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Marta Milans del Bosch: «Como el grupo terrorista supuestamente está desarticulado, las víctimas no son tan importantes y ya no es una prioridad»

viernes, 09 noviembre 2018 por Milans del Bosch Abogados

Entrevista en Law and Trends: «Como el grupo terrorista supuestamente está desarticulado, las víctimas no son tan importantes y ya no es una prioridad»

Especializada en Derecho Penal económico y en Derecho Penal administrativo, Marta Milans del Bosch es miembro del despacho desde su fundación. De su mano, repasamos temas tan relevantes para la ciudadanía española como la crisis catalana o la situación actual de las víctimas de la banda terrorista ETA.

¿Qué significa para usted trabajar en Milans del Bosch Abogados?
Trabajar en despacho familiar, con enormes profesionales y retos constantes que te ofrecen la oportunidad de aprender y formarte cada vez más.

¿Qué cree que diferencia a este de otros despachos?
La cercanía y familiaridad entre los compañeros y para con los clientes, en absolutamente todos los aspectos, creo que es la característica esencial y especial del despacho. Tenemos la suerte de ser un despacho pequeño con miembros muy grandes que vienen de los mejores sitios y que están dispuestos desde el minuto uno a compartir su experiencia y conocimientos.

En este enlace puede leer la entrevista completa

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Marta Milans del Bosch: «Como el grupo terrorista supuestamente está desarticulado, las víctimas no son tan importantes y ya no es una prioridad»

martes, 06 noviembre 2018 por Milans del Bosch Abogados

Especializada en Derecho Penal económico y en Derecho Penal administrativo, Marta Milans del Bosch es miembro del despacho desde su fundación. De su mano, repasamos temas tan relevantes para la ciudadanía española como la crisis catalana o la situación actual de las víctimas de la banda terrorista ETA.

¿Qué significa para ti trabajar en Milans del Bosch Abogados?

Trabajar en despacho familiar, con enormes profesionales y retos constantes que te ofrecen la oportunidad de aprender y formarte cada vez más.

¿Qué crees que diferencia a este de otros despachos?

La cercanía y familiaridad entre los compañeros y para con los clientes, en absolutamente todos los aspectos, creo que es la característica esencial y especial del despacho. Tenemos la suerte de ser un despacho pequeño con miembros muy grandes que vienen de los mejores sitios y que están dispuestos desde el minuto uno a compartir su experiencia y conocimientos.

La independencia del Poder Judicial es esencial para garantizar el Estado de derecho. Partiendo de esta premisa, ¿qué opinas del clima actual que se está viviendo en España?

Esa independencia cada vez es más atacada. Obviamente, dentro del derecho a la libertad de expresión, todo el mundo puede y debe expresarse (dentro del respeto, claro), pero lo que no puede ser es que con cada resolución judicial se permitan concentraciones, manifestaciones y vejaciones a quien falló y adoptó dicha decisión y, menos aún, que los políticos alienten a ello, afectando y atentando directamente a la independencia de los mismos.

¿Cómo describirías el estado de salud que tiene la justicia española en la actualidad?

El estado de salud no es malo, creo en ella, aunque como siempre faltan medios que implican retrasos en la misma y, por tanto, que sea menos justicia. Pero confío plenamente en el sistema garantista de la justicia española y en la independencia judicial de sus miembros.

Se acaba de cumplir un año del referéndum ilegal celebrado en Cataluña, ¿cómo valoras la situación actual?

La situación actual es muy preocupante. Ha pasado un año y nada ha cambiado, seguimos con la misma situación. Unos políticos catalanes encarcelados, pendientes del procedimiento que se sigue en el Tribunal Supremo; otros huidos, burlándose de España y los españoles, y otros que no actúan y no hacen lo que debieran, conforme al Estado de Derecho.

A medio-largo plazo, ¿cómo crees que afectará esta crisis a nuestro país?

Es una incertidumbre, la cual repercute de forma negativa a nivel económico, político e internacional. Sin embargo, por otro lado, creo que dicha incertidumbre está despertando el inconformismo respecto al abuso de poder, la corrupción, las injusticias… y las ganas de defender y de luchar por lo que uno cree.

El despacho Milans del Bosch Abogados tiene un acuerdo de colaboración con la Fundación Villacisneros cuyo objetivo es impulsar la investigación de los crímenes de la banda terrorista ETA sin resolver. A pesar de su gran relevancia, ¿crees que este asunto está pasando a un segundo plano en España?

