propuestos desde la Dirección de Formación Profesional Integral: – Desarrollo Humano Integral – Gestión Tecnológica – Contexto Social Económico – Desarrollo de la Formación El desarrollo de estos ejes se apoyan en guías didácticas que contienen las actividades de aprendizaje mínimas que se esperan sean ejecutadas, teniendo en cuenta el material de soporte para cada tema.
Los aprendices deben evidenciar la apropiación de los ejes temáticos de acuerdo con las técnicas didácticas activas implementadas por los instructores en el proceso de inducción, las cuales pueden ser complementadas si se requiere, para garantizar los resultados de aprendizaje definidos para cada eje temático como se resume a continuación: 1.
Reconocer el rol de los participantes en el proceso formativo, el papel de los ambientes de aprendizaje y la metodología de formación, de acuerdo con la dinámica organizacional del SENA 2. Asumir los deberes y derechos con base en las leyes y la normativa institucional en el marco de su proyecto de vida.3.
Desarrollo Humano Integral:
El componente de desarrollo humano integral es de vital importancia en el proceso del aprendiz, pues la preparación para la vida laboral no solamente se fundamenta en lo técnico, sino en lo cualitativo. En la integralidad, el aprendiz encuentra los elementos que complementan una inserción para la vida laboral sumado a lo técnico que aprende en todo su proceso.
- Este proceso de desarrollo integral propende y coadyuva en la consecución de estrategias para un trabajo decente y calidad de vida.
- Se busca una transformación en el individuo, para formar un mejor país.
- La inducción es el punto de enlace para enamorarlo de la institución, se debe enfatizar en los valores y principios que garanticen una convivencia sana y un ser humano integral.
La integralidad debe incorporarse a través de la formación, fundamentada desde lo ético y el desarrollo social de la persona, por tal motivo la competencia de integralidad de la formación, debe entenderse como el eje que vincula y articula todos los elementos de la formación, pues es el escenario donde se evidencia la pertenencia de lo social en relación directo con el ejercicio de lo técnico.
Gestión Tecnológica
Se refiere a la identificación y apropiación de algunos recursos tecnológicos que ofrece el SENA a sus aprendices, incluida la infraestructura en Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y todos los ambientes de aprendizaje que ofrece el Centro de Formación para el desarrollo de las competencias del programa de formación.
Contexto Socioeconómico
Se identifica la contribución del programa de formación al desarrollo social y productivo del sector y del País, analizando de manera crítica situaciones pertinentes que contribuyen a la resolución de problemas del entorno nacional e internacional identificando las oportunidades de avanzar en su cadena de formación.
Desarrollo de la Formación
Es la inmersión del aprendiz en la estrategia de formación por proyectos. Es importante que el aprendiz logre identificar ideas y oportunidades para resolver problemas o necesidades del entorno, formule y estructure perfiles de proyectos con los componentes básicos, que le permitan además identificar la relación entre el proyecto definido y el Programa de Formación.
Uno de los productos más importantes del proceso de Inducción es el reconocimiento de los aprendizajes previos, esto es, la identificación del perfil de inicio del aprendiz frente al Programa de Formación y la caracterización de los aprendices, para poder construir conjuntamente con él su ruta de aprendizaje.
Identificar este perfil permite a los aprendices y al equipo de instructores contar con el balance de dominios de aprendizajes para iniciar el proceso de formación. El reconocimiento de aprendizajes previos y la identificación de estilos de aprendizaje le permite al equipo de instructores y a los aprendices descubrir el potencial que posee el aprendiz para el logro de los resultados de aprendizaje; y brinda información para identificar y utilizar diferentes técnicas didácticas para mejorar su aprendizaje y en general, para tomar decisiones frente a su proceso de formación.
- La selección y definición de la ruta de aprendizaje se realiza conjuntamente entre el equipo de instructores y los aprendices.
- Esta ruta de aprendizaje debe centrarse en los aprendices, situados en una realidad que los condiciona y respecto a la cual pueden generar transformaciones.
