¿Cuánto se pagará de salud y pensión en el 2023? – En cuanto al pago de la seguridad social en el 2023: es importante recordar que los porcentajes de aportes a salud y pensión son invariables, es decir, no cambian cada vez que se establece el salario mínimo.
- Así, los trabajadores en Colombia tienen la obligación de realizar un aporte del 4 % a salud y uno del 4 % a pensión cada año, independientemente de cuál sea el aumento del SMMLV.
- Esto quiere decir que los trabajadores que devenguen el salario mínimo en 2023 deberán realizar un aporte total de $ 92.800 pesos ($ 46.400 pesos a salud y $ 46.400 pesos a pensión).
Ahora ya que conoces todo lo que necesitabas saber sobre el aumento del salario mínimo 2023 en Colombia, Si quieres estar al día con todos los temas de actualidad de Colombia y el mundo, ¡suscríbete a nuestro newsletter en el formulario inferior! También te invitamos a conocer las mejores razones para hacer un posgrado en Colombia con el Poli teniendo en cuenta el panorama económico nacional.
Contents
- 1 ¿Cuánto se debe aportar a salud y pensión?
- 2 ¿Cuál es el nuevo salario mínimo para el 2023?
- 3 ¿Cuánto es el aporte a salud y pensión del sistema colombiano?
- 4 ¿Cuánto hay que pagar por un trabajador a la Seguridad Social?
- 5 ¿Cuál es la cantidad máxima de la pensión de jubilacion?
Liquidación de aportes | |
---|---|
Salud (12,5 %) | $ 2.468.625 |
Pensión (16 %) | $ 3.159.840 |
Solidaridad pensional (1,8 %) | $ 355.482 |
ARL – nivel de riesgo IV (4,35 %) | $ 859.082 |
¿Cuánto se debe aportar a salud y pensión?
En cuanto a salud, el aporte total es del 12,5%, de este porcentaje el empleador paga el 8,5% en base al salario del trabajador, y al trabajador se le descuenta del salario el 4%. Para pensión se debe realizar una contribución del 16%, donde el empleador aporta el 12% y al empleado se le descuenta el 4%.
¿Cuáles son los aportes parafiscales en Colombia 2023?
Cómo realizar los aportes parafiscales en Colombia – Los pagos parafiscales se realizan de manera mensual a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). Es responsabilidad del empleador hacer los aportes dentro de un plazo fijado por la ley.
También, es necesario conocer el salario base de cada trabajador, teniendo en cuenta las comisiones, horas extras, recargos nocturnos y recargos por domingos y festivos. De esta manera, se calcula el porcentaje de cada empleado al que aplique los respectivos aportes parafiscales. Su presentación es virtual, aunque existe la posibilidad de realizar los pagos en el banco.
Por otra parte, una vez que los aportes se realizan, el empleador deberá remitir la respectiva información a la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), a través de la cual queda constancia de los aportes realizados. Esta unidad también envía una constancia de cumplimiento a la empresa, para que se demuestre el cumplimiento de la obligación.
Finalmente, es importante que los empleadores sepan que deben realizar los aportes parafiscales dentro de los plazos establecidos y optar por un mecanismo de recaudo seguro, pues de lo contrario, pueden incurrir en sanciones como multas, intereses moratorios y hasta la cancelación de los registros laborales.
Bibliografía https://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/concepto_icbf_0000031_2014.htm#:~:text=De%20acuerdo%20con%20la%20anterior,el%202%25%20restante%20al%20SENA, https://www.gerencie.com/aportes-parafiscales.html https://www.siigo.com/blog/aportes-parafiscales/ Te recomendamos leer: Antecedentes Judiciales en Colombia
¿Cuál es el nuevo salario mínimo para el 2023?
IBC mínimo y máximo por el 2023 – Por regla general, la base mínima de cotización es de un (1) smmlv y la máxima de veinticinco (25) smmlv para trabajadores dependientes e independientes.