Sí, pero es un asunto que pasó a segundo plano hace tiempo. Parece que como el grupo terrorista supuestamente está desarticulado y ya no hay asesinatos, las víctimas no son tan importantes, y ya no es una prioridad. Por eso este acuerdo es tan importante, porque no nos olvidamos de las víctimas de ETA y creemos en la dignidad y justicia de las mismas.

En el despacho le dais mucho valor a la formación, a la conciliación familiar, al compromiso con una vida sana y saludable… Valores que por desgracia no se encuentran en muchos centros de trabajo. ¿Cómo definirías el adn de Milans del Bosch Abogados?

Tanto en la vida personal como en la laboral hay que mejorar siempre. El despacho te da la oportunidad de, siempre bajo la responsabilidad y organización para con el mismo, seguir formándote y creciendo en ambos planos. Hay que cuidar todos los aspectos de la vida y el despacho fomenta y ayuda a ello, tanto en el horario, como promoviendo formaciones, carreras, voluntariados…

Y para terminar, como miembro de Milans del Bosch Abogados, ¿cuáles son tus objetivos para el presente curso judicial?

Seguir aprendiendo y mejorando tanto a nivel profesional como personal.

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Las filtraciones y el daño a la credibilidad de la justicia

miércoles, 20 junio 2018 por Milans del Bosch Abogados

Es política de Milans del Bosch Abogados, mientras la causa esté declarada secreta, por respeto al Poder Judicial y a la Administración de Justicia, no hacer comentarios ni filtrar información referida a actuaciones procesales, como la acontecida estos días.

Lamentamos este tipo de filtraciones que de manera continua se están llevando a cabo, que lejos de coadyuvar a la búsqueda de la verdad material, no hacen más que dañar la credibilidad de la justicia, y dañar derechos fundamentales -básicamente el derecho a la presunción de inocencia- y la dignidad de los investigados, en este caso referidos a don Eduardo Zaplana, a quien tras habérsele sido trasplantada la médula ósea, sufre un alarmante y progresivo deterioro físico, con riesgo letal, acreditado por el Médico Forense, como consecuencia de la inmunosupresión que padece por la leucemia.

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Secreto del sumario

sábado, 26 mayo 2018 por Milans del Bosch Abogados

Lo del secreto del sumario urge ser reformado en nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal, si queremos una legislación respetuosa con los derechos humanos en su vertiente de respeto a los derechos fundamentales, a la tutela judicial efectiva, al derecho de defensa y al derecho a la presunción de inocencia.

No puede ser normal que los procesos judiciales se instruyan de manera inquisotorial durante años y años si conocimiento del investigado y con la estereotipada “prórroga

del secreto” que le da “amparo formal” a una práctica que se extiende cada vez más -y no solo en las macrocausas- con grave lesión al derecho de la defensa, que ni siquiera ha podido recurrir los estereotipados autos que lo acuerdan, y al principio de igualdad de armas entre acusación y defensa que permita una actuación judicial independiente e imparcial, de garantías, más que impulsora y defensora de sus propias medidas lesivas para los derechos fundamentales.

Lo acabado de exponer es especialmente grave cuando en el seno de un proceso judicial secreto se procede a la “vistilla”, ese acto donde el ilustre representante del Ministerio Fiscal expone que “como Su Señoría conoce” -solo lo conoce el Fiscal y el Juez- hay indicios evidentes que justifican la prisión provisional del investigado; indicios respecto de los que no puede contraaegumentar la defensa, porque para ella -y solo para ella- todo es secreto.

Ni contraargumentar ni recurrir. Esto no puede ser normal en un Estado de derecho que propugna como valores superiores del ordenamiento, la justicia, la libertad, la igualdad y la seguridad jurídica.

Texto: Santiago Milans del Bosch

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Carlos González: “La sociedad española tiene una deuda con cada persona que ha sufrido el azote del terrorismo”

miércoles, 16 mayo 2018 por Milans del Bosch Abogados

Con afirmaciones tan contundentes como que “la Justicia no puede verse desde el paradigma de los sentimientos”, repasamos de la mano de Carlos González, abogado penalista en Milans del Bosch Abogados, su pertenencia a este despacho y algunos de los temas que vertebran la actualidad de nuestro país, como la sentencia del juicio a La Manada o el comunicado difundido por la banda terrorista ETA.

¿Qué significa para ti trabajar en Milans del Bosch Abogados?

Lógicamente sin desmerecer otros despachos donde he prestado mis servicios, desempeñar mi labor al lado de Santiago me produce una gran satisfacción tanto a nivel personal como profesional ya que entendemos el ejercicio de esta profesión de la misma manera.

 

¿Qué diferencia a este de otros despachos?