- Su definición promueve la consideración de la diversidad como una característica de cada aprendiz y de la realidad, que enriquece las relaciones sociales y por lo tanto posibilita y favorece aprendizajes, reconoce la utilidad y se beneficia en el uso de distintos ambientes de aprendizaje, y facilita la construcción de rutas personalizadas adecuadas a diversos intereses y perfiles.
El mayor valor agregado al definir conjuntamente con los aprendices el perfil de inicio frente al programa de formación, es el reconocimiento de la diferencia entre los saberes y competencias que ya tiene y los que necesitan alcanzar para desempeñarse en un campo determinado, donde se genera un proceso de evolución formativa en la medida en que el aprendiz logra de forma autónoma y colaborativa para alcanzar los objetivos del Programa de Formación.
- PAUTAS PARA EL DESARROLLO DE LA INDUCCION Conformación de equipos de trabajo En todos los Centros de Formación se deben conformar equipos de trabajo (partiendo del Manual de Procesos y Procedimientos – SENA) para soportar la inducción así: 1.
- Subdirector de Centro.2.
- Coordinador de Formación Integral, Gestión Educativa y Promoción y Relaciones Corporativas (Misional).3.
Coordinador Grupo de Gestión de Administración Educativa.4. Coordinador Académico.5. Comité Técnico Pedagógico de Centro.6. Instructores líderes de programa de formación.7. Integrador de centro.8. Aprendiz. Estos equipos propician la integración y participación de los aprendices en el marco del trabajo colaborativo, los orientan en el desarrollo de las actividades de aprendizaje diseñadas, integran los recursos tecnológicos disponibles de acuerdo con los requerimientos de las actividades de aprendizaje propuestas, apoyan y orientan a los aprendices en la definición de su ruta de aprendizaje y garantizan el trabajo de los aprendices en el espacio virtual.
Asignación de recursos y organización logística Es indispensable que el Centro de Formación disponga de los siguientes recursos durante la inducción: PLANEACIÓN – Planeación previa de los Coordinadores Académicos en la programación de los equipos interdisciplinarios que participaran en la inducción de cada Programa de Formación Profesional Integral.
– La capacitación de los instructores en la nueva versión de la plataforma. – El equipo interdisciplinario conformado por un líder responsable del curso, los instructores líderes de seguimiento por coordinación y el integrador de centro deben realizar seguimiento durante la ejecución del proceso de inducción.
- La disponibilidad de tiempo del equipo interdisciplinario de trabajo para el alistamiento de las actividades de aprendizaje específicas de los programas de formación ofertados.
- La Disponibilidad de tiempo del equipo base de Inducción para la planeación y alistamiento del curso de Inducción y su adaptación a las necesidades y oferta educativa del Centro de Formación.
– Los instructores encargados de orientar la Inducción deben tener pleno conocimiento de los temas de Bienestar y etapa productiva (Contrato de Aprendizaje) tal y como operan en cada Centro de Formación para ampliar la información que está en el curso semilla a los aprendices.
El Centro de formación a través de la dependencia que corresponda debe suministrar los listados de matriculados en cada Programa de formación (oferta abierta y/o cerrada). – Una vez consolidados los listados se debe llevar a cabo en el Aplicativo SOFIA plus la creación de la programación, asignación de ambientes de formación, asignación de ficha al instructor, aprobación de la programación.
EJECUCIÓN: – Los ambientes de formación necesarios para el desarrollo de las distintas actividades de la inducción, dentro y/o fuera del Centro. – Equipos de cómputo en red en los ambientes de formación, con acceso a los aplicativos requeridos y el software pertinente para su funcionamiento.
- Conectividad para trabajar con la plataforma Virtual.
- Garantizar el acceso al LMS-BB de los instructores y aprendices: 1.
- Con el programa en ejecución, los instructores deben crear la ruta de aprendizaje.
- Importante tener en cuenta que para que les aparezca el LMS-BB a los aprendices e instructores, una vez asignada la ruta de aprendizaje, el proceso tarda 24 horas.