Ingreso base de cotización IBC | |
---|---|
Base mínima | Base máxima |
1 smmlv | 25 smmlv |
Entonces, una persona no podrá efectuar la cotización, por ejemplo, a salud y pensión, con un IBC inferior a 1 smmlv y con un IBC superior a 25 smmlv. Sin embargo, mediante el Decreto 2322 de 2022, que adicionó el parágrafo 2 al artículo 2.2.3.1.7 del Decreto 1833 de 2016, se estableció una excepción a la regla general respecto de la base máxima del IBC consistente en que el límite de la base de cotización al sistema de seguridad social integral será como máximo de 45 smmlv, siempre y cuando:
El crecimiento real de la economía colombiana sea superior al 4 % durante al menos las últimas tres vigencias fiscales.El gasto fiscal en pensiones sea inferior a 2 puntos porcentuales del PIB.
Conoce, a través de la explicación de la Dra. Angie Vargas, especialista en derecho laboral, cuál es el IBC mínimo y máximo para efectuar los aportes a la seguridad social por el 2023: Material relacionado :
Nuevo límite del IBC: en algunos casos se podrá cotizar sobre 45 smmlv ABC del salario en Colombia Seguridad social de trabajadores independientes para 2023: ¿volvió a aumentar o disminuyó?
¿Cuánto es el aporte a salud y pensión del sistema colombiano?
El aporte total al sistema de salud es del 12.5% del Ingreso Base de Cotización, IBC (salario mensual), del cual el 8.5% está a cargo del empleador y el 4% corre por cuenta del empleado.
¿Cuánto le cuesta un empleado a una empresa en Colombia 2023?
Salario mínimo y auxilio de transporte 2023 en Colombia – De acuerdo con la definición del Código Sustantivo del Trabajo –CST– ( artículo 145 ), el salario mínimo es el que todo trabajador tiene derecho a percibir para costear sus necesidades normales y las de su familia.
Por su parte, la Ley 15 de 1959 consagra el auxilio de transporte como una prestación a cargo de los empleadores a favor de los trabajadores que devenguen hasta dos (2) smmlv y su finalidad es la de compensar una parte de los gastos del traslado del trabajador desde su residencia hasta el sitio de trabajo.
Para los trabajadores que desarrollen su trabajo en su domicilio en modalidades de teletrabajo o trabajo en casa, el empleador deberá reconocer el valor del auxilio de transporte como auxilio de conectividad digital solo a los trabajadores que devenguen hasta dos (2) smmlv.
Concepto | 2022 | Incremento | 2023 |
---|---|---|---|
Salario mínimo | $1.000.000 | 16 % | $1.160.000 |
Auxilio de transporte | $117.172 | 20 % | $140.606 |
Fijada la cifra del salario mínimo en Colombia para el 2023 en $1.160.000 y del auxilio de transporte en $140.606, deben conocerse las diferentes obligaciones a cargo del empleador contenidas en la ley laboral que se calculan con base en el salario devengado para realizar la respectiva liquidación.
¿Cuánto hay que pagar por un trabajador a la Seguridad Social?
¿Cuánto paga la empresa de seguridad social por un trabajador? – Habitualmente se suele decir que las cotizaciones a la Seguridad Social que una empresa debe abonar por un empleado al mes corresponden con una cifra aproximada al 30% del sueldo bruto,
Con este cálculo rápido, un trabajador cuyo sueldo bruto anual sea de 15.000 €, le costará a la empresa alrededor de 19.500 € al año. Pero para completar la fórmula adecuada, debemos entender muchos más pasos. Lo que paga la empresa a la Seguridad Social por trabajador se abona para cubrir los posibles costes de bajas médicas del trabajador, así como las posibles prestaciones por desempleo que pueda sufrir en el futuro.
Como ya hemos señalado, el coste para la empresa responde a una serie de factores, en concreto cinco, señalados a continuación:
Cotización por contingencias comunes : 23,60% del salario bruto.