Al igual que he dicho antes sin desmerecer la categoría de los despachos donde he podido ejercer, desde el punto de vista jurídico poco puedo añadir que no lo diga ya el cv de Santiago. Desde otros puntos de vista una de las diferencias es la libertad total de actuación en mi labor. Otra diferencia que destacaría es la importancia que se otorga en este despacho a la conciliación con la vida familiar lo que posibilita el ejercicio más efectivo y aumentar nuestras aptitudes y actitudes que a la postre benefician significativamente a las personas que depositan su confianza en esta firma.

 

Como miembro del despacho, ¿cuáles son tus objetivos para el presente curso judicial?

Como mínimo mantener el nivel de exigencia en la consecución de los objetivos marcados. Hablamos de una profesión que trata sobre temas muy personales en donde la confidencialidad y el estar al día sobre las resoluciones judiciales y modificaciones legislativas son cruciales para que esos asuntos personales que perturban el estado de ánimo de toda persona que se ve inmersa en un proceso judicial pueda continuar con su vida con la seguridad de que nosotros nos ocupamos de lo procesal y jurídico.

 

Junto a tu labor profesional en los últimos años también has desempeñado funciones como profesor en la UNED, ¿qué te aporta esa faceta?

Me aporta el tema técnico o estrictamente jurídico-doctrinal puesto que fomenta el estudio y elaboración de nuevas tesis u opiniones jurídicas que son aplicables a la práctica. Por otra parte me permite recordar mis orígenes y esa frescura en la vocación cuando yo comenzaba. Con los años sigues manteniendo ese grado de romanticismo/idealismo del Derecho pero mejorándolo con la práctica. Es decir, a la práctica le aplico ese idealismo racional y experimental pero en perfecto equilibrio.

 

La independencia del Poder Judicial es esencial para garantizar el Estado de derecho. Partiendo de esta premisa, ¿qué opinas de las protestas que se están viviendo en España?

Las personas son libres de opinar sobre cualquier tema, incluso sobre uno de los poderes del estado. La independencia es fundamental pero no debemos olvidar que la estructura de un estado de derecho moderno se vertebra sobre un principio básico. Hay tres poderes independientes, pero se controlan entre ellos al objeto de que ninguno pueda aglutinar el poder absoluto o el poder sobre los demás. Es un equilibrio de poder.

 

¿Cómo describirías el estado de salud que tiene la justicia española en la actualidad?

Sinceramente creo que es buena si hablamos en general sobre la calidad de las resoluciones judiciales que se dictan. Como en todas las facetas de la vida hay mejores y peores, pero ello no implica que todas sean peores. La Justicia no puede verse desde el paradigma de los sentimientos ya que la misma se basa en lo justo, pero ¿qué es lo justo? Dependerá de los valores que tenga una persona para que ella determine lo que es justo en un determinado tema. Por eso lo justo, desde el punto de vista jurídico legal, es lo que determina la ley y los profesionales que saben interpretarla, para eso hay jurisprudencia y doctrina del TC. Es decir, lo justo es lo que dice la ley en un determinado momento histórico pero eso no quiere decir que esa ley o ese criterio sea aplicado automáticamente a todos los casos, lo bueno de lo justo es que se aplica según el caso concreto y sus circunstancias particulares.

 

¿Y mirando fuera de nuestras fronteras?

Creo que como profesional del derecho discrepo de algunas resoluciones jurídicas al igual que en ámbito nacional, lo que no implica que no respete la opinión jurídica. Yo siempre las leo desde mi perspectiva jurídica porque soy jurista, no puedo dejar que mis sentimientos infieran en una lectura de una sentencia ya que en tal caso no sería objetivo y podría faltar a mi juramento de abogado.

 

El despacho Milans del Bosch Abogados tiene un acuerdo de colaboración con la Fundación Villacisneros cuyo objetivo es impulsar la investigación de los crímenes de la banda terrorista ETA sin resolver. ¿Cómo valoras la escenificación que está llevando a cabo ETA para anunciar el fin de la banda terrorista?

Creo que dicha escenificación está dentro de lo que esta organización ha realizado durante todos los años de su existencia. Es una muestra más de intentar justificar lo injustificable.

En nuestra colaboración tratamos de poner nuestro granito de arena en esa labor encomiable que realiza la fundación ya que la sociedad española tiene una deuda con cada persona que ha sufrido el azote del terrorismo, tanto en su grado máximo como en sus grados mínimos o de menor intensidad. En otras sociedades europeas y del resto del mundo serían consideradas esas personas héroes de la libertad.