– Para los Centros de Formación que presenten problemas con la conectividad en zonas apartadas del país donde son limitados los recursos tecnológicos y se hace difícil el acceso a SOFIA plus y por consiguiente al LMS-BB, se dispuso en la bodega de datos de la Dirección General los materiales del curso de inducción en el siguiente espacio: http://atenea/SitePages/lnicio.aspx (En la sección de Administración Educativa /carpeta Inducción) A esta dirección solo pueden acceder los Subdirectores con el usuario y contraseña de la intranet del SENA.
- Este espacio se habilitó con el fin de que los Subdirectores de Centros autoricen trabajar los temas de la inducción fuera de la plataforma.
- Para el desarrollo del programa – Preparar palabras iniciales de presentación del programa de inducción.
- Conocer previamente el contenido del programa y preparar con mayor profundidad los puntos claves.
– Preparar posibles preguntas y sus debidas respuestas. – Prever estrategias de participación de los aprendices. – Diseñar instrumentos de evaluación del logro de los objetivos de la inducción por parte de los aprendices. – Preparar material adicional complementario de entrega o consulta sobre algunos contenidos de inducción.
Preparar actividades participativas posteriores, visitas, lecturas, debates y otras experiencias similares. – Los temas que impliquen presentación visual, deben desarrollarse completos. En forma lineal, es decir desde el principio hasta el final, para garantizar que sean expuestos en su totalidad. Posteriormente se puede navegar dentro de ellos para aclarar o profundizar algún aspecto.
– El Integrador de Centro y los instructores encargados del desarrollo del proceso de inducción deben asociarse a las fichas en el aplicativo SOFIA PIus, con el fin de garantizar que en la ejecución del proceso se cumpla con la intensidad de 40 horas y se revise el avance del proceso en las fichas en el LMS.
– Generar un informe semanal por el Integrador del Centro, sobre el avance y participación de los aprendices e instructores en la ejecución del proceso, el cual será socializado con los Coordinadores Académicos y el grupo Líder de Inducción, con el fin de tomar acciones correctivas que garanticen el cierre del proceso en el tiempo previsto y con los resultados esperados.
– El cierre del proceso de inducción debe garantizar que en el aplicativo SOFIA plus y en el LMS-BB, se evalúe la totalidad de las evidencias y se legalicen las novedades presentadas por los aprendices no aprobados y desertados (comité de evaluación y seguimiento).
- Garantizar que los instructores emitan los juicios de evaluación en el aplicativo SOFIA plus.
- Creación cuentas de correo misena Las cuentas de correo institucionales misena, que se generan para todos los aprendices que ingresan a la Institución, ya sea en oferta abierta o cerrada, no deben ser creadas por el aprendiz, para garantizar los protocolos de creación de las mismas.
Por tal razón, esta actividad estará a cargo del Grupo de innovación a la formación. Para inquietudes y sugerencias comunicarse con los Profesionales del Grupo de Administración Educativa: Aurora Sofía Redondo IP 12247 ([email protected]) y Siervo de Jesús Galindo IP 12249 [email protected]), para información acerca de los contenidos de la bodega de datos con Marcela Franco Pinilla ([email protected]) IP 12163 y para creación de cuentas de correo misena con Henry Sarmiento Carreño [email protected] IP 12276. Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. “Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA” ISSN Última actualización: 4 de agosto de 2023 – (Diario Oficial No.52.465 – 23 de julio de 2023) Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentacin y disposicin de la compilacin estn protegidas por las normas sobre derecho de autor.
En relacin con estos valores jurdicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no nicamente- la copia, adaptacin, transformacin, reproduccin, utilizacin y divulgacin masiva, as como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promocin de la competencia o que requiera autorizacin expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor.
En caso de duda o solicitud de autorizacin puede comunicarse al telfono 617-0729 en Bogot, extensin 101. El ingreso a la pgina supone la aceptacin sobre las normas de uso de la informacin aqu contenida.
¿Cuando se sale a vacaciones en el SENA?
VACACIONES DE NAVIDAD Y SEMANA SANTA De Navidad: del 23 de diciembre de 2021 al 6 de enero de 2022, ambos inclusive. De Semana Santa: del 9 de abril al 17 de abril de 2022, ambos inclusive. De Verano: Se iniciarán el día 27 de junio y terminarán el día anterior al comienzo del curso 2022-2023.
¿Cuándo se empieza a estudiar en el SENA?