Cotización por formación: 0,60%.
Cotización por desempleo: 5,50% en contratos indefinidos y 6,70% en contratos temporales.
Cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: en este caso el porcentaje depende de las tablas de cotización por actividad. Puedes encontrar más información al respecto en nuestro artículo sobre las categorías profesionales y los grupos de cotización,
Cotización al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA): 0,20%.
Aparte de estos cinco apartados, hay otra matización a la hora de cotizar que tiene que ver con una circunstancia que puede ser puntual o constante. Se trata de las horas extraordinarias, que deben estar reflejadas, o bien como horas extraordinarias de fuerza mayor (al 12%), o bien el resto de horas extraordinarias (al 23,60% como las contingencias comunes).
¿Cuánto cuesta el pago de EPS independiente?
A – El trabajador independiente debe pagar mensualmente la totalidad de la cotización, la cual corresponde al 12.5 % del ingreso base de cotización al Sistema General de Seguridad Social en Salud y al 16 % en materia pensional. Los independientes vinculados por contrato de prestación de servicios,deben cotizar tanto a salud como a pensión sobre el 40 % del valor mensual bruto del contrato, sin que el salario base de cotización sea inferior a un Salario Mínimo Legal Mensual Vigente.
¿Cómo se calcula el aumento de sueldo 2023?
Este incremento al Salario Mínimo 2023 en México representa una adición de $1,584 mensuales para la Zona Libre de la Frontera Norte, así como de $1,052 adicionales al mes en el caso del resto del territorio nacional.
¿Cómo se calcula la salud de un salario integral?
«Las cotizaciones de los trabajadores cuya remuneración se pacte bajo la modalidad de salario integral se liquidarán sobre el 70% de dicho salario.» En razón a lo anterior, se toma el total del salario integral y se le aplica el 70% para determinar el ingreso base de cotización a seguridad social.
¿Cuánto es el porcentaje de descuento por planilla?
Aporte a la ONP – Si tu colaborador está afiliado a este sistema, cada mes, debes retener, declarar y hacer el pago de este descuento por el concepto de pensión. La retención debe figurar en la boleta de pago. El monto a descontar y pagar es el 13% del sueldo mensual.
¿Cuál es la pensión más alta en Colombia?
Este martes, para tratar de entender el impacto y el costo fiscal de la reforma a la salud, de la reforma laboral y de la reforma pensional, la Comisión Tercera de Cámara de Representantes citó al ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, al gerente del Banco de la República, Leonardo Villar y a Andrés Mauricio Velasco, director técnico del Comité de la Regla Fiscal. Ricardo Bonilla, ministro de Hacienda. | Foto: Transmisión Youtube “Ya nadie, después de que se apruebe eso, podrá pensionarse en el régimen público con pensiones de 20 o 25 salarios mínimos (.) La pensión máxima será sobre tres salarios, que con una tasa de remplazo significa que la mesada es 1,8 salarios mínimos “, aseguró el funcionario durante su intervención. En cálculos, actualmente 1,8 salarios mínimos equivalen a 2,4 millones de pesos. Esa sería la parte máxima de la mesada a cargo del Gobierno, el resto correría por cuenta de lo que ahorre cada persona en el régimen privado. | Foto: Archivo de El País Esto también significa que por más que se ahorre en un fondo privado, difícilmente se podrá llegar a pensiones de más de 5 o 6 millones de pesos, así se ganen 20 millones de salario, pues en las AFP es complicado conseguir tanto rendimiento. La Ministra de Trabajo, Gloria Gloria Inés Ramírez Ríos reunida con la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales. | Foto: Ministerio de Trabajo En ese sentido, el director técnico del Comité de la Regla Fiscal, Andrés Mauricio Velasco, dijo que tal como lo ha anunciado el Gobierno, al reducir los subsidios a las pensiones, que hoy van hasta 25 salarios mínimos y bajarían a tres, habría un ahorro, pero este solo se sentiría hacia la década de 2050, de ahí en adelante aumentaría el déficit en 20 % del PIB, lo que generaría un hueco enorme. Santiago Montenegro, presidente de Asofondos, aseguró que gran parte de los recursos en el régimen público de esta industria se está yendo a financiar las megapensiones. | Foto: Cortesía – Asofondos Bonilla respondió que, con la reforma pensional, el déficit para pagar las mesadas bajaría de 67,5 % del PIB a 52,5 % en 2070 y que solo hace la cuenta hasta ahí, porque las reformas pensionales son dinámicas y constantemente están evolucionando, Leonardo Villar, gerente Banco de la República, y Ricardo Bonilla, ministro de Hacienda. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA
¿Cuál es la cantidad máxima de la pensión de jubilacion?