Cuando me preguntan en la calle, me indican que lo mejor sería no hacer publicidad de sus comunicados ya que precisamente es lo que buscan, publicidad. Es una visión tan razonable como los que opinan que sí deben publicar este tipo de actos.

 

Y para terminar, ¿cuáles son los próximos pasos que crees que habría que dar?

Si te refieres al tema de las víctimas del terrorismo creo que el modelo de Estados Unidos es muy acertado ya que no pierden la oportunidad (en cualquier evento) de recordar esos actos que realizaron sus amigos, vecinos, familiares, conciudadanos, etc para que desde la infancia se sepa lo que hicieron unas personas en defensa de las libertades, eso es crucial para tener un estado democrático sano, recordar y valorar a sus llamados héroes.

Si te refieres a las persecuciones mediáticas que están sufriendo determinados miembros de la carrera judicial, creo que la crítica es buena pero no es buena para una democracia el linchamiento o el afán de atacar por atacar sin fundamento o llegando a lo personal. Creo más bien que estos métodos son más típicos de épocas pasadas que buscaban a través de la legalidad lo ilegal o controlar un poder del estado para fines particulares. De ahí que ese tipo de ataques indiscriminados solo buscan lo ilegal ya que parten de interferir en la libertad de criterio jurídico, opinable y criticable pero siempre dentro del respeto de otros derechos que también son fundamentales.

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¿Quién puede denunciar un hecho delictivo y quién está obligado a hacerlo?

lunes, 19 marzo 2018 por Milans del Bosch Abogados

Toda persona que presencie la comisión de un delito público o que, sin haberlo presenciado, tenga conocimiento de él por otra forma, está obligada a ponerlo inmediatamente en conocimiento de la autoridad, incurriendo en una infracción si no lo hiciere. Por su parte, están obligados especialmente a denunciar: los empleados o funcionarios públicos y los que conocieran la comisión de un delito por razón de su cargo, profesión u oficio. No están obligados a denunciar lo que sean menores de 16 años, los que carezcan de uso de razón, los padres o ascendientes, cónyuge, hermanos y los hijos o descendientes del autor de los hechos y, claro está, los abogados y procuradores respecto de las instrucciones o explicaciones que recibieren de sus clientes, así como los eclesiásticos o ministros de una u otra religión respecto de las noticias que les hubieren sido reveladas en el ejercicio de las funciones de su ministerio.

La formulación de una denuncia no supone para su autor responsabilidad ni obligación especial alguna, ya que ni debe probar los hechos denunciados, ni debe intervenir en el proceso judicial que por tales sucesos se siga. Eso sí, la denuncia falsa -distinta a la “no probada”- es un delito contra la Administración de Justicia, castigado penalmente.

Texto: Santiago Milans del Bosch

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Justicia sin proporcionalidad no es justicia

sábado, 15 julio 2017 por Milans del Bosch Abogados

Pero, ¿qué es una condena o medida desproporcionada? Algo extravagante que se impone «bajo la cobertura formal de la ley» pero contrariando los más elementos principios de legalidad y tipicidad constitucional, de Justicia y de equidad.

El principio de proporcionalidad, en sentido amplio, se configura de tres elementos: a) el de la utilidad o adecuación; b) el de la necesidad o indispensabilidad, y c) el de proporcionalidad strictu sensu.

Cualquier medida restrictiva de derechos -¡cuánto más una condena penal!- ha de ser enjuiciada, para pasar el filtro de su constitucionalidad, desde estos tres elementos o principios configuradores: (i) la medida enjuiciada ha de ser idónea en relación con el fin, esto es, es preciso que al menos facilite o tienda a la consecución del objetivo propuesto (juicio de adecuación); (ii) la medida ha de ser necesaria, o la más moderada entre todos los medios útiles (juicio de indispensabilidad); y (iii) la medida ha de ser proporcionada en sentido estricto, es decir ponderada o equilibrada por derivarse de ella más beneficios y ventajas que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto, en particular sobre los derechos y libertades.

La quiebra de cualquiera de estos elementos califica la medida o condena de inconstitucional; legal pero contraria a los derechos que han de regir dichas medidas.

Texto: Santiago Milans del Bosch

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Formación en el Tribunal de Cuentas

domingo, 09 julio 2017 por Milans del Bosch Abogados

El pasado 7 de julio de 2017 nuestro socio fundador, Santiago Milans del Bosch, participó en un curso de formación, impartido junto a prestigiosos magistrados y fiscales, en la sede de la sala de justicia del Tribunal de Cuentas, institución bastante desconocida encargada de la fiscalización del sector público y del enjuiciamiento de la responsabilidad contable de los que tengan a su cargo el manejo de fondos públicos.