Calendario y Fechas para inscribirse en el SENA 2023 Conoce cuando el SENA abre inscripciones en 2023. Este es el calendario de inscripciones en formación titulada presencial, a distancia y virtual. Próxima convocatoria SENA 2023: 18 al 26 de agosto en modalidad presencial.
¿Cuáles son las ventajas de estudiar en el SENA?
Contribución a la efectiva generación de empleo y la superación de la pobreza. Aporte de fuerza laboral innovadora a las empresas y las regiones. Integralidad de sus egresados y su vocación de servicio. Calidad y estándares internacionales de su formación profesional integral.
¿Cómo es el primer día de clases en el SENA?
Derechos de autor reservados – Prohibida su reproduccin CIRCULAR 276 DE 2012 (julio 6) SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE Bogotá, D.C.
Para: | Directores Regionales, Subdirectores de Centro, Coordinadores de Formación Integral, Gestión Educativa y Promoción y Relaciones Corporativas, Coordinadores de Administración Educativa, Coordinadores Académicos. |
Asunto: | Inducción aprendices. |
Como resultado del trabajo realizado por la Dirección de Formación Profesional Integral nos permitimos presentar las ORIENTACIONES GENERALES PARA EL DESARROLLO DE LA INDUCCIÓN EN TODOS LOS CENTROS DEL SENA de las cuales agradecemos su aplicación. Generalidades El procedimiento de inducción es un factor clave de éxito en el proceso de formación.
Es el punto de partida en el cual el aprendiz reconoce la estrategia de formación y aprendizaje que el SENA le ofrece integralmente y en particular el rol que desempeñará en el marco del aprendizaje autónomo. La estrategia es la formación por proyectos, que permite estructurar la respuesta de formación a necesidades específicas y que conduce a garantizar eficiencia, eficacia y calidad en los procesos y productos de la formación (Unidad técnica, 1986).
Es importante que el aprendiz comprenda que el principal objetivo de esta estrategia es garantizar la integralidad del proceso de formación, en tanto los proyectos nos permiten desarrollar competencias de un programa de manera integrada y que el aprendizaje autónomo se refiere a la posibilidad que tiene cada uno de gestionar su propio proceso de aprendizaje para desarrollar las competencias, accediendo a diferentes fuentes de conocimiento, con la orientación del instructor como facilitador del aprendizaje.
El aprendiz podrá acceder en distintos momentos de su proceso de formación a diversos ambientes de aprendizaje haciendo uso de las tecnologías de información y comunicación, ambientes de formación especializados, consultas con los instructores y/o tutores de los proyectos presenciales y virtuales, espacios de gestión con los monitores, sistema de bibliotecas SENA y a otras fuentes de conocimiento disponibles en la Institución.
Desde la Dirección General, el grupo de Administración Educativa estructuró una nueva versión del curso semilla de Inducción con base en los resultados del seguimiento al proceso de Inducción detectados a nivel nacional y se plantea lo siguiente: 1. El curso de Inducción se enmarca dentro de la Política Institucional y la integralidad de la formación y su diseño curricular forma parte del modelo pedagógico cognitivo social, garantizando el acercamiento del aprendiz a la Entidad.2.
- La duración máxima del curso de Inducción es de 40 horas, orientadas en la modalidad combinada (70/30) es decir, 70% formación presencial y 30% formación en ambiente virtual; de acuerdo con la programación del Centro y el tipo de oferta educativa.3.
- Los contenidos del proceso de Inducción son los que aparecen en el curso semilla, su divulgación con los aprendices y el desarrollo de los ejes temáticos es de carácter obligatorio.4.
Dentro de los contenidos del curso de Inducción se desarrollan temas de carácter general y temas de carácter específico relacionados con los programas de formación ofertados, los cuales deben ser ajustados a los requerimientos de cada Centro de Formación.
- La inducción al aprendiz contempla tres momentos: PRIMER MOMENTO – BIENVENIDA: El objetivo de este momento es brindar un cordial recibimiento al aprendiz por la Entidad, generando sentido de pertenencia, donde se garantice que los participantes identifiquen al SENA y conozcan sus directrices.