El monto de la pensión no puede ser mayor al 80% del ingreso base de liquidación. El valor de la mesada pensional no puede ser menor al salario mínimo legal mensual vigente ni superior a 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
¿Cuánto cuesta afiliarse a una EPS como independiente 2023?
Aquí hablaremos sobre. –
Aporte a salud 2023 de los trabajadores dependientesCotización a salud de trabajadores independientesExoneración de aportes a salud
El aporte a salud 2023 seguirá siendo del 12,5 %; este debe determinarse con base en el ingreso base de cotización –IBC–. A continuación, conoce los porcentajes de cotización obligatoria al sistema de seguridad social en salud –SG-SSS– de empleadores y trabajadores en 2023.
¿Cómo se puede cotizar sin trabajar?
¿Puedo cotizar si no estoy trabajando? Sí, en ese caso pasarías a ser un afiliado voluntario, para lo cual puedes hacer lo siguiente: Si ya estás afiliado a Habitat, sólo debes realizar el primer pago. Con esto se genera la apertura automática de la cuenta de cotizaciones de Afiliado Voluntario.
¿Cuánto vale pagar solo pensión?
Los aportes a pensión equivalen al 16% del salario del trabajadores : El 12% lo paga el empleador. El 4 % el trabajador.
Así mismo, es de tener en cuenta que el pago de riesgos laborales (ARL) es voluntario. Será obligatorio si así lo exige el contratista Teniendo en cuenta el anuncio de la nueva cifra que regirá para el salario mínimo de los colombianos en el año 2023, realizado el pasado mes de diciembre, surgen dudas respecto a la forma en la que se debe calcular el pago de seguridad social en lo que respecta a trabajadores independientes que reciben estas ganancias, mensualmente. Te puede interesar: Liquidación laboral: cuánto tiempo tienen los empleadores para pagarle a sus empleados Es importante recordar que el beneficiario debe afiliarse, como independiente, tanto al fondo de pensiones y servicios médicos de su elección. Allí, en el portal informativo de cada entidad que escoja, deberá elegir la que será la plataforma con la que cotizará esos valores.
Teniendo eso claro, quien esté en este proceso tiene que tener en cuenta que debe pagar seguridad social sobre el 40 % de sus ingresos mensuales sin incluir IVA, esto, por supuesto, considerando como base el salario mínimo mensual. A partir de este valor, debe cotizar el 12,5 % por salud y 16 % por pensión.
Las fechas para realizar estos pagos dependen del último dígito de la cédula de quien realice el aporte. Los precios que se deben aportar son: en salud, 145.000; en pensión, $185.600; y en riesgos laborales nivel 1 $6.100. Esto genera un total de $336.700.
- Es de resaltar que las cooperativas están exoneradas del pago a aporte de salud, por lo que estas entidades le cobran al empelado el porcentaje completo del aporte, que para el año 2023, sigue siendo del 12,5%.
- Te puede interesar: Tres lugares turísticos en Yopal que se roban el aliento Así mismo, es de tener en cuenta que el pago de riesgos laborales (ARL) es voluntario.