Para Santiago Milans del Bosch fue una experiencia muy agradable compartir dos horas con el personal, letrados y demás funcionarios del Tribunal de Cuentas; y más para tratar cuestiones jurídicas en los delitos contra la Administración pública tras la reforma del Código Penal de 2015.

 

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Sobre la necesidad de oír al acusado absuelto antes de ser condenado por la instancia superior

sábado, 17 junio 2017 por Milans del Bosch Abogados

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictado una sentencia el pasado 13 de junio de 2017 en la que nuevamente -ya han sido varias- condena a España porque la justicia española infringe el deber de respeto a un juicio equitativo con todas las garantías. La sentencia del TEDH da un nuevo “capón” a la Sala Segunda del Tribunal Supremo -que no aprende, pues acaba de hacer lo mismo en el caso “Blanquerna”- porque tiene dicho ya de forma reiterada que no se puede condenar en recurso de apelación o en recurso de casación previa absolución en la instancia si no se oye al acusado/condenado. ¿Tanto cuesta cumplir con este derecho humano que garantiza el derecho de defensa?

La sentencia se refiere al asunto Atutxa Mendiola y otros c. España (41427/14) que en su día eran el Presidente, Vicepresidente y Secretario General del Parlamento Vasco, respectivamente. Los tres desobedecieron abiertamente el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo por la que se ilegalizaron Herri Batasuna, Euskal Herritarrok y Batasuna y que les obligaba a disolver el grupo parlamentario de Batasuna en el Parlamento Vasco.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco enjuició los hechos por delito de desobediencia por “negativa abierta” al debido cumplimiento de resoluciones judiciales, que integraba el tipo del art. 410.1 del Código Penal, y dictó sentencia absolutoria, al considerar que no había existido “negativa abierta” a desobedecer. Interpuesto recurso de casación por la acusación popular, el TS dictó sentencia condenando a los acusados por el referido delito. Contra la citada sentencia del TS los condenados interpusieron un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional que rechazó las demandas de amparo porque considera que el TS había resuelto una mera cuestión jurídica.

Pues bien, el TEDH, tras concretar el objeto del procedimiento -si era o no necesario celebrar una vista completa ante el Tribunal Supremo antes de dictar sentencia sobre el recurso de casación referido al fondo para cumplir los requisitos que el artículo 6 párrafos 1 y 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos- examina la cuestión debatida: el respeto a las garantías procesales de inmediación, publicidad y contradicción durante el enjuiciamiento penal. Es decir, en el caso enjuiciado, dado que la primera condena se produce en la segunda instancia (TS) cuando existía una previa absolución en la anterior (TSJ-PV).

El TEDH aprecia que ha habido vulneración del artículo 6.1 del Convenio porque, en este caso, si bien el TS decide sobre una cuestión jurídica (si la negativa fue o no “abierta”) ello implica una decisión sobre la concurrencia o no de un elemento subjetivo del tipo penal por lo que, aunque se respeta la relación de hechos probados en la primera instancia, los acusados debían haber sido interrogados ante el propio Tribunal Supremo.

Pinche aquí para acceder a la referida sentencia del TEDH en formato pdf

Texto: Santiago Milans del Bosch

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Santiago Milans: «Es hora de quitar las telarañas a los casos de ETA dormidos»

lunes, 06 marzo 2017 por Milans del Bosch Abogados

Entrevista a Santiago Milans del Bosch por el aniversario del despacho en el periódico ABC: «Es hora de quitar las telarañas a los casos de ETA dormidos»

Santiago Milans del Bosch, magistrado y fiscal en excedencia, celebra el primer aniversario de su despacho, Milans del Bosch Abogados. En su balance destaca la reapertura de un asesinato de ETA prescrito, el de «los novios de Cádiz», el guardia civil Antonio y su novia, Hortensia, ametrallados en Beasain en enero de 1979.

¿Cómo valora el argumento del fiscal para reabrir la causa?
Positivamente por dos motivos. Primero, no se ha pronunciado en contra de nuestros argumentos, la no prescripción de los asesinatos terroristas por los convenios internacionales; segundo, desde el punto de vista jurídico se sostiene que en un delito de atentado terrorista con resultado muerte también está el de pertenencia a una organización terrorista, un delito que, si uno no se ha retirado entregando las armas en acto público, se sigue cometiendo, es de tracto sucesivo. Por eso lo primero que hay que hacer es averiguar quiénes son los asesinos y los ideólogos.

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