- En este momento, cada Centro de Formación debe realizar los actos protocolarios y solemnes, como son: presentación de los himnos, historia de la institución y explicación de los símbolos que identifican al SENA.
En el desarrollo de la bienvenida se cuenta con material audiovisual, saludo del Director General, saludo del Director de Formación Profesional Integral y del Capellán Institucional. Cada Centro de Formación debe incluir en este momento material audiovisual con los protocolos de bienvenida del Director Regional y Subdirector del Centro de Formación teniendo en cuenta que la duración de cada video no puede superar cuatro (4) minutos.
De la misma manera el Centro de Formación, debe incluir en el espacio de bienvenida el himno de la Ciudad/Región. La inducción debe convertirse en un espacio motivacional y de alegría, para lo cual se propone una jornada lúdica una vez finalice el primer momento de la inducción. El objetivo de la jornada es desarrollar en los aprendices temas como: liderazgo, integración familiar y responsabilidad social, para lo cual el Centro tiene autonomía en cuanto al tipo de evento (deportivo, cultural, lúdico, eucarístico), coordinado desde el área de Bienestar de cada Centro de Formación.
SEGUNDO MOMENTO – INTEGRAD DAD DE LA FORMACIÓN Y SERVICIOS DE APOYO: En esta parte del curso se propone brindar la información general del funcionamiento de la Entidad, la cual le servirá al aprendiz como herramienta para el desarrollo de su formación profesional integral en el SENA: – Contexto a la Formación Profesional Integral – Apoyo a la Formación Profesional Integral – Deberes y derechos consigo mismo
Contexto a la Formación Profesional Integral
En el contexto a la FPI, se hace un acercamiento del aprendiz con el Modelo Pedagógico Institucional y su relevancia dentro de la cadena de formación. Se relacionan aspectos de política nacional asociados al empleo y emprendimiento como factor clave de desarrollo del aprendiz dentro de su proceso formativo.
Apoyo a la Formación Profesional Integral
Como apoyo a la Formación Profesional Integral se orienta al aprendiz sobre los beneficios brindados por las áreas de Bienestar y Comunicaciones, al ser actor activo de la comunidad educativa, los cuales promueven temas como el desarrollo intelectual, el arte, la cultura, la salud, el deporte, la promoción socioeconómica, la consejería y la orientación.
Deberes y Derechos consigo mismo
En este espacio se desarrollan los temas de Contrato de Aprendizaje y Reglamento de Aprendices, los cuales se sugiere sean ampliados de acuerdo con las inquietudes y expectativas de los aprendices, apoyados en los archivos PDF descargables que se encuentran en el curso.
TERCER MOMENTO: ORIENTACION A LA FORMACION PROFESIONAL INTEGRAL: Este momento se caracteriza por el desarrollo de los temas, que están directamente relacionados con los programas de formación ofertados para cada período académico, lo cual sugiere que se desarrolle por los Instructores líderes de cada programa.
Su contenido está sustentado en los siguientes ejes temáticos propuestos desde la Dirección de Formación Profesional Integral: – Desarrollo Humano Integral – Gestión Tecnológica – Contexto Social Económico – Desarrollo de la Formación El desarrollo de estos ejes se apoyan en guías didácticas que contienen las actividades de aprendizaje mínimas que se esperan sean ejecutadas, teniendo en cuenta el material de soporte para cada tema.
Los aprendices deben evidenciar la apropiación de los ejes temáticos de acuerdo con las técnicas didácticas activas implementadas por los instructores en el proceso de inducción, las cuales pueden ser complementadas si se requiere, para garantizar los resultados de aprendizaje definidos para cada eje temático como se resume a continuación: 1.
Reconocer el rol de los participantes en el proceso formativo, el papel de los ambientes de aprendizaje y la metodología de formación, de acuerdo con la dinámica organizacional del SENA 2. Asumir los deberes y derechos con base en las leyes y la normativa institucional en el marco de su proyecto de vida.3.