Será obligatorio si así lo exige el contratista. ” Los aportes para pensión y salud se sacan del IBC es decir del salario básico, trabajo extra, comisiones, bonificaciones habituales y demás remuneraciones, se excluye el subsidio de transporte y el IVA”, explicó, sobre el tema, el experto y autor del artículo “Salud y pensión como contratista”, Andrés Fonseca Berdugo. Los precios que se deben aportar son: en salud, 145.000; en pensión, $185.600; y en riesgos laborales nivel 1 $6.100. Esto genera un total de $336.700 El ingreso base de cotización (IBC), es de tener en cuenta, según detallan expertos financieros, no puede ser inferior a un salario mínimo.
- Así mismo, no se debe pagar parafiscales como independiente o afiliarse a cesantías,
- Te puede interesar: Aleja, ganadora de ‘El desafío: The Box’, se gastó el premio y cumplió uno de sus sueños “Espero que este incremento del salario mínimo recupere el poder de compra que se ha perdido en los últimos meses en virtud de la inflación.
Recupere el incremento de la productividad promedio de la economía y nos permita, además, hacer saltar la demanda interna en Colombia en sus sectores más vulnerables, de tal manera que no solo podamos corregir una situación de crecimiento del hambre, sino también que se convierta en motor del crecimiento económico”, dijo el presidente Gustavo Petro, acerca del aumento.
- A este tema se suma el cálculo que deben hacer los empleadores respecto al dinero que deben darle a sus trabajadores domésticos.
- Según el Ministerio del Trabajo, hay unas 634.000 personas dedicadas a esta labor.
- El salario mínimo, según quedó establecido, pasó de un millón de pesos del año 2022 a $1.160.000.
Esto, sumado al auxilio de transporte que se fijó en $140.606. Es decir, la cifra final quedó en $1.300.606. Es de tener en cuenta, además, que para este 2023 el horario máximo legal de trabajo son 47 horas a la semana, esto en lo que respecta a contratos de tiempo completo.
- Esto, en otros cálculos, significa que el salario mínimo, calculado por día a laborado, corresponde a un pago mínimo de $38.666.
- Esto más el auxilio de transporte que, calculado para el mismo periodo de tiempo, corresponde a $4.686.
- Es decir, el salario mínimo que obtiene una persona por un día de trabajo es de $43.325.
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Régimen Especial Trabajadores Autónomos –
Bases mínima y máxima euros/mes | Durante el año 2023, la tabla general y la tabla reducida de las bases máximas y mínimas aplicables a los diferentes tramos de rendimientos netos serán las siguientes:
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table> Tabla general
/td>
Personas trabajadoras autónomas con un cambio de base solicitado a 1 de enero de 2023 La base de cotización de los trabajadores que a 31 de diciembre de 2022 hubiesen solicitado un cambio de su base de cotización con efectos desde el 1 de enero de 2023 será la solicitada siempre que se encuentre en alguno de los tramos de las tablas del apartado 1 y cumpla lo establecido en el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.
Aquellos trabajadores que hubieran solicitado la actualización automática de su base de cotización, su base de cotización a partir de 1 de enero de 2023 será la de 31 de diciembre de 2022 incrementada en un 8,6 por ciento, siempre que se encuentren en alguno de los tramos de las tablas del apartado 1 y cumplan lo establecido en el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio.
Familiares de la persona trabajadora autónoma y societarios Los familiares del trabajador autónomo incluidos en este régimen especial al amparo de lo establecido en el artículo 305.2.k) y los trabajadores autónomos incluidos en este régimen especial al amparo de lo establecido en las letras b) y e) del artículo 305.2, artículos todos ellos del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, no podrán elegir una base de cotización mensual inferior a 1.000 euros durante el año 2023.
- Para la aplicación de esta base de cotización mínima bastará con haber figurado 90 días en alta en este régimen especial en cualquiera de estos supuestos.