Desarrollo Humano Integral:
El componente de desarrollo humano integral es de vital importancia en el proceso del aprendiz, pues la preparación para la vida laboral no solamente se fundamenta en lo técnico, sino en lo cualitativo. En la integralidad, el aprendiz encuentra los elementos que complementan una inserción para la vida laboral sumado a lo técnico que aprende en todo su proceso.
- Este proceso de desarrollo integral propende y coadyuva en la consecución de estrategias para un trabajo decente y calidad de vida.
- Se busca una transformación en el individuo, para formar un mejor país.
- La inducción es el punto de enlace para enamorarlo de la institución, se debe enfatizar en los valores y principios que garanticen una convivencia sana y un ser humano integral.
La integralidad debe incorporarse a través de la formación, fundamentada desde lo ético y el desarrollo social de la persona, por tal motivo la competencia de integralidad de la formación, debe entenderse como el eje que vincula y articula todos los elementos de la formación, pues es el escenario donde se evidencia la pertenencia de lo social en relación directo con el ejercicio de lo técnico.
Gestión Tecnológica
Se refiere a la identificación y apropiación de algunos recursos tecnológicos que ofrece el SENA a sus aprendices, incluida la infraestructura en Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y todos los ambientes de aprendizaje que ofrece el Centro de Formación para el desarrollo de las competencias del programa de formación.
Contexto Socioeconómico
Se identifica la contribución del programa de formación al desarrollo social y productivo del sector y del País, analizando de manera crítica situaciones pertinentes que contribuyen a la resolución de problemas del entorno nacional e internacional identificando las oportunidades de avanzar en su cadena de formación.
Desarrollo de la Formación
Es la inmersión del aprendiz en la estrategia de formación por proyectos. Es importante que el aprendiz logre identificar ideas y oportunidades para resolver problemas o necesidades del entorno, formule y estructure perfiles de proyectos con los componentes básicos, que le permitan además identificar la relación entre el proyecto definido y el Programa de Formación.
Uno de los productos más importantes del proceso de Inducción es el reconocimiento de los aprendizajes previos, esto es, la identificación del perfil de inicio del aprendiz frente al Programa de Formación y la caracterización de los aprendices, para poder construir conjuntamente con él su ruta de aprendizaje.
Identificar este perfil permite a los aprendices y al equipo de instructores contar con el balance de dominios de aprendizajes para iniciar el proceso de formación. El reconocimiento de aprendizajes previos y la identificación de estilos de aprendizaje le permite al equipo de instructores y a los aprendices descubrir el potencial que posee el aprendiz para el logro de los resultados de aprendizaje; y brinda información para identificar y utilizar diferentes técnicas didácticas para mejorar su aprendizaje y en general, para tomar decisiones frente a su proceso de formación.
- La selección y definición de la ruta de aprendizaje se realiza conjuntamente entre el equipo de instructores y los aprendices.
- Esta ruta de aprendizaje debe centrarse en los aprendices, situados en una realidad que los condiciona y respecto a la cual pueden generar transformaciones.
- Su definición promueve la consideración de la diversidad como una característica de cada aprendiz y de la realidad, que enriquece las relaciones sociales y por lo tanto posibilita y favorece aprendizajes, reconoce la utilidad y se beneficia en el uso de distintos ambientes de aprendizaje, y facilita la construcción de rutas personalizadas adecuadas a diversos intereses y perfiles.
El mayor valor agregado al definir conjuntamente con los aprendices el perfil de inicio frente al programa de formación, es el reconocimiento de la diferencia entre los saberes y competencias que ya tiene y los que necesitan alcanzar para desempeñarse en un campo determinado, donde se genera un proceso de evolución formativa en la medida en que el aprendiz logra de forma autónoma y colaborativa para alcanzar los objetivos del Programa de Formación.
PAUTAS PARA EL DESARROLLO DE LA INDUCCION Conformación de equipos de trabajo En todos los Centros de Formación se deben conformar equipos de trabajo (partiendo del Manual de Procesos y Procedimientos – SENA) para soportar la inducción así: 1. Subdirector de Centro.2. Coordinador de Formación Integral, Gestión Educativa y Promoción y Relaciones Corporativas (Misional).3.
Coordinador Grupo de Gestión de Administración Educativa.4. Coordinador Académico.5. Comité Técnico Pedagógico de Centro.6. Instructores líderes de programa de formación.7. Integrador de centro.8. Aprendiz. Estos equipos propician la integración y participación de los aprendices en el marco del trabajo colaborativo, los orientan en el desarrollo de las actividades de aprendizaje diseñadas, integran los recursos tecnológicos disponibles de acuerdo con los requerimientos de las actividades de aprendizaje propuestas, apoyan y orientan a los aprendices en la definición de su ruta de aprendizaje y garantizan el trabajo de los aprendices en el espacio virtual.
Asignación de recursos y organización logística Es indispensable que el Centro de Formación disponga de los siguientes recursos durante la inducción: PLANEACIÓN – Planeación previa de los Coordinadores Académicos en la programación de los equipos interdisciplinarios que participaran en la inducción de cada Programa de Formación Profesional Integral.
– La capacitación de los instructores en la nueva versión de la plataforma. – El equipo interdisciplinario conformado por un líder responsable del curso, los instructores líderes de seguimiento por coordinación y el integrador de centro deben realizar seguimiento durante la ejecución del proceso de inducción.
- La disponibilidad de tiempo del equipo interdisciplinario de trabajo para el alistamiento de las actividades de aprendizaje específicas de los programas de formación ofertados.
- La Disponibilidad de tiempo del equipo base de Inducción para la planeación y alistamiento del curso de Inducción y su adaptación a las necesidades y oferta educativa del Centro de Formación.
– Los instructores encargados de orientar la Inducción deben tener pleno conocimiento de los temas de Bienestar y etapa productiva (Contrato de Aprendizaje) tal y como operan en cada Centro de Formación para ampliar la información que está en el curso semilla a los aprendices.
- El Centro de formación a través de la dependencia que corresponda debe suministrar los listados de matriculados en cada Programa de formación (oferta abierta y/o cerrada).
- Una vez consolidados los listados se debe llevar a cabo en el Aplicativo SOFIA plus la creación de la programación, asignación de ambientes de formación, asignación de ficha al instructor, aprobación de la programación.
EJECUCIÓN: – Los ambientes de formación necesarios para el desarrollo de las distintas actividades de la inducción, dentro y/o fuera del Centro. – Equipos de cómputo en red en los ambientes de formación, con acceso a los aplicativos requeridos y el software pertinente para su funcionamiento.
Conectividad para trabajar con la plataforma Virtual. – Garantizar el acceso al LMS-BB de los instructores y aprendices: 1. Con el programa en ejecución, los instructores deben crear la ruta de aprendizaje. Importante tener en cuenta que para que les aparezca el LMS-BB a los aprendices e instructores, una vez asignada la ruta de aprendizaje, el proceso tarda 24 horas.
– Para los Centros de Formación que presenten problemas con la conectividad en zonas apartadas del país donde son limitados los recursos tecnológicos y se hace difícil el acceso a SOFIA plus y por consiguiente al LMS-BB, se dispuso en la bodega de datos de la Dirección General los materiales del curso de inducción en el siguiente espacio: http://atenea/SitePages/lnicio.aspx (En la sección de Administración Educativa /carpeta Inducción) A esta dirección solo pueden acceder los Subdirectores con el usuario y contraseña de la intranet del SENA.
Este espacio se habilitó con el fin de que los Subdirectores de Centros autoricen trabajar los temas de la inducción fuera de la plataforma. Para el desarrollo del programa – Preparar palabras iniciales de presentación del programa de inducción. – Conocer previamente el contenido del programa y preparar con mayor profundidad los puntos claves.
– Preparar posibles preguntas y sus debidas respuestas. – Prever estrategias de participación de los aprendices. – Diseñar instrumentos de evaluación del logro de los objetivos de la inducción por parte de los aprendices. – Preparar material adicional complementario de entrega o consulta sobre algunos contenidos de inducción.
- Preparar actividades participativas posteriores, visitas, lecturas, debates y otras experiencias similares.
- Los temas que impliquen presentación visual, deben desarrollarse completos.
- En forma lineal, es decir desde el principio hasta el final, para garantizar que sean expuestos en su totalidad.