- Personas trabajadoras autónomas que a 31 /12/ 2022 cotizaran por una base superior a la que les correspondería por sus rendimientos Podrán mantener durante el año 2023 dicha base de cotización, o una inferior a esta, aunque sus rendimientos determinen la aplicación de una base de cotización inferior a cualquiera de ellas, de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria sexta del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio.
Personas trabajadoras autónomas dedicadas a la venta ambulante o a domicilio Los trabajadores autónomos dedicados a la venta ambulante (CNAE 4781 Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en puestos de venta y mercadillos; 4782 Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y mercadillos y 4789 Comercio al por menor de otros productos en puestos de venta y mercadillos) podrán elegir cotizar por una base equivalente a un 77 por ciento de la base mínima del tramo 1 de la tabla reducida.
- Lo establecido en el presente apartado será también de aplicación a los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado dedicadas a la venta ambulante que perciben sus ingresos directamente de los compradores.
- Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado dedicados a la venta ambulante Los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado dedicados a la venta ambulante que hayan quedado incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en aplicación de lo establecido en el artículo 120.cuatro.8 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, tendrán derecho, durante 2023, a una reducción del 50 por ciento de la cuota a ingresar.
También tendrán derecho a esa reducción los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado dedicados a la venta ambulante que hayan iniciado su actividad y hayan quedado incluidos en el citado régimen especial a partir del 1 de enero de 2009.
La reducción se aplicará sobre la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima elegida, el tipo de cotización vigente en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. Pluriactividad Los trabajadores autónomos coticen en régimen de pluriactividad, y lo hagan durante el año 2023, teniendo en cuenta tanto las cotizaciones efectuadas en este régimen especial como las aportaciones empresariales y las correspondientes al trabajador en el régimen de Seguridad Social que corresponda por su actividad por cuenta ajena, tendrán derecho al reintegro del 50 por ciento del exceso en que sus cotizaciones por contingencias comunes superen la cuantía de 15.266,72 euros, con el tope del 50 por ciento de las cuotas ingresadas en este régimen especial en razón de su cotización por las contingencias comunes.
En tales supuestos, la Tesorería General de la Seguridad Social procederá a abonar el reintegro que en cada caso corresponda, en un plazo máximo de cuatro meses desde la regularización prevista en el artículo 308.1.c) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, salvo cuando concurran especialidades en la cotización que impidan efectuarlo en ese plazo o resulte necesaria la aportación de datos por parte del interesado, en cuyo caso el reintegro se realizará con posterioridad al mismo.
Miembros de vida consagrada de la Iglesia Católica A los miembros de institutos de vida consagrada de la Iglesia Católica, incluidos en este régimen especial en virtud del Real Decreto 3325/1981, de 29 de diciembre, por la que se incorpora al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos a los religiosos de Derecho diocesano de la Iglesia Católica, y de la Orden TAS/820/2004, de 12 de marzo, por la que se incorpora al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta propia o Autónomos a los religiosos de la Iglesia Católica, no se les aplicará la cotización en función de los rendimientos de la actividad económica o profesional.
En cualquier caso, deberán elegir su base de cotización mensual en un importe igual o superior a la base mínima del tramo 3 de la tabla reducida de bases de cotización incluida en el apartado 1. Las bases de cotización mensuales elegidas por ellos no serán objeto de regularización, al no cotizar en función de rendimientos.
¿Cuánto cuesta cotizar como independiente?
¿Qué porcentaje debes aportar para seguridad social? – Como trabajador independiente eres responsable de aportar, sobre todos tus ingresos, la totalidad del porcentaje definido, que para salud es del 12,5% y para pensión del 16%; esto a diferencia de los empleados, quienes aportan el 4% de su salario en cada rubro porque el porcentaje restante le corresponde el empleador.
¿Cuántos años son 300 aportaciones?
Con cualquier tipo de Discapacidad: 300 imposiciones ( 25 años o más ).