- Posteriormente se puede navegar dentro de ellos para aclarar o profundizar algún aspecto.
– El Integrador de Centro y los instructores encargados del desarrollo del proceso de inducción deben asociarse a las fichas en el aplicativo SOFIA PIus, con el fin de garantizar que en la ejecución del proceso se cumpla con la intensidad de 40 horas y se revise el avance del proceso en las fichas en el LMS.
Generar un informe semanal por el Integrador del Centro, sobre el avance y participación de los aprendices e instructores en la ejecución del proceso, el cual será socializado con los Coordinadores Académicos y el grupo Líder de Inducción, con el fin de tomar acciones correctivas que garanticen el cierre del proceso en el tiempo previsto y con los resultados esperados.
– El cierre del proceso de inducción debe garantizar que en el aplicativo SOFIA plus y en el LMS-BB, se evalúe la totalidad de las evidencias y se legalicen las novedades presentadas por los aprendices no aprobados y desertados (comité de evaluación y seguimiento).
Garantizar que los instructores emitan los juicios de evaluación en el aplicativo SOFIA plus. Creación cuentas de correo misena Las cuentas de correo institucionales misena, que se generan para todos los aprendices que ingresan a la Institución, ya sea en oferta abierta o cerrada, no deben ser creadas por el aprendiz, para garantizar los protocolos de creación de las mismas.
Por tal razón, esta actividad estará a cargo del Grupo de innovación a la formación. Para inquietudes y sugerencias comunicarse con los Profesionales del Grupo de Administración Educativa: Aurora Sofía Redondo IP 12247 ([email protected]) y Siervo de Jesús Galindo IP 12249 [email protected]), para información acerca de los contenidos de la bodega de datos con Marcela Franco Pinilla ([email protected]) IP 12163 y para creación de cuentas de correo misena con Henry Sarmiento Carreño [email protected] IP 12276. Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. “Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA” ISSN Última actualización: 4 de agosto de 2023 – (Diario Oficial No.52.465 – 23 de julio de 2023) Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentacin y disposicin de la compilacin estn protegidas por las normas sobre derecho de autor.
En relacin con estos valores jurdicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no nicamente- la copia, adaptacin, transformacin, reproduccin, utilizacin y divulgacin masiva, as como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promocin de la competencia o que requiera autorizacin expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor.
En caso de duda o solicitud de autorizacin puede comunicarse al telfono 617-0729 en Bogot, extensin 101. El ingreso a la pgina supone la aceptacin sobre las normas de uso de la informacin aqu contenida.
¿Cuándo comienzan las clases en el SENA?
Preste atención a la apertura de las cuatro convocatorias que habrá este año. – Faltan pocos días para el inicio de formación en el Sena de aquellos programas ofertados a finales de 2022. Más exactamente, el 23 de enero de 2023 inician las clases virtuales y presenciales. Pero si no alcanzó a inscribirse en el ciclo pasado no se preocupe, pues ya fue publicado el calendario de este 2023,
¿Cuál es la edad máxima para estudiar en el SENA?
Respuesta. En el caso de los virtuales la edad mínima es de 14 años y no hay edad máxima. En el caso de los presenciales la edad mínima es de 16 años y no hay edad máxima.
¿Cómo es estudiar en el SENA?
¿Por qué estudiar en el SENA? – Estudiar en el SENA es una excelente opción para recibir educación de calidad, flexible y gratuita. Además, el SENA cuenta con una amplia red de centros de formación en todo el país, lo que facilita el acceso a la educación a personas de todas las regiones.
Una de las ventajas más destacadas de estudiar en el SENA es la calidad de su formación técnica y tecnológica, que está diseñada para responder a las necesidades del mercado laboral. Los programas de formación son impartidos por docentes altamente capacitados y experimentados en sus áreas de especialización.
Además, el SENA ofrece oportunidades de prácticas profesionales y de certificación, lo que les permite a los estudiantes adquirir experiencia laboral y validar sus conocimientos ante posibles empleadores. Frente al panorama laboral del país, donde algunas carreras profesionales ofrecen malos salarios, las carreras técnocas y tecnológicas del SENA son una buena opción.